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Reforma Fiscal: Cambios a la deducibilidad de los vales de despensa

Los vales de despensa, en
tanto que son una prestación de previsión social a favor de los trabajadores,
constituyen un ahorro para quien los recibe, dado que el beneficiario no tendrá
que utilizar la parte correspondiente de su salario para adquirir los bienes de
consumo de que se trate, pudiendo destinarla a satisfacer otras necesidades o
fines. De esta manera, los vales de despensa se emplearán en la adquisición de
alimentos que aseguren una vida decorosa para el trabajador y su familia,
produciendo con su otorgamiento una mejoría en su calidad de vida.

 
Así, la previsión social
como gasto estrictamente indispensable de las empresas debe sujetarse a
requisitos, modalidades y límites para su deducción, en términos de la Ley del ISR.

 

Ahora bien, de acuerdo con los
principios de veracidad y demostrabilidad razonables en materia de deducciones,
resulta justificado que se prevea una adecuada supervisión y control debido a
que las deducciones impactan en la capacidad recaudatoria del erario. Por tal
motivo, el Ejecutivo Federal a mi cargo propone que los vales de despensa sean
deducibles siempre que se otorguen a través de monederos electrónicos
autorizados por el SAT, con lo cual se logrará un control de quién es el
beneficiario efectivo de los vales y asegurarse que sea él quien los utilice. Con
esta mecánica, se pretende evitar que los vales de despensa se utilicen
indebidamente como un instrumento de cambio o de transacción comercial.

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¿Google puede predecir una recesión?

CIUDAD DE MÉXICO (CNNExpansión) — La frecuencia con la que la gente busca en Google combinaciones de palabras como recesión económica, trabajo o Producto Interno Bruto podrían ser un termómetro del contexto económico de una nación, según el estudio “Prediciendo recesiones en tiempo real”, de la Universidad canadiense de St. Francis Xavier.

Esos datos guardan una relación directa con los indicadores económicos y pueden prever una recesión hasta con dos meses de anticipación.
“Si cruzas esos términos con datos de frecuencia y la cantidad de transacciones con tarjetas de crédito se obtienen patrones que señalan el consumo de la gente y miden el clima económico de un lugar (…)”, dijo en entrevista Greg Tzacks, autor del estudio.

“Todo eso nos ayuda a predecir a muy corto plazo, de cero a dos meses, si viene una caída económica”.
Tras probar esta metodología en Canadá, con datos desde 2004, Tzacks detalló que el resultado al comparar la proyección con los indicadores económicos referentes a ese periodo de tiempo arrojaron que la economía de ese país estaba en recesión.

“En Canadá los datos los obtuvimos antes de que se liberarán los datos de crecimiento del PIB, que indicaron que el país estaba en recesión. Lo que probó la teoría”, aseguró.

Utilizando el método de Tzcks aplicado a datos de la economía mexicana durante la primera semana de septiembre es factible sugerir que México podría acercarse a una recesión en el corto plazo.

“En el caso de México, las palabras ‘recesión económica’ presentaron un pico de búsqueda en enero de 2008 y mayo de 2009, cuando la crisis en Estados Unidos. Actualmente durante los primeros días de septiembre se ve un interés preocupante por la búsqueda de este término, y salta a la vista, porque las búsquedas se mantuvieron planas durante dos años”, detalló.
Los datos indican que la búsqueda “recesión económica”, del 1 al 6 de septiembre de 2013, alcanza 22% de la frecuencia de búsqueda que tuvo esta misma combinación durante el pico más alto de la crisis económica de 2008, lo que de acuerdo con Tzacks predice el umbral de una recesión en México y un clima de especulación en torno al tema.

“Si bien habría que esperar a ver las cifras oficiales, el incremento en el interés por buscar estas palabras indica un clima de incertidumbre económica en México”, recalcó.
El especialista en economía de la Universidad Panamericana, Eduardo López consideró que “es probable” la recesión en el país dados los recortes a la previsión de crecimiento que se ha hecho, aunado al poco crecimiento que se ha logrado durante los últimos dos trimestres del año.

La serie desestacionalizada del PIB de tendencia ciclo que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) revela que en el segundo trimestre de 2013, la economía cayó 0.44% en comparación con los tres meses anteriores, cuando acumuló una contracción de 0.02%.
 
Eduardo López destacó que aunque existe esta posibilidad, la recesión podría ser sólo técnica y no causar todavía un impacto en los bolsillos de los ciudadanos. Remarcó que la última recta del año es una época que activa el consumo interno y podría ayudar a librar una recesión.
 
“En la última parte del año se tienen aguinaldos, bonos, primas y otros factores que impulsan el consumo en el país y le dan liquidez a la economía y estos podrían hacer que los próximos indicadores no sean negativos, a pesar de que se espera poco crecimiento”.

Economistas de escritorio
Tzacks, que preside el Instituto de Economía de la Universidad de St. Francis Xavier, concluyó que los enormes datos que ofrecen herramientas como Google Trends constituyen un reflejo inmediato de la interacción de millones (y hasta billones) de agentes, como las transacciones en línea, los hábitos de compra y las búsquedas que los usuarios hacen en motores de Internet.
 
Eso permite a los economistas y a cualquier interesado utilizar los datos para predecir condiciones económicas.
Sin embargo, advirtió que este tipo de análisis de datos basados en tecnología y datos públicos son un indicador, más que de los datos macroeconómicos, del clima social su reflejo en los intereses de las personas.
Aclaró que aunque el estudio se puede enfocar por países, hay que tomar en cuenta un margen de error porque existen palabras que pueden tener diferentes significados, como la palabra “Jobs”, que aunque muestra un alto nivel de búsqueda en años de crisis, se relaciona también a la muerte del fundador de Apple, Steve Jobs. Este evento, en octubre de 2011, generó revuelo en Google.
 
Por su parte, el académico de la Universidad Panamericana, reconoce que estos modelos de análisis sí pueden ser viables ya que el termómetro social es un factor de influencia para que las proyecciones económicas se conviertan en realidad.

Expediente único de identificación de Clientes o Usuarios

Quienes realicen Actividades Vulnerables (de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) deberán integrar y conservar un expediente único de identificación de cada uno de sus Clientes o Usuarios.

El expediente se integrará de manera previa o durante la realización de un acto u operación o, en su caso, con anterioridad o al momento del establecimiento de una Relación de Negocios.







A continuación se enumeran los diversos anexos que se dieron a conocer para integrar la información de los diversos avisos sobre Actividades Vulnerables:



Anexo 1. Datos de identificación para el registro y alta de quienes realicen Actividades Vulnerables, cuando se trate de personas físicas.



Anexo 2. Datos de identificación para el registro y alta de quienes realicen Actividades Vulnerables, cuando se trate de personas morales


Anexo 3. Datos  y documentos de identificación de los clientes o usuarios de quienes realicen Actividades Vulnerables, respecto de aquellos que sean personas físicas y que declaren ser de nacionalidad mexicana o de nacionalidad extranjera con las condiciones de residente temporal o residente permanente, en términos de la Ley de Migración.

Anexo 4. Datos y documentos de identificación de los clientes o usuarios de quienes realicen Actividades Vulnerables, respecto de aquellos que sean personas morales de nacionalidad mexicana.
Anexo 5. Datos y documentos de identificación de los clientes o usuarios de quienes realicen Actividades Vulnerables, respecto de aquellos que sean personas físicas extranjeras, con las condiciones de estancia de visitante o distinta a las establecidas en la Fracción I del Artículo 12 de las presentes reglas, en términos de la Ley de Migración.
Anexo 6. Datos y documentos de identificación de los clientes o usuarios de quienes realicen Actividades Vulnerables, respecto de aquellos que sean personas morales de nacionalidad extranjera.
Anexo 7. Datos y documentos  de identificación  de los clientes o usuarios de quienes realicen Actividades Vulnerables, respecto de aquellos que sean personas morales, Dependencias y Entidades referidas en el anexo 7-A de las presentes reglas.
Anexo 7-A. Sociedades, Dependencias y Entidades a las que se les será aplicable el régimen simplificado de presentación de avisos.
Anexo 8. Datos y documentos de identificación de los clientes o usuarios de quienes realicen Actividades Vulnerables, respecto de aquellos que sean Fideicomisos.
Anexo 9. Datos y documentos que deberá contener la solicitud que presenten las entidades colegiadas.


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Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013

El día de hoy (20-09-2013) se publica en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 el cual contiene lo siguiente:

Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite.
Contenido

A.    Declaraciones, Avisos y Formatos, Instructivos de llenado y trámite.
B.    Pedimentos y Anexos.
C.    Instructivos de trámite.
 

A. Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de llenado y trámite Nombre de la declaración, aviso
o formato


1.     Autorización de Depósito Fiscal Temporal para Exposiciones Internacionales de Mercancías, en los términos del artículo 121, fracción III de la Ley Aduanera.


2.     Autorización de exención de impuestos al comercio exterior en la importación de mercancía donada, conforme al artículo 61, fracción IX de la Ley Aduanera.


3.     Autorización de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte.


4.     Autorización para el establecimiento de depósitos fiscales para la exposición y venta de mercancías extranjeras y nacionales en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos, conforme al artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera.


5.     Autorización para la introducción o extracción de mercancías de territorio nacional, mediante tuberías, ductos, cables u otros medios susceptibles de conducirlas.


6.     Autorización para prestar el servicio de almacenamiento de mercancías en depósito fiscal y/o colocar marbetes o precintos conforme a la regla 4.5.1.

7.    Autorización para que en la circunscripción de las aduanas del SAT con tráfico marítimo pueda entrar y salir mercancía de territorio nacional por lugar distinto al autorizado.
8.     Avisos a que se refieren las reglas 3.8.2. y 3.8.4., relacionadas con el registro de empresas certificadas.
9.     Aviso de adición de bodegas, almacenes y terrenos para el establecimiento de depósito fiscal, para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte.
10.   Aviso de compensación de contribuciones y aprovechamientos al comercio exterior.
11.   Aviso de exportación temporal.
12.   Aviso de importación o exportación temporal y retorno de envases.
13.   Aviso de introducción de mercancía donada a la franja fronteriza del país, conforme a lo establecido en la fracción II de la regla 3.3.4.
14.   Aviso de Modificación del Socio Comercial Certificado.
 
15.   Aviso de opción para la determinación de valor provisional (seguro global de transporte).
16.   Aviso de renovación del Socio Comercial Certificado.
17.   Aviso de renovación en el registro del despacho de mercancías.
18.   Aviso de renovación en el registro de empresas certificadas.
19.   Aviso de registro de aparatos electrónicos e instrumentos de trabajo.
20.   Aviso de transferencia de mercancías sujetas al régimen de depósito fiscal de Duty Free.
21.   Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX o RFE.
22.   Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX en la modalidad de controladora de empresas.
23.   Aviso electrónico de importación y de exportación.
24.   Boleta Aduanal.
25.   Carta de cupo electrónica.
26.   Carta de cupo para Exposiciones Internacionales.
27.   Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores.
28.   Constancia de origen de productos agropecuarios.
29.   Constancia de transferencia de mercancías.
30.   Declaración de aduana para pasajeros procedentes del extranjero (Español e Inglés).
31.   Declaración de dinero salida de pasajeros (Español, Inglés y Francés).
32.   Declaración de Internación o Extracción de Cantidades en Efectivo y/o Documentos por Cobrar (Español e Inglés).
33.   Declaración de mercancías donadas al Fisco Federal conforme al artículo 61, fracción XVII de la Ley Aduanera y su Anexo 1.
34.   Declaración de mercancías que serán importadas con fines de Seguridad Nacional.
35.   Declaración para Movimiento en Cuenta Aduanera de Bienes, Importados Para Retornar en su Mismo Estado conforme al Art. 86 de la L.A.
36.   Documento de origen de productos minerales extraídos, industrializados o manufacturados.
37.   Encargo conferido al agente aduanal para realizar operaciones de comercio exterior o la revocación del mismo.
38.   Engomado oficial para el control de tránsito interno por vía aérea.
39.   Formulario múltiple de pago para comercio exterior.
40.   Hoja de cálculo para la determinación del valor en aduana de mercancías de importación.
41.   Manifestación de Valor.
42.   Pago de contribuciones al comercio exterior (Español, Inglés y Francés).
43.   Pedimento de importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.
44.   Perfil de la empresa.
45.   Perfil del Auto transportista Terrestre.
46.   Registro del Código Alfanumérico Armonizado del Transportista conforme a la regla 2.4.6.
47.   Registro del despacho de mercancías de las empresas, conforme al artículo 100 de la Ley Aduanera.
48.   Registro de empresas transportistas de mercancías en tránsito.
 
49.   Relación de documentos.
50.   Reporte de exportaciones de operaciones de submanufactura o submaquila.
51.   Solicitud de autorización de importación temporal.
52.   Solicitud de autorización de importación temporal de embarcaciones (Español e Inglés).
53.   Solicitud de autorización de importación temporal de mercancías, destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente.
54.   Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin estar inscrito en el padrón de importadores.
55.   Solicitud de autorización para importar mercancía por única vez, sin haber concluido el trámite de inscripción o estando suspendidos en el padrón de importadores.
56.   Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos.
57.   Solicitud de inscripción en el registro de empresas certificadas.
58.   Solicitud para el padrón de exportadores sectorial.
59.   Solicitud para la importación de vehículos especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para cumplir con contrato derivado de licitación pública conforme a la regla 4.2.9.
60.   Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley Aduanera.
61.   Solicitud para Socio Comercial Certificado.
B. Pedimentos y anexos
Nombre del pedimento o anexo
1.     Pedimento.
2.     Pedimento de importación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.
3.     Pedimento de exportación. Parte II. Embarque parcial de mercancías.
4.     Pedimento de tránsito para el transbordo.
5.     Formato para la Impresión Simplificada del Pedimento.
6.     Impresión Simplificada del COVE.
C. Instructivos de trámite
Nombre del instructivo
1.     Instructivo de trámite para la solicitud de clasificación arancelaria, de conformidad con la regla 1.2.6.
2.     Instructivo de trámite para inscribirse en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, de conformidad con la regla 1.3.2.
3.     Instructivo de trámite para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, de conformidad con la regla 1.3.4.
4.     Instructivo de trámite de la solicitud para el Padrón de Exportadores Sectorial, de conformidad con la regla 1.3.7.
5.     Instructivo de trámite para autorización y prórroga de mandatarios, de conformidad con la regla 1.4.2.
6.     Instructivo de trámite para la autorización de mandatario de agentes aduanales que hubieran obtenido su patente por sustitución, de conformidad con la regla 1.4.3.
7.     Instructivo de trámite para autorización de aduana adicional, de conformidad con la regla 1.4.6.
8.     Instructivo de trámite para presentar el aviso de las sociedades que los agentes aduanales
constituyan, modifiquen o se incorporen para facilitar la prestación de sus servicios, de conformidad con la regla 1.4.9.
9.     Instructivo de trámite para autorización de agentes aduanales sustitutos, de conformidad con la regla 1.4.11.
10.   Instructivo de trámite para retiro voluntario del agente aduanal y para la expedición de patente en virtud del fallecimiento o retiro voluntario del Agente Aduanal al cual se sustituye, de conformidad con la regla 1.4.12.
11.   Instructivo de trámite para designar apoderados aduanales, de conformidad con la regla 1.4.16.
12.   Instructivo de trámite para el registro de cuentas bancarias de agentes y apoderados aduanales, de conformidad con la regla 1.6.3.
13.   Instructivo de trámite para obtener la autorización para la apertura de cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía, de conformidad con la regla 1.6.25.
14.   Instructivo de trámite para solicitar autorización para la fabricación o importación de candados oficiales, de conformidad con la regla 1.7.3.
15.   Instructivo de trámite para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos contenidos en los pedimentos, de conformidad con la regla 1.8.1.
16.   Instructivo de trámite para prestar el servicio de procesamiento electrónico de datos y servicios relacionados necesarios para llevar a cabo el control de la importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores, de conformidad con la regla 1.9.6.
17.   Instructivo de trámite para prestar servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, de conformidad con la regla 2.3.1.
18.   Instructivo de trámite de ampliación de la superficie originalmente habilitada en forma exclusiva para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 2.3.2.
19.   Instructivo de trámite para solicitar autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras de mercancías en el recinto fiscal, de conformidad con la regla 2.3.3.
20.   Instructivo de trámite para obtener la habilitación de un inmueble para la introducción de mercancías bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico y la autorización para su administración, de conformidad con la regla 2.3.6.
21.   Instructivo de trámite para autorización de dictaminador aduanero, de conformidad con la regla 3.1.33.
22.   Instructivo de trámite para la autorización de la importación definitiva de vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad y las demás mercancías que les permitan suplir o disminuir esta condición, de conformidad con la regla 3.3.7.
23.   Instructivo de trámite para la importación temporal de mercancías, de conformidad con la regla 4.2.8.
24.   Instructivo de trámite para la destrucción o el cambio de régimen de los restos de las mercancías accidentadas en el país, de conformidad con la regla 4.2.16.
25.   Instructivo de trámite para solicitar la autorización para la destrucción de mercancías que sufrieron un daño en el país, de conformidad con la regla 4.2.17.
26.   Instructivo de trámite para el traslado de partes y componentes de la franja o región fronteriza al resto del país, de conformidad con la regla 4.3.14.
27.   Instructivo de trámite para obtener la autorización para destinar mercancías al régimen de recinto
fiscalizado estratégico, de conformidad con la regla 4.8.1.
Atentamente,
México, D.F., a 26 de agosto de 2013.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Aristóteles Núñez Sánchez.– Rúbrica.
 
 
 
 
 
 
 
 

Fecha: 20/09/2013 – Edición Matutina
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  SEGUNDA SECCION
 
 PODER EJECUTIVO
.
 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Ver WORD
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Ver Imagen  Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicadas el 30 de agosto de 2013 (Continúa en la Tercera Sección)
 
Fecha: 20/09/2013 – Edición Matutina
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  TERCERA SECCION
 
 PODER EJECUTIVO
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Ver Imagen  Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicadas el 30 de agosto de 2013 (Continúa en la Cuarta Sección)
 
Fecha: 20/09/2013 – Edición Matutina
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  CUARTA SECCION
 
 PODER EJECUTIVO
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 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Ver WORD
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Ver Imagen  Anexo 1 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, publicadas el 30 de agosto de 2013 (Continúa de la Tercera Sección)

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Podcast: Análisis de la propuesta de Reforma Fiscal 2da parte

Les compartimos el podcast “Tribuna del Contribuyente” sobre el análisis de la propuesta de Reforma Fiscal hecho por integrantes el Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

http://www.notisistema.net/radio_metropoli/tribuna_del_contribuyente/0916.mp3

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