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SAT publicará resoluciones favorables a contribuyentes.

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN A LA NORMATIVIDAD INTERNA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN RELACIÓN CON EL ARTICLILO 34 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en ejercicio de la facultad establecida en la fracción X del artículo 5 de su Ley Orgánica, relativa a proponer al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las modificaciones normativas internas para mejorar la defensa de los derechos y seguridad jurídica de los contribuyentes ejerció sus facultades de investigación a la normatividad interna del citado órgano desconcentrado en relación con el artículo 34 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el cual literalmente establece lo siguiente:

“Artículo 34. Las autoridades fiscales sólo estarán obligadas a contestar las consultas que sobre situaciones reales y concretas les hagan los interesados individualmente.[…]

Las autoridades fiscales deberán contestar las consultas que formulen los particulares en un plazo de tres meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva.
El Servicio de Administración Tributaria publicará mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes a que se refiere este artículo, debiendo cumplir con lo dispuesto por el artículo 69 de este Código.” 

Del artículo transcrito se advierte que las autoridades fiscales deberán resolver las consultas que presenten los contribuyentes y publicar de manera mensual un extracto de las principales resoluciones recaídas alas citadas consultas.
En virtud de lo anterior esta Procuraduría consultó la página oficial del SAT detectando que no se están publicando continuamente los extractos de las principales resoluciones favorables emitidas a los contribuyentes por lo que consideró que las autoridades fiscales deben adoptar una mejor práctica que conlleve a mayor certeza y seguridad para los pagadores de impuestos.
Cabe señalar que este ombudsman como garante de los derechos de los contribuyentes propugna por el reconocimiento del derecho a las mejores prácticas que constituyen la buena administración —Io que implica fomentar relaciones de confianza con los causantes— y en ese sentido ha emitido el criterio 17/2013/CTN/CS-SPDC que señala:

17/2013/CTN/CS-SPDC
(Aprobado 4ta. Sesión Ordinaria 12/04/2013)
MEJORES PRÁCTICAS ADMINISTRATIVAS, SITUACIONES IGUALES. Las autoridades fiscales tienen la obligación de transparentar e informar con oportunidad sus criterios jurídicos interpretativos de las normas tributarias, facilitando a los contribuyentes el adecuado cumplimiento de sus obligaciones, especialmente en casos de complejidad evidente, resultando primordial que ante situaciones iguales en cuanto a los hechos, las autoridades fiscales las aborden y resuelvan con los mismos criterios jurídicos de interpretación normativa, sin hacer distinciones sospechosas.
Criterio sustentado en: Recomendación 2/2013 Consulta número 7-ll-B/2013.”

De manera que debe prevalecer el principio de seguridad jurídica para mejor servir los derechos de los contribuyentes y que éstos en su relación con el fisco federal —derivada del cumplimiento de sus obligaciones por ninguna razón se encuentren en una situación de incertidumbre jurídica y sepan a qué atenerse respecto de la actuación de la autoridad y de la regulación normativa en materia fiscal.
Así las cosas este ombudsman fiscal de la investigación que realizó culminó con la decisión de iniciar un procedimiento de propuesta de modificación a la normatividad interna del SAT, a fin de que sus unidades administrativas den cumplimiento y regulen de manera textual en su normatividad la obligación de publicar mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables de conformidad con lo establecido en el articulo 34 del CFF.
Por lo anterior, con la única finalidad de fomentar mejores prácticas administrativas y cumplir con lo dispuesto por los artículos 58 al 65 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, se hizo del conocimiento al SAT la propuesta de modificación que a juicio de esta Procuraduría resulta necesaria efectuar a su normatividad interna, solicítándole que además comunicará su aprobación.
En tales circunstancias el SAT consideró procedente aceptar la propuesta y llevar a cabo las modificaciones sugeridas por este ombudsman fiscal.

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Acuerdos conclusivos: tema de la tercera jornada sobre la reforma hacendaria

      Los acuerdos conclusivos, garantizan transparencia y el respeto de los
derechos fundamentales de los contribuyentes: Prodecon.

      A la fecha son 17 las solicitudes formales para un acuerdo conclusivo:
SAT.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a
través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en colaboración con la
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), realizaron la Tercera
Jornada sobre la Reforma Hacendaria en Tijuana, Baja California, donde se
abordó el tema de Acuerdos Conclusivos.

Durante su participación, la procuradora de la Defensa del
Contribuyente, Diana Bernal Ladrón de Guevara, señaló que “los acuerdos
conclusivos colocan a México como pionero y a la vanguardia en este tipo de
mecanismos”, ya que si bien existen en Italia y Estados Unidos alguno similar,
quienes los realizan están dentro del mismo órgano recaudador, no en un
organismo autónomo, imparcial, experto en derecho fiscal como la Prodecon.
  
Los acuerdos conclusivos, indicó, garantizan transparencia
y el respeto de los derechos fundamentales de los contribuyentes frente a
procesos de fiscalización.
  
El Jefe del SAT, Aristóteles Núñez Sánchez, expresó que
estos acuerdos ofrecen ventajas como dotar de certeza y seguridad al
procedimiento de comprobación fiscal; disminuir a una cuarta parte el tiempo
que conlleva realizar una auditoría, el recurso de revocación o un juicio;
eliminar la contingencia fiscal y el costo que genera este proceso en sus
diferentes etapas, pues la intención no es afectar a los negocios en marcha,
sino que paguen impuestos de acuerdo a las disposiciones que permite la ley.

“Hoy, precisó, tenemos 1.3 millones de créditos, de los cuales 150
mil aproximadamente están controvertidos, con un valor de 300 mil millones de
pesos; alrededor de esa cartera hay una contención fiscal para el deudor, un
interés garantizado por una fianza con un costo del 5%; además, existe la
comisión de la defensa jurídica que puede llegar al 30%”.
 


El jefe del SAT comentó que a tan sólo 14 días de que
entrara en vigor la Reforma al Código Fiscal de la Federación, se solicitó el
primer acuerdo conclusivo, y a la fecha son 17 las solicitudes formales que ya
existen, de las cuales, 11 son de auditorías realizadas directamente por el
SAT, y 6 por entidades federativas.  
La cuarta jornada se realizará el próximo 18 de febrero en
la ciudad de México, y en ella se hablará sobre los Derechos del Contribuyente
ante la Administración Tributaria Digital. Ésta, al igual que las anteriores,
se  transmitirá en vivo vía internet a
través de las páginas http://www.sat.gob.mx/jornadasRH/ y http://www.prodecon.gob.mx; así mismo, continuará abierto un blog en
el portal del SAT, para que los contribuyentes manifiesten sus dudas y obtengan
una respuesta inmediata.

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PRODECON: Los acuerdos conclusivos trasparentan la actuación de la autoridad

  •  La Procuradora Diana Bernal asegura que México se vuelve pionero y vanguardista con ese tipo de esquemas.
  •  El Jefe del SAT, Aristóteles Núñez, dice que brindan seguridad y se eliminan contingencias fiscales.
La Procuradora de la Defensa del
Contribuyente, Diana Bernal, afirmó que los Acuerdos Conclusivos
transparentan la actuación de la autoridad y velan por los derechos
fundamentales de los contribuyentes.

“Los Acuerdos Conclusivos transparentan
el actuar de la autoridad, en un momento especialmente difícil, la auditoría,
la revisión fiscal que pudiera prestarse a tráfico de influencias, malos
manejos o algún arreglo en lo obscurito y aquí la Procuraduría va a
transparentar”, dijo la Ombudsman del Contribuyente.
En el marco de la Tercera Jornada sobre
la Reforma Hacendaria, en Tijuana, Baja California, en compañía del Jefe del
Servicio de Administración Tributaria (SAT), Aristóteles Núñez, la Procuradora
aseguró que con la instrumentación de los Acuerdos Conclusivos, México se
vuelve pionero y vanguardista en la instrumentación de este tipo de esquemas, a
nivel mundial.
“Es otras partes, existen este tipo de
mecanismos, como en Italia y Estados Unidos, pero están dentro del propio
órgano recaudador de contribuciones, es decir, no son procedimientos o medios
alternativos de solución de diferencias que se establezcan ante un organismo
autónomo, imparcial, experto en derecho fiscal y derechos de los contribuyentes
y que va a transparentar los arreglos que se den entre el pagador de impuestos
y la autoridad”, explicó la Titular de Prodecon.
Informó que los Acuerdos Conclusivos son
un medio alternativo para solucionar las diferencias en auditorías, los cuales
son producto de la iniciativa de reforma fiscal que propuso el Presidente
Enrique Peña Nieto y aprobó el Congreso de la Unión.
Añadió que con los Acuerdos Conclusivos, Prodecon fungirá
como intermediario entre la autoridad recaudatoria y el contribuyente para que
éste pueda llegar a un acuerdo definitorio sobre el procedimiento de
comprobación que representa una solución anticipada al procedimiento de
fiscalización.
La Procuradora dijo que los Acuerdos
Conclusivos son fundamentales, ya que cuando los contribuyentes son sujetos a
procedimientos de auditoría, es en el momento en que se encuentran más
vulnerables y va a ser revisada su contabilidad por ojos externos que evaluarán
si los movimientos contables fueron bien realizados para efectos de la
determinación del impuesto.
“De aquí pueden surgir severas
contingencias para los contribuyentes. La buena noticia es que ahora, dentro de
los procedimientos de comprobación que pueden durar 12 meses o más, va a haber
un intermediador, un testigo, un facilitador que es la Procuraduría de la
Defensa del Contribuyente”, enfatizó.
La Titular del Prodecon consideró
como un acto inédito y republicano en México la realización de las Jornadas
sobre la Reforma Hacendaria que realizan el órgano recaudador y el defensor de
los derechos de los contribuyentes, los cuales se unen para poder promover
entre los ciudadanos las principales novedades de la reforma fiscal.
Por su parte, el Jefe del SAT,
Aristóteles Núñez, dijo que los Acuerdos Conclusivos brindan certeza,
seguridad, eliminan una contingencia fiscal y el costo adicional de garantizar
el interés fiscal mientras recurre legalmente la resolución de la autoridad.
“Pero sobre todo, invoca a un
procedimiento transparente, en el cual el intermediario que es Prodecon garantiza
que estemos observando a plenitud la norma fiscal. Para la autoridad es una
sana relación”, enfatizó el funcionario.
Durante su participación en la mesa de
discusión sobre Acuerdos Conclusivos, el Coordinador General Ejecutivo de Prodecon, Edson
Uribe Guerrero, destacó que la no judicialización es uno de los principales
beneficios, ya que anteriormente, el único recurso para que el contribuyente y
la autoridad se pusieran de acuerdo era a través de ese esquema.

“No siempre la judicialización es la vía
idónea para que el contribuyente esté cierto de cuál es la aplicación de la
norma”, señaló Edson Uribe.

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PRODECON / Análisis sistémico en materia IVA en exportación de servicios

14/2013 Prodecon sugiere al SAT que en la exportación de servicios reconozca a la totalidad de las formas de extinción de las obligaciones de acuerdo con el artículo 1-B de la Ley del IVA.

Atendiendo al nuevo paradigma de protección de derechos fundamentales, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente considera que para efectos de la aplicación de la tasa del 0% del IVA, tratándose de la exportación de servicios a que se refiere el artículo 29, fracción IV de la LIVA, el Servicio de Administración Tributaria no debe realizar una aplicación restrictiva del numeral 58 del RLIVA, exigiendo a los pagadores de impuestos mayores requisitos que “el aprovechamiento en el extranjero de dichos servicios”, es decir, la autoridad fiscal no debe imponer mayores restricciones que el aprovechamiento en el extranjero de los servicios prestados, para lo cual, de igual forma, por cuanto hace a la modalidad de pago debe reconocer a la totalidad de formas de extinción de las obligaciones y no sólo a aquéllas que de manera enunciativa, más no limitativa, establece el artículo 58 del RLIVA y la regla I.5.6.1. de la RMF.
Asimismo, se sugiere a dicha autoridad fiscal que a efecto de brindar seguridad y certeza jurídica a los pagadores de impuestos, establezca y difunda tanto a los contribuyentes como a las unidades administrativas de dicho órgano desconcentrado, los criterios para la determinación del aprovechamiento en el extranjero de los servicios prestados por residentes en el país en términos del artículo 29, fracción IV de la LIVA, así como la obligación de reconocer a la totalidad de las formas de extinción de las obligaciones como medio de pago para efectos de la determinación del referido aprovechamiento en el extranjero de los servicios prestados por residentes en el país y no así, únicamente reconocer la forma de pago que para tales efectos de manera enunciativa, más no limitativa, establece el artículo 58 del RLIVA y la regla I.5.6.1. de la RMF.

Descarga el documento completo aquí.

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PRODECON / Análisis sistémico en materia de adeudos obrero patronales para efectos de IMSS

Atendiendo al nuevo paradigma de protección de derechos fundamentales, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente sugiere al Instituto Mexicano del Seguro Social, instruya a sus unidades administrativas para que sólo procedan a dar de baja del Régimen Obligatorio a los patrones, sujetos obligados y asegurados, única y exclusivamente cuando se hubiera verificado fehacientemente que la relación laboral entre éstos y el patrón desapareció o no existe, emitiendo para tal efecto las disposiciones administrativas necesarias para regular la forma en que se comprobará dicha circunstancia y armonizando su actuación.



Asimismo, se le sugiere modificar el contenido del oficio circular 09 52 17 9000/38, de fecha 12 de septiembre de 2005, mediante el cual la Dirección de Incorporación y Recaudación del Seguro Social del Instituto Mexicano del Seguro Social instruye a los Delegados Regionales, Estatales y del Distrito Federal a vigilar las bajas del Régimen Obligatorio de los patrones, sujetos obligados y asegurados, para establecer en dicha Circular, con toda claridad, que no por el hecho de que un patrón no esté localizable, se debe proceder a la baja del Régimen Obligatorio de los sujetos antes mencionados, pues dicha situación no implica, necesariamente, la desaparición o inexistencia de la relación laboral, máxime si el patrón ha seguido enterando sus cuotas al IMSS.


Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 33, segundo párrafo y 76 de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, notifíquese por oficio al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, el contenido del presente Análisis Sistémico el que reviste el carácter de Acuerdo de Calificación de la propia problemática, a efecto de que en un plazo de treinta días naturales —siguientes a que surta efectos la notificación del presente— manifieste lo que a su derecho convenga, en la inteligencia de que esta Procuraduría podrá convocarle a una o varias mesas de trabajo para encontrar las mejores soluciones a la problemática observada.

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Prodecon destaca Acuerdos Conclusivos y nuevas reglas en inmovilización de cuentas bancarias

  • La Procuradora Diana Bernal afirma que con los acuerdos se logrará disminuir el número de casos que se sometan al proceso contencioso.
El Delegado Pedro Rodríguez asegura que la Procuraduría es la vía para construir lazos de confianza entre contribuyentes y autoridades.
La Procuradora de la Defensa del Contribuyente, Diana Bernal, informó que los Acuerdos Conclusivos y las nuevas reglas en la inmovilización de cuentas bancarias fueron dos propuestas que aprobó el Congreso de la Unión en beneficio de los pagadores de impuestos.

Al inaugurar la vigésimo tercera Delegación de Prodecon en Chiapas, la Ombudsman del Contribuyente destacó los Acuerdos Conclusivos, una figura inédita en el orden jurídico mexicano, el cual constituye un nuevo canal de entendimiento entre autoridades y pagadores de impuestos.

“Los acuerdos conclusivos son el primer medio alternativo de solución de diferencias en procedimientos de auditoría. En cuanto la autoridad fiscal ejerza sus facultades de comprobación, cualquier hecho u omisión que sea apreciado, calificado, valorado por la autoridad revisora y que pueda entrañar incumplimiento de las disposiciones fiscales será objeto de un acuerdo conclusivo”, dijo.

Precisó será una solución anticipada  de las auditorías, liberando al contribuyente de severas contingencias para su empresa o negocio, disminuyendo los altos costos que los juicios o recursos representan para los pagadores de impuestos y las autoridades fiscales.
La Procuradora Bernal agregó que otro tema de importancia serán las nuevas reglas para las autoridades fiscales en la inmovilización de cuentas bancarias, por medio de las cuales se pretende evitar que los contribuyentes sufran afectaciones innecesarias en su operación económica.

“Las reformas constitucionales recientemente aprobadas, representan un paso muy importante en el reconocimiento de los derechos fundamentales de los contribuyentes y con ello, nos acercamos a nuestro objetivo de lograr que tengan un verdadero acceso la justicia fiscal en el orden federal”, resaltó laOmbudsman del contribuyente.

El Delegado de Prodecon en Chiapas, Pedro Rodríguez Chandoquí, aseguró que la Procuraduría es la vía para construir lazos de confianza entre los pagadores de impuestos y las autoridades fiscales federales.
El funcionario se comprometió a establecer los mecanismos necesarios para la coordinación entre los distintos órganos de gobierno y las autoridades fiscales federales para favorecer la concertación con los contribuyentes y garantizarles una protección más amplia.
El Delegado Rodríguez Chandoquí reiteró en su mensaje que una renovada cultura contributiva es el mejor medio para cambiar la percepción negativa del pago de impuesto y la ineficiencia en la recaudación.
Ya somos: 

 

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