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El salario y la previsión social, entre el derecho social y el fiscal.

“Los salarios, como elementos primordiales de la prestación de un servicio personal subordinado, son objeto de un régimen contributivo bastante complejo. Entender el tratamiento fiscal de éstos y de las prestaciones derivadas de una relación de trabajo no es una tarea fácil; sin embargo, lo que si va quedando claro en el camino es el creciente papel de las “prestaciones de previsión social” en el ámbito fiscal y no en su espacio original, traduciéndose en una nueva inserción de la regulación de lo social.”

Les compartimos el presente artículo elaborado por María Ascensión Morales Ramírez ( Ficha curricular completa aquí), profesora de derecho del trabajo y de la seguridad social en la Facultad de Derecho de la UNAM:

 http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoSocial/7/art/art6.pdf

PTU 2013: Parte 1 de 6

El derecho a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas es, además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados. De ahí la importancia de propiciar su cabal cumplimiento.

La participación de utilidades es un derecho de los trabajadores, que establece el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

Son sujetos obligados a repartir utilidades, las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, que siendo o no contribuyentes del impuesto sobre la renta tengan trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.

Fundamento legal

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas se encuentra normada en los ordenamientos siguientes:

a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado A, fracción IX, que se refiere a los principios generales de esta prestación como un derecho de los trabajadores;

b) Ley Federal del Trabajo, artículos del 117 al 131 que regulan los principios constitucionales;

c) Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 16, 17, último párrafo, 132, y 138, último párrafo, que establecen la forma para que los contribuyentes determinen la renta gravable, base del reparto de utilidades a los trabajadores;

d) Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, que establece el procedimiento para iniciar y resolver el escrito de objeciones, así como la creación y funcionamiento de la Comisión

Intersecretarial para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas;

e) Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria;

f) Resolución de la Quinta Comisión Nacional para la Participación de los

Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2009, en la que se fija el porcentaje que deberá repartirse;

g) Resolución de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por la que se da cumplimiento a la fracción VI del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 1996, a través de la cual se exceptúa de la obligación de repartir utilidades a las empresas cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no superior a trescientos mil pesos.

Causas por las que te pueden rechazar tu devolución automática de ISR

 

Portada

Si solicitaste la devolución automática de ISR en tu declaración anual es posible que sea rechazada si detectan inconsistencias en la información presentada.

A continuación compartimos con ustedes el catalogo de inconsistencias y rechazos para las declaraciones por el ejercicio 2012. (En formato PDF, Word o epub)

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Un resumen del CATÁLOGO DE INCONSISTENCIAS EN EL PROCESO DE DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS:

Grupo

Clave

Descripción

Acción correctiva

170Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus ingresos.Aclarar con su retenedor la situación de su relación laboral o comercial, para que en caso necesario, él corrija la declaración informativa de retenciones. Posteriormente podrá solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
190Derivado del cálculo realizado por esta autoridad, no existe saldo a favor a devolver en el Proceso de Devoluciones Automáticas.Verificar los cálculos que asentó en su declaración y presentar declaración complementaria con las correcciones correspondientes, en su caso.
22Esta autoridad requiere verificar que las deducciones personales por los conceptos de “Depósitos en cuentas personales para el ahorro”, “Primas de contratos de seguros que tengan como base planes de pensiones”, que manifestó en su declaración anual, cumplan con los requisitos legales.Verificar que los comprobantes de sus deducciones reúnan los requisitos establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Si los cumplen, podrá solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
23Su declaración anual no contiene el número de su cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos denominada cuenta “CLABE”.Realizar una de las siguientes acciones: 1.- Presentar declaración complementaria indicando su cuenta “CLABE”, para que su devolución sea considerada en el Proceso de Devoluciones Automáticas; o bien 2.- solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de internet del SAT.
24Esta autoridad requiere verificar que usted sea el titular de la cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos denominada cuenta “CLABE”, que señaló en su declaración anual, toda vez que existen contribuyentes que manifestaron en su declaración anual la misma cuenta.Verificar el número de su cuenta “CLABE” manifestada en su declaración anual y solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
244El Registro Federal de Contribuyentes que manifiesta en su declaración anual, no se encuentra registrado en las Bases de Datos del SAT.Verificar el RFC manifestado en su declaración y en su caso, aclarar esta situación ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
269Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de donativos.Verificar si el RFC del contribuyente a quien efectuó el donativo es correcto; Si existe error, presente declaración complementaria corrigiendo el RFC para que su devolución se considere en el Proceso de Devoluciones Automáticas. En caso de ser correcto, solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT
292Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus ingresos.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparan los montos manifestados por concepto de ingresos y retenciones.
295Esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de las deducciones autorizadas correspondientes a los ingresos obtenidos, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones autorizadas.
2101Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de crédito hipotecario.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de crédito hipotecario.
2102Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por primas de seguros de gastos médicos.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por concepto de primas por seguros de gastos médicos.
2103Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por honorarios médicos, dentales y/o hospitalarios, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por honorarios médicos, dentales y/o hospitalarios.
2104Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por Gastos Funerarios, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por Gastos Funerarios.
2105Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por Donativos, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por Donativos.
2106Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de crédito hipotecario.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por intereses reales pagados por créditos hipotecarios.
2107Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por aportaciones voluntarias al SAR, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por Aportaciones Voluntarias al SAR.
2108Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por primas de seguros de gastos médicos, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por primas por seguros de gastos médicos.
2109Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por gastos de transportación escolar obligatoria, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por gastos de transportación escolar obligatoria.
2110Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por depósitos en cuentas especiales para el ahorro, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por depósitos en cuentas especiales para el ahorro.
2116Esta Autoridad requiere verificar la determinación del saldo a favor que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2118Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT por lo que esta Autoridad requiere verificar los montos de los pagos provisionales manifestados en la misma.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2119Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de la deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios que se observa.
2123Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de la deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios que se observa.
2124Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por aportaciones voluntarias al SAR.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2125Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan las rentenciones provenientes de los ingresos de Enajenación de Bienes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparen las retenciones efectuadas.
2126El RFC (RFC) de la retención manifestada en su declaración anual, es igual a su Registro Federal de Contribuyentes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2127El RFC (RFC) de la deducción personal manifestada en su declaración anual, es igual a su Registro Federal de Contribuyentes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2128Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de la deducción por depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro.
2143El monto por interés real acumulable manifestado en su declaración anual es menor de $100,000.00, por lo que la retención correspondiente se considera como pago definitivo.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2144Esta Autoridad requiere verificar los ingresos acumulables y no acumulables, así como el impuesto correspondiente, por concepto de planes personales de retiro, manifestado en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2153Esta Autoridad requiere verificar la relación laboral y/o comercial con los retenedores que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2157Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos y las retenciones por concepto de adquisición de Bienes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparen los ingresos y las retenciones efectuadas.
2158Esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por intereses reales pagados por créditos hipotecarios, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 176 fracción IV de la LISR.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de sus deducciones personales por intereses reales pagados por créditos hipotecarios.
2165Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de arrendamiento y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de arrendamiento y sus retenciones correspondientes.
2166Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de arrendamiento y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de arrendamiento y sus retenciones correspondientes.
2167Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC ANA3411121V5, por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de servicios profesionales y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de servicios profesionales y sus retenciones correspondientes.
2168Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el impuesto retenido correspondiente.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara el impuesto retenido correspondiente.
2169Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de honorarios y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de honorarios y sus retenciones correspondientes.
2170Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales Tipo H por concepto de “Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro” que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante que ampara sus deducciones personales por concepto de “Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro”
2171Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales Tipo E por concepto de “Aportaciones Voluntarias al SAR” que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante que ampara sus deducciones personales por concepto de “Aportaciones Voluntarias al SAR”

Costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, y factores para las Obras Públicas 2013.

El pasado ocho de marzo de publicaron en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos ACDO.SA3.HCT.270213/51.P.DIR y ACDO.SA3.HCT.270213/52.P.DIR en los que se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012 y vigentes para 2013 respectivamente: Costos de mano de obra por metro cuadrado para obra privada vigentes a partir del 27 de noviembre de 2012. (Puedes descargarlos en excel aquí)

Podcast: Declaración anual personas morales–Ingresos

Les compartimos una vez más el podcast de Tribuna del Contribuyente – 11 de Marzo de 2013 (Podcasts Notisistema Orientacion legal y contable con la participación de especialistas del Instituto Mexicano de Contadores. Conduce Ricardo Camarena.)

En ésta ocasión abordan el tema de “los ingresos en la declaración anual de personas morales”.

Esperamos les sea de utilidad.

http://www.notisistema.net/radio_metropoli/tribuna_del_contribuyente/0311.mp3

Recuperar IDE en la declaración anual?

Las personas morales del régimen general ¿cómo pueden recuperar el IDE que efectivamente pagaron en el ejercicio?

 

Restándolo del ISR que les resulte a cargo en el mismo ejercicio, salvo que hubiese sido restado del ISR retenido a terceros o compensado contra otros impuestos federales o hubiese sido solicitado en devolución.

La diferencia que en su caso exista pueden restarla del ISR que hayan retenido a terceros (por ejemplo a sus trabajadores).

Si aún existiera alguna diferencia, puede compensarse contra los pagos provisionales de otros impuestos federales, como el IETU o el IVA.

Si después de los acreditamientos y compensación citada, subsiste alguna diferencia a favor, puede solicitarse en devolución.

 

Fundamento:

Artículos 7 de la LIDE.

Regla I.7.25., de la RMF 2013 publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2012.

Donativos deducibles para IETU?

Donativos¿Cuál es el monto máximo deducible por concepto de donativos para la declaración anual del 2012 del IETU?

 

Los donativos serán deducibles hasta por una cantidad que no exceda del 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior (2011) a aquél en el que se efectúe la deducción.

 

Fundamento:

Artículos 5, fracción VIII de la LIETU y 31, fracción I, último párrafo de la LISR.

Siete secretos para ser un mejor jefe

 

Un buen superior debe enfocarse en cultivar a sus subordinados y enseñar con el ejemplo; si el jefe no logra transmitir el impacto de la labor de cada empleado, la empresa se estanca.

 

Un buen jefe debe ser especialistas en cortar las prácticas que no contribuyen a una organización. (Foto: Getty Images)Un buen jefe debe ser especialistas en cortar las prácticas que no contribuyen a una organización. (Foto: Getty Images)

 

Por: Ivonne Vargas Hernández

CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión) — Una mala relación con el jefe es la principal causa que orilla a un empleado a renunciar.  Tres de cada cuatro trabajadores menciona al jefe como la parte más estresante de su empleo, según la psicóloga Michelle McQuaid, autora del libro What Good is Positive Business.

En un análisis sobre cómo los jefes carentes de un estilo de liderazgo positivo elevan los costos corporativos, la especialista encontró que las malas relaciones con un supervisor representan a la economía de Estados Unidos una pérdida aproximada de 360,000 millones de dólares en productividad. En lugar de tener una fuerza laboral comprometida, los empleados se equivocan deliberadamente para evidenciar al jefe, asegura.

En México no existe un indicador precisó sobre el impacto económico de un mal jefe; sin embargo, ocho de cada 10 empleados considera al superior como quien ha truncado su crecimiento en algún momento de su desarrollo laboral, revela la encuesta ‘Motivaciones del mexicano’ de Randstad.

El informe Feeling good matters in the workplace de Galluparroja que el bajo compromiso de un trabajador se traduce en pérdidas anuales de entre 292 y 355 millones de dólares. Ante esas cifras, más valdría que directores y jefes pusieran en práctica herramientas para mejorar la relación con los colaboradores y tener personal más entregado.

El jefe debe ser una “linterna, guiar al empleado en saber cuál es su rol en la generación de valor de la empresa, cómo ser productivo. Hay personas que funcionan para alimentar áreas de crecimiento en el negocio”, dice Diego Sánchez de León, líder de la Práctica de Talento y Desempeño Organizacional de Accenture.

Muchos ejecutivos citan las ventas como la función más importante en sus oficinas, pero también reconocen no contar en sus equipos con las habilidades necesarias para esta función, o no están actualizados, cita el artículo The Talent to Grow, en el que participa De León junto con otros especialistas de la consultora.

De acuerdo con cifras citadas en ese informe, sólo 16% de más de 600 ejecutivos encuestados por Accenture considera que el nivel actual de habilidades en sus trabajadores los coloca como líder en la industria. A un 30% le tomará un año o más tener una fuerza laboral con las habilidades necesarias para un desempeño efectivo.

Lo que se observa con frecuencia, indica Sánchez de León, son organizaciones que reaccionan ante los hechos e improvisan. La sugerencia es que las empresas se dieran tiempo para detectar qué requerirán a futuro y a partir de ello mover a las personas a áreas de más relevancia. Hoy la capacidad de reciclarse es una de las más buscadas, pero también muy escasa, ejemplifica.

Los directores y jefes deben incorporar otras herramientas:

1. Radar. Es importante enfocarse en identificar qué deben incluir en los equipos, puede ser algo tan práctico como que los colaboradores participen en un curso en línea para actualizarse.

2. Destapar arterias. Las compañías sufren de aterosclerosis (en salud esto implica acumulamiento  de colesterol, grasa, en arterias) en materia de movilidad, por citar un tema. Es sorprendente cómo un empleado encuentra más fácil cambiar de empresa que moverse dentro de su organización.

3. Cultivar. En un mercado laboral marcado por la dificultad para cubrir ciertos puestos, es indispensable tener una estrategia para mejorar los activos, es decir, el personal con que se cuenta. Es necesario ver los conocimientos que se tienen en la base y trabajar sobre ello.

4. Afinar los movimientos. Si se observa a las empresas como un juego, muchas viven una situación en donde sus directivos salen disparados como bola de billar, cada uno por su parte, sin cohesión ni plan de trabajo, explica Sánchez de León.

Además de operar en forma conjunta, los líderes en una empresa deben ayudar a sus empleados a entender el impacto de lo que hacen.

5. Hacha. Se quiere buenos trabajadores, por lo que hay que desarrollar en el personal la capacidad de concentrarte en tareas productivas. Que sean un ‘hacha’ en su labor, un problema frecuente es la falta de foco de los propios directores.

Un informe de la empresa de microblogging ‘Social Cast’ revela que en Estados Unidos se realizan más de 11 millones de reuniones de trabajo por día. ¿Todas serán para un hecho productivo?

6. Enseñar con ejemplos. Si el presidente o director de una organización no es capaz de dejar el teléfono al hablar con sus colaboradores, cómo pedir a sus empleados concentración en una tarea o que presten atención en una junta y apaguen sus dispositivos.

“La alta dirección debe empezar por promover los comportamientos”, apunta Sánchez de León, especialista en banca y consumo.

7. Podar. En una analogía de jardinería, el jefe deber ser especialista en podar: cortar las prácticas que no contribuyen y dar forma a las características que permitan mejorar la plantilla y aumentar la productividad.

Hay estilos de gestión basados en la intuición, sin datos sólidos, lo cual se necesita para tomar o cambiar decisiones. Si la empresa aún no lo hace, es importante recoger datos que sirvan para crear una secuencia histórica de qué situaciones, estilos de aprendizaje, entre otros indicadores, traen mejor resultado a la organización, puntualiza el representante de Accenture.

Tomado de http://www.cnnexpansion.com

Podcast: Régimen Intermedio

Compartimos con ustedes el podcast Tribuna del Contribuyente – 4 de Marzo de 2013

de Podcasts Notisistema. (Orientacion legal y contable con la participación de especialistas del Instituto Mexicano de Contadores. Conduce Ricardo Camarena.)

 

En ésta ocasión hablan sobre los contribuyentes que tributan en el régimen intermedio.

 

http://www.notisistema.net/radio_metropoli/tribuna_del_contribuyente/1224.mp3

Calendario Fiscal Marzo 2013

Presentamos el calendario fiscal para marzo, donde podrá visualizar de una manera más ágil y sencilla los días de vencimiento de las obligaciones fiscales de éste mes:

OBLIGACIONES DE MARZO

Fechas en las que las Instituciones Financieras deben enterar el IDE
(Sólo para las instituciones del sistema financiero)
A más tardar el 5
Presentar información sobre comprobantes fiscales digitales
A más tardar el 10
Presentar declaraciones informativas de:

  • IDE (Sólo para las instituciones del sistema financiero)
  • IEPS

A más tardar el 17
Presentar los siguientes pagos o declaraciones: 

  • Pagos provisionales del ISR
  • Pagos provisionales del IETU
  • Pagos definitivos del IVA
  • Pagos definitivos del IEPS
  • Enterar los impuestos retenidos a terceros

Días adicionales para presentar las declaraciones: 18, 19, 20, 21 y 22.

A más tardar el 31

Presentar declaración anual y declaraciones informativas