by RED Contable MX | Dic 30, 2012 | Fiscal, RMF
La autoridad especificó cambios aplicables a la Factura Electrónica, vigentes desde el 1 de enero; con esta modalidad de fiscalización termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos.
Apenas 2.7 millones de entre 5 millones de contribuyentes cuentan con un esquema de facturación electrónica. (Foto: Archivo)
CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión) — El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó este viernes la Miscelánea Fiscal de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, que entrará en vigor el próximo 1 de enero y en la que se especifican los cambios aplicables a la Factura Electrónica.
Con esta modalidad de fiscalización termina la vigencia de los comprobantes fiscales impresos, y la autoridad hacendaria asegura que entre sus beneficios está una mayor seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos y cambio en las prácticas de los contribuyentes.
Desde enero de 2011 los contribuyentes con ingresos mayores de 4 millones de pesos al año deben expedir facturas electrónicas, mientras que aquellos con ingresos menores de 4 millones de pesos al año pueden expedir comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional.
Para expedir comprobantes impresos con Código de Barras Bidimensional o facturar electrónicamente es necesario contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel), de acuerdo con el SAT.
La empresa de soluciones en facturación electrónica y software empresarial Contpaq prevé que en 2013 la recaudación del SAT crezca en 16%, pues el nuevo sistema busca evitar la evasión de impuestos, los fraudes y robo de identidad fiscal.
“El nuevo esquema representa más eficiencia para los usuarios, pero es una medida recaudatoria; en 2010 el SAT detectó 55,000 millones de pesos en comprobaciones apócrifas, ahora habrá un mayor control sobre los ingresos y egresos de los contribuyentes”, dijo a principios de este mes el director general de la firma, René Martín Torres Fragoso.
De los más de 5 millones de contribuyentes registrados ante el SAT, apenas 2.7 millones cuentan con un esquema de facturación electrónica, detalló el directivo.
Entre los puntos más importantes, la miscelánea fiscal destaca que los contribuyentes no estarán obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan la información relativa al régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Para poder emitir estos comprobantes se debe seguir un proceso de cinco pasos:
1.Obtener la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) en el SAT
2.Solicitar un Certificado de Sello Digital
3.Generar un archivo que cuente con los estándares tecnológicos
4.Contratar una empresa PAC (Proveedores Autorizados de Certificación), para timbrar las facturas (validar los comprobantes)
5.Entregar las facturas a sus clientes.
Descargas:
Resolución Miscelánea Fiscal para 2013
(Publicada en el DOF del 28 de diciembre de 2012)
( 631 kB) Resolución parte 1
( 664 kB) Resolución parte 2
( 1,769 kB) Resolución parte 3
Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013
(Publicado en el DOF del 28 de diciembre de 2012)
( 1,496 kB) Anexo 19
Con información de
http://www.sat.gob.mx
http://www.cnnexpansion.com
by RED Contable MX | Dic 15, 2012 | Laboral
El paso 30 de noviemnbre se publicó en el Diario Oficial de la Federacion el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
En éste articulo abordaremos los puntos relacionados directamente con las empresas que presten/contraten servicios de outsourcing.
“Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber sociales. No es artículo de comercio. …….
Artículo 15-A. El trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.
Este tipo de trabajo, deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) No podrá abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad, que se desarrollen en el centro de trabajo.
b) Deberá justificarse por su carácter especializado.
c) No podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante.
De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social.
Artículo 15-B. El contrato que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista, deberá constar por escrito.
La empresa contratante deberá cerciorarse al momento de celebrar el contrato a que se refiere el párrafo anterior, que la contratista cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores.
Artículo 15-C. La empresa contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.
Lo anterior, podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables.
Artículo 15-D. No se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley.
Artículo 127. …
I. a IV. …
IV Bis. Los trabajadores del establecimiento de una empresa forman parte de ella para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades;
V. a VII. …”
Para aquellos que se han dejado llevar por los rumores de que la reforma laboral dejaba sin el beneficio del la PTU a los trabajadores subcontratados, eso es totalmente falso, y aun que la ley no lo señala directamente, si analisamos el artículo 127 queda claro que no se excluye a dichos trabajadores del reparto de ultilidades.
CONTRATO CIVIL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES.
SI A TRAVÉS DE ÉL UN TERCERO SE OBLIGA A SUMINISTRAR PERSONAL A UN PATRÓN REAL CON EL COMPROMISO DE RELEVARLO DE CUALQUIER OBLIGACIÓN LABORAL, AMBAS EMPRESAS CONSTITUYEN LA UNIDAD ECONÓMICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y, POR ENDE, LAS DOS SON RESPONSABLES DE LA RELACIÓN LABORAL PARA CON EL TRABAJADOR
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro V, p.1991, Materia Laboral, Tesis: I.3o.T. J/28 (9a.), Jurisprudencia, Registro 160324, febrero de 2012.
by RED Contable MX | Oct 11, 2012 | Uncategorized
Las mejores prácticas son modelos de aplicación que arrojan información cuantitativa que han dado buenos resultados en otros escenarios y casos. En el caso de derecho fiscal la aplicación de mejores prácticas es vital para el ejercicio responsable, productivo y eficiente de su empresa. En esta sección se responden preguntas tales como
¿Qué es una mejor práctica fiscal?
¿Qué ley regula la materia fiscal?
¿Qué conjunto de acciones pueden ser consideradas como mejores prácticas en materia fiscal?
¿Qué beneficios obtengo al implementar mejores prácticas en materia fiscal?
Cuando una persona física o moral realiza actividades económicas tendrá diferentes maneras de asumir sus políticas y obligaciones en materia fiscal. Muchas de ellas representarán para su negocio la diferencia entre la estabilidad y el desequilibrio. Es importante conocer las mejores prácticas que se sugieren y han traído resultados exitosos, además se invita a que pueda crear sus mejores prácticas particulares ya que su negocio puede presentar circunstancias muy específicas. De antemano el primer paso es buscar siempre herramientas y asesoría que pueda fortalecer sus acciones.
Para entender desde el principio la materia fiscal y a partir de ello adoptar prácticas que tiendan a mejorar el desempeño de su empresa es muy importante plantearse éstas preguntas:
¿QUÉ ES UNA MEJOR PRÁCTICA FISCAL?
Es un modelo de aplicación que arroja información cuantitativa que han dado buenos resultados en otros escenarios y casos.
¿QUÉ LEY REGULA LA MATERIA FISCAL?
Código Fiscal de la Federación[1]
¿QUÉ CONJUNTO DE ACCIONES PUEDEN SER CONSIDERADAS COMO MEJORES PRÁCTICAS EN MATERIA FISCAL?
A continuación se mencionan algunas mejores prácticas de orden fiscal:
UBICAR EL REGIMEN QUE VA DE ACUERDO A SU ACTIVIDAD Y CAPACIDAD.
Los diferentes regímenes fiscales (fichas 1 y 2) de acuerdo a la actividad económica que se desarrolla determinan las obligaciones del contribuyente en materia tributaria. Crear un negocio implica tener un conocimiento de los alcances a corto, mediano y largo plazo. Si se ubica adecuadamente el régimen que es más acorde a su empresa o actividad permite cumplir de manera más eficiente las responsabilidades fiscales.
IMPLEMENTAR HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS QUE FAVOREZCAN LA INFORMACIÓN CONTABLE Y FISCAL.
El uso de tecnologías de la información en materia contable y fiscal permite guardar un mayor orden en las tareas y asignaciones en estos temas. Las obligaciones tributarias se desprenden del ejercicio contable, por ello, en la medida en que la tecnología favorezca el óptimo procesamiento de la información, cumplir con las obligaciones a nivel contable se tornará un ejercicio más claro y eficiente.[2]
DISEÑAR PLANES ESTRATÉGICOS PARA HACER FRENTE A LAS RESPONSABILIDADES TRIBUTARIAS.
La política tributaria emana de las autoridades del Estado, los códigos, leyes, reglamentos y órganos relacionados con la materia tributaria. Su empresa tiene que cumplir con responsabilidades tributarias vertidas en la normatividad vigente. Es importante que su empresa se mantenga informada sobre modificaciones y nuevas regulaciones en materia tributaria. La base de cualquier plan estratégico es visualizar a futuro previendo condiciones que pudieran amenazar la estabilidad del negocio o favorecer su desarrollo. El objetivo de los planes estratégicos en materia fiscal es crear políticas corporativas que puedan blindar a la empresa ante políticas tributarias nuevas.
USAR INTELIGENTEMENTE LA INFORMACIÓN FINANCIERA Y FISCAL.
Interpretar la información financiera y fiscal permite a su empresa encontrar una mejor posición para revisar su situación actual, descubrir sus áreas de oportunidad y compararse con modelos de otras empresas del mismo tamaño y condiciones similares. [3] La información debe ser confiable, veraz y oportuna, debe construirse día a día dentro de la organización.
MANTENERSE PENDIENTE DE ESTÍMULOS FISCALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES.
Las autoridades tributarias crean políticas que favorezcan la recaudación. Paralelamente una manera de realizar esta labor es crear estímulos fiscales que inviten a las personas físicas o morales con actividades empresariales a cumplir en beneficio de su propia actividad económica. Los estímulos fiscales pueden brindar deducibilidad a partir de determinadas acciones de carácter productivo que promuevan el desarrollo, por ejemplo las inversiones en bienes nuevos de activo fijo que desgravan el ISR.
SEGUIR MÉTODOS Y TIEMPOS DE PAGO.
La responsabilidad tributaria de la empresa depende de la puntualidad y eficiencia con la que se cumple con las obligaciones. Una empresa que asume de manera óptima con sus compromisos fiscales crea condiciones de estabilidad para su operación ya que manifiesta orden en su estructura y calidad en sus procesos.
GENERAR Y MANTENER ACTUALIZADOS LOS ESTADOS FINANCIEROS.
Los estados financieros (ver ficha 6) analizan la incidencia de los diferentes elementos económico-fiscales de la empresa. Permite realizar comparaciones entre periodos determinados y de esta manera implementar nuevas estrategias o fortalecer las anteriores.
INCENTIVAR LA AUDITORÍA
Las auditorías contables en materia fiscal son necesarias para dictaminar los estados financieros como parte de las obligaciones tributarias. Más allá de esto, una auditoría externa ofrece un diagnóstico efectivo para encontrar oportunidades de desarrollo y evaluar las medidas fiscales y financieras de la empresa.
PRESENTE LA INFORMACIÓN FISCAL DE MANERA QUE FACILITE LA CREACIÓN DE ANALISIS Y POLÍTICAS DE CONTROL CONTABLE.
La generación y gestión adecuada de la información al interior de las empresas permite realizar análisis de desempeño financiero. La creación de planes de desarrollo institucional se fortalece con estudios profundos de estados financieros que permitan entender tendencias de la empresa y de esa manera ajustar las estrategias.[4]
RECURRA A SERVICIOS DE CAPACITACIÓN, ASESORÍA E INFORMACIÓN DE LA AUTORIDAD.
Las autoridades tributarias ofrecen servicios dirigidos a los contribuyentes en materia fiscal. Estos recursos facilitan el uso de herramientas tecnológicas en función de las obligaciones tributarias. Las empresas reducen su carga administrativa en materia fiscal cuando toman estos servicios.[5]
SOLICITAR APOYO DE ESPECIALISTAS.
Contar con un despacho o contadores externos a la organización representa tener visiones especializadas en materia fiscal. Las empresas recurren a negocios especializados en contabilidad para descargar su carga operativa y obtener información que les permita fortalecer sus operaciones.
MANTENER CANALES DE COMUNICACIÓN ESTRECHOS CON LA AUTORIDAD.
Es importante desmitificar el cumplimiento de las responsabilidades tributarias. Considere establecer una comunicación constante con las autoridades fiscales que le permita mantenerse informado de nuevas reglas y opciones para presentar sus declaraciones, así como solicitar asesoría en diferentes temas. [6]
IDENTIFIQUE LA DIFERENCIA ENTRO LO SUYO Y LO DE SU NEGOCIO.
Una práctica contable que le favorece a nivel fiscal es identificar los recursos generados a partir del negocio y hacer la diferencia con sus recursos personales. Si bien obtendrá beneficios de tipo económico a partir del negocio es importante que no disponga de los recursos del negocio indiscriminadamente. Recuerde que el negocio es una persona moral con obligaciones y si en determinado momento presenta irregularidades tendrá penalizaciones. [7]
¿QUÉ BENEFICIOS OBTENGO AL IMPLEMENTAR MEJORES PRÁCTICAS EN MATERIA FISCAL?
Aplicar mejores prácticas en materia fiscal en su actividad económica le brinda beneficios tales como:
Ubicar el régimen al que se pertenece permite cumplir de mejor manera las obligaciones fiscales.
La tecnología permite tener un mejor control de la contabilidad, lo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Los planes estratégicos prevén amenazas y programan adecuadamente las responsabilidades fiscales.
Interpretar la información permite generar conclusiones que reformen o confirmen las políticas fiscales dentro de las empresas.
Monitorear los estímulos fiscales de la autoridad ofrece oportunidades para el desarrollo de la empresa a la vez que cumple.
Cumplir en tiempo y forma permite obtener tranquilidad y estabilidad dentro de la empresa.
Los estados financieros arrojan información importante que permite diagnosticar medidas en materia fiscal.
Las auditorias proporcionan una visión externa que enriquece el panorama de oportunidades y le permiten responder oportunamente a las responsabilidades tributarias.
La capacitación en materia fiscal empoderará a los responsables en esta materia y les permite desempeñar de mejor manera su labor.
Los especialistas en contabilidad y materia fiscal brindan servicios a las empresas que les permiten tener mejores condiciones para su ejercicio contable y fiscal.
Diferenciar entre los productos del negocio y sus bienes personales permite la estabilidad a partir de poder asumir de mejor manera sus obligaciones.
Los ciudadanos que como personas físicas o morales desempeñan actividades empresariales poseen obligaciones de carácter tributario, estas se cumplen de una manera más eficiente y productiva cuando se derivan de la aplicación de mejores prácticas.
Ya sea que su negocio sea grande, mediano o pequeño, la salud y cumplimiento fiscal a partir de las mejores prácticas le traerá beneficios en la estabilidad que tendrá al desempeñar muchas de las actividades productivas de su negocio.
Cuando se encuentre ante las situaciones que la Ley marca para el cumplimiento de las responsabilidades fiscales es importante que considere la manera en cómo dará salida a éstas. Una persona moral o una persona física con actividades empresariales deben establecer mecanismos y estrategias de cumplimiento que brinden resultados eficientes en beneficio de la empresa. Las mejores prácticas representan alternativas que puede implementar de acuerdo a la naturaleza de su negocio y de esta manera obtener beneficios.
Recuerde que es importante contar con gente especializada en el tema, por ello, designe responsables de la materia fiscal, puede ser toda un área o una persona, el objetivo es delegar a a otros con el conocimiento necesario para cumplir y generar información benéfica para la empresa. Esto no implica que usted desatienda el asunto fiscal, por el contrario deberá estar completamente informado y capacitado para tomar decisiones y plantear políticas, sin embargo, responsabilizar a expertos en la materia permite empoderar la organización.
Una persona o personas responsables de la materia fiscal y contable de su negocio representa generar atención y respuesta a las necesidades de este rubro de su negocio. Estas personas tendrán la responsabilidad de atender los siguientes aspectos:
Cumplir con las responsabilidades tributarias de la empresa a través de los mecanismos y tiempos señalados por la autoridad.
Trabajar de la mano con el área de recursos humanos, en caso de tener empleados, para realizar las retenciones producto de los salarios de los trabajadores.
Generar y mantener actualizados los estados financieros tanto para el cumplimiento de los requerimientos fiscales como para plantear las estrategias de la empresa con respecto a este tema.
Mantenerse pendiente de las políticas tributarias de la autoridad con el fin de visualizar posibles deducciones a partir del cumplimiento oportuno y la inversión.
Establecer planes constantes de capacitación enfocados a la actualización en temas de materia fiscal así como en nuevas herramientas tecnológicas.
Diseñar políticas empresariales en materia fiscal y contable.
Solicitar el apoyo de auditores externos para el dictamen de estados financieros.
Presentar al Consejo de Administración o al órgano de dirección planes y estrategias en materia fiscal.
Dependiendo de las dimensiones de su negocio podrá decir cuales de estas prácticas son más adecuadas y viables para su este. No es necesario en un inicio que generar toda un área de atención al tema contable y fiscal pero se sugiere que sí designe responsables en la materia. Recuerde que el cumplimiento de las obligaciones tributarias no es optativo, este se debe atender en tiempo y forma en beneficio de la estabilidad de su empresa y el progreso del país.
Tenga presente que la información es un elemento indispensable para formular procesos de cambio y mejora. Procure mantenerse informado del entorno en materia fiscal a través de las publicaciones de las autoridades, expertos, consultores, otras empresas, congresos, cursos, capacitaciones y cualquier medio que le permita generar el conocimiento necesario para modificar, fortalecer o diseñar nuevas acciones y procesos dentro de su negocio.
Ejemplificación:
La agencia de viajes Turismo de Aventura Hidalgo S.A. de C.V. inició contratando una persona para atender la contabilidad y las responsabilidades fiscales ,Israel, el contador de la agencia, realizaba los estados financieros, pagaba los impuestos de ISR, IETU, IVA además de realizar las retenciones correspondientes a los salarios de los trabajadores.
Israel y Valeria, la directora, entablaban reuniones periódicas para analizar la situación fiscal de la organización. En estas reuniones Israel le presentaba a Valeria los estados de posición, resultados, variaciones y flujos de efectivo de la empresa. Con esta información el contador exponía a la directora recomendaciones y soluciones que permitieran seguir avanzando, a su vez, Valeria y los socios tomaban la decisión final en cuanto el camino a seguir en este asunto.
A través de los recursos del Servicio de Administración Tributaria, Israel realizaba las declaraciones oportunamente y los pagos correspondientes. Era el responsable de la FIEL y la CIEC y se mantenía al pendiente de los recursos electrónicos que facilitan el modo de pago.
Después de algún tiempo y conforme crecía la empresa Israel ya no estaba sólo, primero tuvo un asistente y posteriormente un equipo dedicado específicamente a los asuntos contables y fiscales. Con un mayor número de personas fue posible generar más información y conocimiento para la organización. Se establecieron planes completos de acción entorno al tema tributario que se presentaban en asamblea de socios, además de estados financieros con proyecciones a corto mediando y largo plazo.
Se implementaron en la agencia de viajes planes completos de capacitación en materia fiscal para el área de Israel, se les enviaba a participar en congresos en el extranjero. Además se mantenían a la vanguardia en el software que utilizaban para mejorar la eficiencia de los procesos.
El día de hoy la empresa es invitada a eventos corporativos para presentar su caso de éxito en este tema y es referente e inspiración para pequeños, medianos y grandes empresarios.
Referencias:
Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 1981 y reformado por última ocasión, a través del mismo medio, el 12 de diciembre de 2011. Disponible en:http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8.pdf
Deloitte. Maximizando el valor de su información.(2012) Recuperado el 1 de agosto de 2012 de: http://www.deloitte.com/assets/Dcom-Mexico/Local%20Assets/Documents/mx(es-mx)MaximizandoElValorDeSuInformacion_TDA.pdf
Fondo Monetario Internacional. Code of Good Practices on Fiscal Transparency (2007) Recuperado el 1 de agosto de 2012 de : http://www.imf.org/external/np/fad/trans/code.htm
Consultoría empresarial. Boletín Ejecutivo. Enero 2012. http://www.alerta.com.mx/boletines/be290212.pdf
Deloitte. Maximizando el valor de su información.(2012) Recuperado el 1 de agosto de 2012 de: http://www.deloitte.com/assets/Dcom-Mexico/Local%20Assets/Documents/mx(es-mx)MaximizandoElValorDeSuInformacion_TDA.pdf
Servicio de Administración Tributaria. (2012) Orientación. Recuperado el 2 de agosto de 2012 de:https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/psp/psatpp/CUSTOMER/CUST/h/?tab=PAPP_GUEST
Huerin, J. (2012) Entrevista realizada el día 2 de agosto de 2012.Ciudad de México.
[6] Huerin, J. (2012) Entrevista realizada el día 2 de agosto de 2012.Ciudad de México.