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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado una nueva prórroga para que los contribuyentes habiliten su Buzón Tributario, extendiendo el plazo hasta el 31 de diciembre de 2025. A partir de esa fecha, incumplir con esta obligación fiscal será motivo de infracción.

El Buzón Tributario es un canal de comunicación electrónico entre el SAT y los contribuyentes, diseñado para simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura. Entre sus beneficios destacan:

  • Portal privado y personalizado: permite acceder a información fiscal de manera confidencial.
  • Notificaciones electrónicas: posibilidad de recibir comunicaciones oficiales en cualquier momento y lugar con acceso a internet.
  • Oportunidad en la recepción de requerimientos: facilita conocer de manera inmediata cualquier solicitud o resolución relacionada con trámites fiscales.
  • Información sobre beneficios fiscales: acceso a programas y facilidades en materia tributaria.
  • Eficiencia en trámites: reducción de tiempos y recursos en la gestión de obligaciones fiscales.
  • Certeza jurídica: garantiza la validez de los actos y resoluciones emitidos por el SAT.

Para habilitar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben ingresar al Portal del SAT, acceder con su RFC y Contraseña o e.firma vigente, seleccionar la opción de Configuración y registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular como medios de contacto. Es fundamental confirmar estos medios dentro de las 72 horas siguientes al registro para completar el proceso.

Es importante destacar que, desde 2020, la habilitación del Buzón Tributario y la actualización de los medios de contacto son obligaciones fiscales para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con algunas excepciones, como:

  • Personas físicas y morales con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
  • Personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
  • Contribuyentes asalariados y asimilados a salarios con ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400,000 pesos.

El SAT insta a los contribuyentes a aprovechar esta prórroga y cumplir con la habilitación del Buzón Tributario antes de la nueva fecha límite para evitar sanciones. Para más información y asistencia en el proceso, se puede visitar el minisitio del Buzón Tributario en el portal oficial del SAT.