Select Page

Dictámenes 2011 No se realizarán revisiones de papeles de trabajo por parte de AGAFF durante el mes de junio Se pospone evaluación a los CPR

Folio 27/2011-2012 Dictámenes 2011 No se realizarán revisiones de papeles de trabajo por parte de AGAFF durante el mes de junio Se pospone evaluación a los CPR

Folio 27/2011-2012

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Presidente, el C.P.C. José Luis Doñez Lucio y de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, presidida por la C.P.C. Laura Grajeda Trejo, les informa lo siguiente:  
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA EN GENERAL DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP a través de su Presidente, el C.P.C. José Luis Doñez Lucio y de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT, presidida por la C.P.C. Laura Grajeda Trejo, les informa lo siguiente:

  1. En conversación reciente con el Lic. Alberto Real Benítez, Administrador General de Auditoría Fiscal Federal del SAT, nos fue confirmado que durante el mes de junio de 2012 se suspenden las revisiones de papeles de trabajo a los Contadores Públicos Registrados (CPR), con objeto de poder concentrarse en la presentación del Dictamen Fiscal 2011.
  2. En reunión sostenida con el Comité Mixto de Evaluación del SAT y nuestros representantes, los CPR Javier de los Santos Fraga y Javier García Padilla, se propuso cancelar la junta de evaluación correspondiente al mes de junio, propuesta que fue aceptada por las autoridades del SAT, teniendo como resultado la programación de la misma para el mes de julio.
    Esto nos permite tener la tranquilidad de que todos los Contadores Públicos que, el día de hoy, tienen un oficio de irregularidades en proceso, podrán concluir sin ningún problema la emisión de sus dictámenes fiscales, cuyo plazo esta próximo a vencerse.

En caso de existir cualquier novedad sobre el tema, la haremos de su conocimiento en su oportunidad.

El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. José Luis Doñez Lucio
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2011-2012

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

imcp.org.mx

    Esquema de impuestos federales para la compensación universal de saldos a favor

    Impuestos contra los que se puede compensar:

    Saldo a favor en:ISR propioIVA propioIETUIEPS propioTenencia de aeronavesRetención ISRRetención IVARetención IEPS
    ISR propio (1)No
    IVA propioNo*No
    IETUNo
    IDESí**Sí**No
    IEPS (2)NoNoNoNoNoNoNo
    Tenencia de aeronavesNo


    No es compensable el impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN), ni el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos (excepto aeronaves), ya que son administrados por las entidades federativas.

    La Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos quedó abrogada a partir del 1º de enero de 2012 por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 21 de diciembre de 2007.

    No procede la compensación del crédito al salario pagado al trabajador, ya que el retenedor podrá acreditarlo contra el ISR a su cargo o contra el ISR retenido a terceros en los términos del artículo 115 vigente hasta el 2007 de la Ley del ISR.

    No procede la compensación de las diferencias a favor de retenciones del ISR por sueldos y salarios contra otros impuestos federales, ya que existe un mecanismo específico en el artículo 116 de la Ley del ISR para compensar dichas diferencias.
     
    1. No procede la compensación del ISR causado por:


    •  
      • Repecos.
      • El 5% del ISR de los contribuyentes que tributan en el Régimen Intermedio.
      • El 5% del ISR por la enajenación de terrenos y construcciones.
         
        Lo anterior, ya que el ISR es administrado en los tres supuestos por las entidades federativas ante las cuales se realiza el pago.


    2.  La compensación del IEPS debe efectuarse en los términos del artículo 5 de la Ley de IEPS (cuando en la declaración de pago mensual resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá compensarlo contra el IEPS a su cargo que le corresponda en los pagos mensuales siguientes hasta agotarlo).

    *Se podrá compensar IVA contra IVA conforme al (Desgarga PDF 1 mB) criterio101/2011/IVA (El saldo a favor del impuesto al valor agregado de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y recargos, de conformidad con el artículo 23, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, con relación al artículo 1 del mismo ordenamiento).

    **El IDE pagado por el contribuyente a través de la recaudación que hacen las instituciones financieras se podrá acreditar (restar) contra el ISR a cargo del contribuyente y en el caso que exista remanente se podrá acreditar contra el ISR retenido a terceros, por lo que en estos dos casos el IDE no se aplica como compensación, cuando se trate del mismo periodo en el que se recaudó el IDE.

     

    Tomado de sat.gob.mx

    Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 y sus anexos 1, 1-A, 3, 7, 9, 11, 14, 15, 16-A, 19, 21 y 21-A

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (7 de junio) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, en la cual se incorporan y reforman diversas reglas de interés general, destacando las siguientes: 

    SHCP / Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 y sus anexos 1, 1-A, 3, 7, 9, 11, 14, 15, 16-A, 19, 21 y 21-A

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (7 de junio) a través del Diario Oficial de la Federación, entre otros temas, la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, en la cual se incorporan y reforman diversas reglas de interés general, destacando las siguientes:

    1. Actualización de cantidades establecidas en el CFF

    2. Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación

    3. Régimen fiscal a señalar en la emisión de comprobantes fiscales

    4. Procedimiento que debe observarse en la aplicación de estímulos o subsidios

    5. Interpretación de los tratados en materia fiscal

    6. Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales

    7. Identificación de forma de pago en el CFDI

    8. Plazo para entregar o enviar al cliente el CFDI

    9. Concepto de pago en parcialidades

    10. Requisitos de comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad

    11. Tasas y monto máximo para la utilización de los estados de cuenta como comprobante fiscal

    12. Expedición de CFDI por comisionistas

    13. Comprobantes fiscales emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México

    14. Requisitos fiscales de CFD

    15. Facilidad para expedir simultáneamente CFD y CFDI

    16. Efectos fiscales de los comprobantes expedidos por contribuyentes que hubieren perdido el derecho de generar y expedir CFD

    17. Presentación e información del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet

    18. Plazo de presentación del dictamen en restructuraciones


      Para descargar el archivo pdf clic aquí

    Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012 y sus anexos 1, 1-A, 3, 7,…

    Guía de control de calidad para pequeñas y medianas firmas de auditoría- 3a. edición

    Esta Guía de Control de Calidad para Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría – Tercera Edición del Comité de Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría, publicada por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés) en agosto de 2011 en inglés, fue traducida al español por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos y revisada por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España en marzo de 2012, y se utiliza con el permiso de la IFAC.

     


     

    Prefacio

    Bienvenidos a la tercera edición de la Guía de Control de Calidad para Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría del Comité de Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría (PYMFA) (SMP, por sus siglas en inglés) de la IFAC. En esta edición, hemos tenido la oportunidad de actualizar los dos manuales ilustrativos que se incluyen en la Guía, a fin de alinearlos más claramente con la Norma Internacional de Control de Calidad (NICC) 1, así como para realizar mejoras mínimas de presentación. Teniendo en cuenta, sin embargo, que muchos de los usuarios podrían estar en proceso de traducir la Guía, hemos procurado que las actualizaciones en esta edición sean mínimas.

    La primera edición de esta Guía se publicó en 2009 y se elaboró con la Asociación de Contadores Generales de Canadá (CGA-Canadá), y está diseñada para fomentar la aplicación congruente de la Norma Internacional de Control de Calidad (NICC 1), Control de Calidad en las Firmas de Auditoría que realizan Auditorías y Revisiones de Estados Financieros, así como Otros Encargos que proporcionan un Grado de Seguridad y Servicios Relacionados. La Guía ofrece un enfoque práctico “del cómo” realizar la aplicación, que los profesionales ejercientes pueden usar durante el desarrollo del sistema de control de calidad de sus firmas de auditoría. En última instancia, la Guía debe ayudar a las PYMFA a prestar servicios de alta calidad a sus clientes y, por ende, atender al interés público en su conjunto.

    Cabe destacar que la Guía contiene orientación no autorizada sobre la aplicación de la NICC 1. La Guía no debe usarse para sustituir la lectura de la NICC 1, sino que pretende servir de apoyo en la implementación de esta norma al explicar e ilustrar los pasos y procedimientos necesarios para cumplir con la NICC 1. A fin de ayudar a las entidades miembro a optimizar el uso tanto de esta Guía como de su publicación hermana, Guía para Utilizar las Normas Internacionales de Auditoría en la Auditoría de Pequeñas y Medianas Empresas, el Comité de PYMFA de IFAC está elaborando una guía complementaria, junto con materiales adicionales diseñados para apoyar el uso de las Guías para fines de formación teórica y práctica. La guía complementaria incluirá sugerencias de cómo las entidades miembros de la IFAC y las firmas de auditoría pueden hacer el mejor uso de las Guías para satisfacer sus necesidades y las de sus jurisdicciones.

    Por último, el Comité de PYMFA de la IFAC invita a los lectores a visitar su Centro Internacional para Pequeñas y Medianas Firmas de Auditoría (International Center for Small and Medium Practices) (www.ifac.org/smp) que cuenta, además de con las Guías, con una extensa colección de otras publicaciones y recursos gratuitos.

     

    Sylvie Voghel
    Presidenta del Comité SMP de la IFAC 
    Agosto de 2011

     

     

     

     

    Guía de control de calidad para pequeñas y medianas firmas de auditoría- 3a. edición
    Tomado de http://nrcc.imcp.org.mx

    Anteproyecto De La Segunda Resolucion De Modificaciones A La Miscelanea Fiscal Para 2012 y sus Anexos 1, 1-A, 3, 7, 9,11, 14, 15, 16-A, 19, 21 y 21-A

    El día de hoy el Servicio de Administración Tributaria puso a disposicion de los contribuyentes a través de su pagina www.sat.gob.mx el Anteproyecto De La Segunda Resolucion De Modificaciones a La Resolucion Miscelanea Fiscal Para 2012 y sus Anexos 1, 1-A, 3, 7, 9,11, 14, 15, 16-A, 19, 21 y 21-A el cual pueden descargar desde la siguiente dirección:

    http://www.sat.gob.mx/sitiointernet/informacionfiscal/legislacion/52_1359.html

     

     

     

    ANTEPROYECTO DE LA SEGUNDA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2012 Y SUS …