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AUTOCORRECCIÓN EN MATERIA FISCAL. EL DERECHO DE LOS
CONTRIBUYENTES A REGULARIZAR SU SITUACIÓN PUEDE EJERCERSE HASTA ANTES DE QUE SE
NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN LIQUIDATORIA DE CONTRIBUCIONES, CON INDEPENDENCIA DE
QUE EN UNA REGLA ADMINISTRATIVA SE SEÑALE UN PLAZO DISTINTO.

La
regla 2.5.4. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior
para 2011 prevé la posibilidad de que la mercancía cuya legal estancia en el
territorio no pueda acreditarse, sea regularizada mediante su importación
definitiva, para lo cual, el contribuyente sujeto al procedimiento de
fiscalización deberá manifestar a la autoridad que opta por tal posibilidad y,
dentro de los veinte días siguientes, deberá exhibir el pedimento aduanal en
que conste el pago de las contribuciones por la operación de comercio exterior.
Por su parte, el artículo 14 de la Ley Federal de los Derechos del
Contribuyente dispone que la autocorrección podrá realizarse hasta antes de que
se notifique la resolución liquidatoria de contribuciones, mediante la
presentación de la declaración que corresponda. En tal contexto, aun cuando la
regla administrativa prevé un plazo especial para la regularización de
determinada mercancía, no debe perderse de vista que ello implica el ejercicio
del derecho de autocorrección y, por ende, nada impide aplicar a favor del
particular la oportunidad que para tal fin establece el precepto legal, ya que,
dada la jerarquía normativa de las reglas administrativas en relación con las
leyes expedidas por el Congreso de la Unión, su aplicación es preferible en
cuanto sean compatibles con los supuestos de hecho, máxime si el tema
subyacente es el ejercicio de un derecho.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo
directo 69/2014. Maquiladora Siruk de Materias Primas y Materiales, S.A. de
C.V. 13 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Joel Carranco Zúñiga.
Secretario: Paúl Francisco González de la Torre.

Esta tesis se publicó el viernes 02 de mayo de 2014 a las 12:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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