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La Suprema Corte de Justicia de la Nación da a conocer las tesis jurisprudencias relativas al mes de diciembre de 2011. Entre los rubros más destacados están:

1. Valor agregado. Los donativos no constituyen una actividad para calcular el factor de acreditamiento del impuesto relativo.

2. Inmovilización de cuentas bancarias. Cuando la autoridad la ordena a una entidad financiera ante un crédito fiscal firme no garantizado, no está obligada a notificarla previamente al contribuyente deudor.

3. Impuestos. Existe discrecionalidad legislativa para determinar su objeto, siempre y cuando sean proporcionales y equitativos.

4. Notificación personal en materia fiscal. El artículo 137 del código fiscal de la federación respeta los principios de legalidad y seguridad jurídica, aunque no prevea que entre el momento de la entrega del citatorio para la espera al notificador y el fijado para tal efecto, deben mediar por lo menos 24 horas.

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SCJN / tesis y jurisprudencias relativas al mes de diciembre de 2011