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@IMCP- Investigación sobre las MiPyMEs

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas como las Grandes Generadoras de Empleo en México

CROSS 8 Julio

C. P. Estefanía Lozano Yécora, CPC. Y M. C. José María Ruíz Rendón y el CPC. Y M.A.
Mario David Riveroll Vázquez
Socios del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla

  

INTRODUCCIÓN

En este documento se redactará brevemente la importancia de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), en México, así como la manera en que han sido eje central de la economía; en primer término por su destacada participación en la generación de empleos y no menos importante, pero tema de futuras investigaciones  al Producto Interno Bruto (PIB), que es un indicador macroeconómico que refiere  al “valor de mercado de todos los bienes y servicios finales producidos por los factores de la producción ubicados en el país, en el transcurso del año”. (Paul; 2008:166).

 

De igual forma se destaca el tipo de administración que manejan éstas empresas junto con datos recientes para fortalecer el conocimiento de estas empresas aportados por la Secretaría de Economía (SE), el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

Conociendo los datos de las instituciones antes mencionadas, se podrá encontrar que un alto porcentaje de empleo en el país es generado por las MIPYMES, derivado de que la mayoría de las empresas de nuestra nación las conforma este tipo de empresas.

 

JUSTIFICACIÓN

Se considera necesario realizar ésta investigación ya que redundará en beneficios para la comunidad, dado el tema que se aborda. La aportación que se genera es relevante para la sociedad, ya que la proyección social que se tiene va encaminada a concientizar sobre la importancia de la información para allegarse de recursos todas aquellas personas que desean generar una MIPYMES.

Las implicaciones prácticas ayudarán a resolver lo señalado dentro del problema de investigación y el valor teórico es que dado un modelo de instrumento de evaluación que se anexa al marco teórico es posible contrastar el punto de vista de un especialista en materia y generalizar los resultados en un aspecto más amplio.

La información obtenida es de utilidad futura para el desarrollo de nuevas teorías al sugerir nuevas líneas de investigación desde la esfera de diferentes disciplinas que puedan abordar la problemática descrita en el presente trabajo, por lo que se reconoce la utilidad metodológica de esta investigación.

La viabilidad del trabajo es evaluada como positiva ya que se realizará a partir de recursos propios y con un alcance académico documental. Se ignoran y se consideran mínimas las consecuencias de abordar el tema, ya que no se identifican posibles impactos negativos.

 

 

(Seguir leyendo en sitio original: http://imcp.org.mx/publicaciones/las-micro-pequenas-y-medianas-empresas-como-las-grandes-generadoras-de-empleo-en-mexico#.Ue3O243NnW5)

 

PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN

El desconocimiento de empresarios y/o emprendedores sobre los programas de apoyo y fomento que genera el gobierno para las MIPYMES a través de la SE como factor que limita el aprovechamiento de dichos recursos en detrimento de las mismas aumentando sus índices de mortandad.

¿Qué importancia tiene aumentar la difusión por medio de radio y televisión sobre los centros de información representados por la SE encaminados a que faciliten a los empresarios de las MIPYMES para tener acceso a las alternativas económico administrativas dentro de un marco legal?

 

OBJETO

La relación entre la información de programas de apoyo y su aplicación.

 

OBJETIVOS

Propuesta de estrategia informativa a través de la radio y la televisión para favorecer la difusión de los programas de apoyo para los empresarios dueños de este tipo de empresas.

 

CAMPO DE LA INVESTIGACIÓN

El desarrollo que se tiene como emprendedor o como empresario suele ser multifacético dentro de las MIPYMES tomando en cuenta que la tarea de ellos es mejorar la administración de estas y darles un funcionamiento más ágil.

 

HIPÓTESIS DE LA INVESTIGACIÓN

El aumento en la difusión de programas de apoyo que otorga la SE para las MIPYMES aumentaría la generación y permanencia de las mismas contribuyendo a la generación de empleos.

 

DESCRIPCION METODOLÓGICA

El presente trabajo de investigación es de tipo descriptivo ya que se pretende establecer la estructura y comportamiento de las MIPYMES mexicanas, al establecer la influencia de los cambios nacionales hacia ellas, considerando que en el futuro sea posible establecer un estudio comparado entre otros países de América Latina que comparten algún tratado comercial con México.

De la misma manera se establece que el modelo de investigación es documental y en la cual se plantea una hipótesis de trabajo, por lo que se considera que no se requiere de un muestreo, no obstante, se anexa a manera de apéndice un instrumento básico de observación a base de preguntas a fin de contar con una técnica participativa y buscar consenso entre la información recabada de fuentes primarias y la opinión de una persona especialista en el tema.

 

MARCO TEÓRICO

EMPRESA

Se conoce como empresa a aquella “persona física o moral que busca obtener alguna ganancia al comprometer capital y trabajo en el desarrollo de una actividad”. (SAT; Sitio oficial web: 2013). Por lo que se entiende que dentro de una empresa hay un interés de obtener una ganancia o utilidad a partir de una actividad lícita que involucra ofertar un producto o servicio.

El Código de Comercio vigente en México, especifica que empresa es toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, para la prestación de servicios y que dicha actividad se llevará a cabo a través de uno o más establecimientos de comercio. (Código de Comercio; art. 25: 2013).

Las empresas que conforman nuestra nación son “Pequeñas y Medianas Empresas que en suma representan el 99 % de los negocios que existen en el país, y además generan cerca del 80 % de los empleos”. (SE; Sitio oficial web: 2013). De lo anterior se desprende lo importante que resulta como eje de la economía el buscar estrategias que permitan que estos negocios prosperen.

 

MIPYMES

Definir este tipo de empresas no ha sido tarea fácil para los teóricos del tema, ya que se puede encontrar que diferentes dependencias de gobierno las catalogan de diferente manera, por lo que resulta complicado establecer un parámetro genérico que permita delimitar de manera precisa dicho concepto.

Estas empresas cuentan con un número no muy grande de trabajadores y el nivel de ventas es de bajo a moderado, lo cierto es que para México con similitud un muchos países las MIPYMES son consideradas el principal motor de la economía ya que son las que más empleo generan en una nación.

Según la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeñas y Mediana Empresa (LDCMIPYME) se entiende por MIPYMES a las Micro, pequeñas y Medianas empresas, legalmente constituidas, con base a la estratificación establecida por la SE y de acuerdo con la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP). (LDCMPME; art 3º:2013).

Para Pierre Yves B, citado por Rodríguez Valencia “Constituye una parte del grupo conocido como MIPYMES, aquellas en las cuales la propiedad del capital se identifica con la dirección efectiva y responde a unos criterios dimensionales ligados a unas características de conducta y poder económico”.(Rodríguez;2002:65).

 

ESTRATIFICACIÓN

Tradicionalmente para estratificar las MYPIMES por tamaño, se utiliza el número de trabajadores como criterio y otros complementarios como su total de ventas anuales, los ingresos y/o los activos fijos. En la tabla 1 se muestra la clasificación de la empresa por su número de trabajadores.

 

 

TABLA 1. “CLASIFICACION DE EMPRESAS EN MÉXICO”

ESTRATO

INDUSTRIA

COMERCIO

SERVICIOS

Microempresa

1-30

1-5

1-20

Pequeña

31-100

6-20

21-50

Mediana

101-500

21-100

51-100

Grande

500 en adelante

100 en adelante

100 en adelante

Fuente: http://www.senado.gob.mx/comisiones/pyme/docs/mipyme.html (Marzo/11/2013).

 

En cambio, el Diario Oficial de la Federación (DOF), clasifica también a partir de otros complementos como lo son sus ventas anuales. En la siguiente tabla se dará a conocer su sector y su tamaño de acuerdo a sus trabajadores y a sus ventas anuales.

Conforme al acuerdo por el que se establece la estratificación de las MIPYMES, publicado en el

DOF del 30 de junio de 2009 menciona que la LDCMIPYME “de común acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se considera necesario establecer una estratificación que partiendo del número de trabajadores tome en cuenta un criterio de venta anuales, con el fin de evitar la discriminación…” (DOF; SE: 2009).

Tabla 2.  “ESTRATIFICACIÓN DE LAS MIPYMES”

 

 

ESTRATIFICACIÓN

Tamaño

Sector

      Rango de                      Rango de                       Tope

      trabajadores                  ventas(mdp)                   máximo

Micro

Todas

 

Hasta 10

Hasta $4

4.6

Pequeña

Comercio

 

Desde 11 hasta 30

Desde 4.01 hasta 100

93

Industria

Servicios

y

Desde 11 hasta 50

Desde 4.01 hasta 100

95

Mediana

Comercio

 

Desde 31 hasta 100

Desde     100.01     hasta

250

235

Servicio

 

Desde 51 hasta 100

Industria

 

Desde 51 hasta 250

Desde     100.01     hasta

250

250

Fuente: Diario Oficial de la Federación del 30 de junio de 2009.

 

HISTORIA DE LAS MIPYMES

 

Este tipo de empresas tienen características históricas que identifican a cada cultura del mundo desde tiempos remotos, hace aproximadamente desde que el hombre deja de ser nómada.

“Desde entonces, se ha observado que existían grandes empresarios como los nobles y terratenientes, al igual los pequeños agricultores, productores y artesanos; así como aquellos que se dedicaban a tareas productivas prácticamente de subsistencia”. (Elmer; 1967:15).

La manera en que han evolucionado las MIPYMES va de la mano con la evolución de cada nación, dado que a través del tiempo han ido cambiando y renovándose de acuerdo a las necesidades económicas y sociales de la vida humana, así se han buscado las mejores rutas para la adecuación del progreso, creando servicios para satisfacer algunas necesidades que un fabricante de gran producción no tomaría en cuenta dentro de su plan de producción o venta.

“Las rápidas transformaciones económicas, sociales y tecnológicas producidas como consecuencia de revoluciones industriales o guerras, han tenido influencia directa sobre las empresas.” (Rodríguez; 2002:2). En todas las empresas indistintamente de su actividad o su tamaño.

En la actualidad se encuentra una gran semejanza histórica en la composición de las estructuras económica productiva, existen los macro o grandes empresarios, pero también en gran cantidad, los medianos, pequeños y micro empresarios, que se dedican a actividades cada día más diversificadas en medida a la necesidad, la ciencia, la tecnología y la misma sociedad.

El origen de este tipo de empresas en México es de tipo familiar, la necesidad de no cambiar de ubicación y las dificultades de acceder a un empleo así como la necesidad de generar ingresos son los factores que marcan los antecedentes de las MIPYMES.

 

EMPRESAS EN MÉXICO

 

Para el año 2010, el INEGI integró el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) que contiene información de identificación y ubicación de un total de 4,331,202 establecimientos que los Censos Económicos (CE) 2009 encontraron activos en el territorio nacional.

Durante la actualización de Unidades Económicas (UE) en 2012 se incorporaron 36,597 y se dieron de baja 10,254 que se encontraron cerradas. Así de las que estaban registradas en la versión anterior del directorio ahora se presentan 4, 400,943 a nivel nacional. También se señala que el total de UE del país consideradas por su tamaño como grandes, representan el

3.5% y se infiere que el resto corresponden a MIPYMES.

 

El Plan Nacional de Desarrollo (PLANADE) 2007-2012 relativo a MIPYMES dice que con base a información del INEGI, se estima que constituyen el 99% del total de las unidades económicas del país y representan alrededor del 50% del PIB.

La tabla 3, muestra algunos sectores económicos y la participación de las MIPYMES a nivel nacional y posteriormente las demás gráficas señalarán en específico datos correspondientes al Estado de Puebla tanto por tamaño de empresa y por sector económico y en su conjunto, a fin de establecer la realidad nacional y su correspondencia a nivel local.

Tabla 3. “MIPYMES por sectores a nivel nacional”

SECTORES

UE A NIVEL NACIONAL

Agricultura

19,184

Minería

3070

Construcción

23,427

Industria manufacturera

470,714

Comercio al por mayor

134,460

Comercio al por menor

1,914,611

Servicios

1,697,678

Fuente: Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012.

Las Microempresas en el Estado de Puebla, no presentan participación en algunas actividades económicas, algunas son:

• La agricultura, cría y explotación de animales, aprovechamiento forestal, pesca y caza.

• La minería.

• Información de medios masivos.

• Servicios financieros y de seguros.

• Corporativos.

 

Pero tal como lo muestra la gráfica 1, éstas empresas por su tamaño tienen una participación muy alta, 43%, a lo que servicios refiere, seguido del comercio al por menor con una participación del 37%, se denota baja participación de las micro empresas en la construcción con un 15% y un porcentaje muy bajo de 4% y 1% respectivamente para actividades como el comercio al por mayor y la industria manufacturera.

Gráfica 1. “Micro Empresas en el Estado de Puebla en algunos sectores económicos”

 

1

         Fuente: Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012.

Se identifica la participación muy baja de las Pequeñas Empresas en algunos sectores como la agricultura y la minería, en donde, como se señala anteriormente las Micro Empresas no participan, la gráfica 2 muestra el porcentaje de participación de las Pequeñas Empresas en algunos sectores.

 

 

 

 

Gráfica 2. “Pequeñas Empresas en el Estado de Puebla en algunos sectores económicos”

 

2-1

            Fuente: Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012.

Gráfica 3. “Medianas Empresas en el Estado de Puebla en algunos sectores económicos”

 

3

        Fuente: Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012.

Las Medianas Empresas tienen una participación baja en la agricultura y en la minería, la gráfica 3 muestra la participación de éstas empresas en algunos sectores económicos, donde se destaca una participación del 43% en servicios, 32% en la industria manufacturera, 11% en el comercio al por mayor, 10% en el comercio al por menor y por último 4% en la construcción.

La gráfica 4 muestra la participación global de las MIPYMES dentro de algunos sectores económicos en el Estado de Puebla, donde se destaca que su participación preponderante corresponde a servicios con un 59%, 18% a la industria manufacturera, 14% al comercio al por menor, 7% al comercio al por mayor, 2% a la construcción y una muy baja o nula participación en términos de la agricultura y minería.

1. Gráfica 4. “MIPYMES en el Estado de Puebla en algunos sectores económicos”

 

4

       Fuente: Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012.

 

GENERACIÓN DE EMPLEOS

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) con datos recabados durante el cuarto trimestre de 2012, indica que en México, la Población Económicamente Activa (PEA) es de 50 693 306 personas, representadas en 61.77% por hombres y 38.22% mujeres. Del total de PEA se indica que la Población Ocupada (PO) son 48 203 851 personas representadas en

61.76% por hombres y 38.24% mujeres.

 

Como puede observase en la gráfica 5, las MIPYMES son la principal fuente de empleo, siendo líderes en todos los sectores pasando desde la manufactura hasta los servicios. Analizando de manera individual a cada uno de las diferentes tipos de empresas que componen a las MIPYMES, las micro empresas continúan siendo las mayores empleadoras en cada uno de los sectores que comprenden a la economía, solo siendo superadas en el sector de manufactura, donde de manera individual las empresas grandes, emplean al 52% del personal, pero en el que las MIPYMES emplean al 48 % restante de los Mexicanos.

Gráfica 5. “Porcentaje de personal ocupado por tamaño de empresa y sector

5

            Fuente: Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012.

 

APOYOS DEL GOBIERNO FEDERAL

La SE es la autoridad encargada de aplicar la LDCMIPYME con la finalidad de fomentar la creación de esta clase de empresas y apoyar a su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad, lo que implica su participación en el mercado y generación de mayor valor agregado nacional.

Dentro de las facultades de dicha Secretaría se encuentran las de establecer convenios para establecer los procedimientos de coordinación en apoyo para las empresas estableciendo entre otros diferentes servicios como (PROMODE; SE: 2013).

 

1. Consultoría.- Que es el servicio que consiste en la transferencia del conocimiento, metodologías y aplicaciones con la finalidad de mejorar las capacidades en los procesos de las MIPYMES.

2. Programas.- Esquemas para la ejecución de acciones.

3. Actividades de fomento.- Acciones económicas, jurídicas, sociales, comerciales, capacitación y tecnológicas que contribuyen el desarrollo y competitividad de las MIPYMES.

La finalidad de establecer las acciones enumeradas es establecer bases para la planeación y ejecución de las actividades que permitan el desarrollo de las MIPYMES y generar un entorno favorable para que sean competitivas en los mercados nacionales e internacionales, así como la creación de una cultura empresarial que contribuya al avance de calidad en diferentes procesos como la producción, distribución, mercadeo y servicio al cliente.

De manera conjunta, de la SE, se desprende el programa PROMEXICO Inversión y Comercio (SE; Sitio oficial web: 2013), que tiene la finalidad de promover inversiones y negocios internacionales ofreciendo un catálogo de financiamiento y programas federales de apoyo, señalando entre ellos:

1. Devolución de impuestos

(http://www.economia.gob.mx/swb/es/economia/Devolucion_de_Impuestos_DrawBack)

.- Este programa tiene como objetivo que los exportadores beneficiarios, tengan la posibilidad de obtener la devolución del impuesto general de importación que es pagado por los bienes que se incorporaron a mercancías de exportación, o por la importación de mercancías que se retornan en el mismo estado o que hayan sido sometidas a procesos de reparación o alteración, lo anterior en cuanto a Personas Físicas (PF) refiere, y en cuanto a las Personas Morales (PM) residentes en el país, que cumplan con los requisitos previstos en el decreto que establece la devolución de impuestos de exportadores.

 

2. Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) (http://www.economia.gob.mx/swb/es/economia/IMMEX).- Este programa tiene la finalidad de hacer más simples los procedimientos y requerimientos, así como la incorporación de servicios al régimen previo de maquila, permitiendo la importación temporalmente los bienes necesarios para ser utilizados en un proceso industrial o de servicio destinado a la elaboración, transformación o reparación de mercancías de procedencia extranjera importadas temporalmente para su exportación. La SE autorizará a las PM residentes en territorio nacional que tributen de conformidad con el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).

 

3. Competitividad en Logística y Centrales de Abasto (PROLOGYCA)

(http://www.prologyca.economia.gob.mx/).- Este programa persigue la promoción del desarrollo de servicios logísticos, otorgando los subsidios de carácter temporal a proyectos que fomenten la creación, modernización, eficiencia, consolidación, competitividad y sustentabilidad de las empresas en México en lo que respecta a logística y el abasto, así como fomentar, dentro de las empresas, la incorporación de mejores prácticas en su gestión logística. Los beneficiarios son las PF con actividad empresarial o PM que desempeñan actividades relacionadas descritas en el programa; los organismos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles sin fines de lucro; las instituciones académicas orientadas a la formación de recursos humanos especializados en el área de logística y el abasto; los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro entre cuyos objetivos se encuentre la difusión y/o desarrollo de la logística y el abasto; empresas interesadas en mejorar su gestión logística en la cadena de suministro que presenten proyectos que cumplan con lo previsto en la convocatoria del programa.

 

4. Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PYME)

(http://www.fondopyme.gob.mx/index_b.asp). El objetivo de este programa es la promoción y el soporte de MIPYMES, otorgando apoyos a proyectos que estén dirigidos al fomento del desarrollo económico y la inversión de las empresas y los emprendedores. El programa es creado por la SE y se maneja en conjunto con los gobiernos estatales. Los beneficiarios de este fondo son los emprendedores, las MIPYMES, así como los talleres familiares inscritos en el Registro de Talleres

Familiares (RTF) de la SE. Se accede a este programa a través de una convocatoria.

 

5. Programa de Desarrollo de Proveedores (PDP)

(http://www.economia.gob.mx/swb/es/economia/p_cpyme_desarrollo_de_proveedore

s) .- Este programa está dirigido como una estrategia de promoción, con el objeto de identificar y elevar la competitividad de MIPYMES, buscando integrarlas en las cadenas de valor poniendo a su disposición las diferentes herramientas de apoyo que le permitan cumplir con los requerimientos de compra de las empresas.

Por su parte la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), establece un programa de apoyo de carácter federal dirigido al fomento del empleo conocido como “Programa de Apoyo al

Empleo”

(http://www.stps.gob.mx/temas_interes/RAMO_14/2010/Esquema%20%20de%20CS%202010. pdf), dicho programa tiene como finalidad el contribuir a un mejor funcionamiento del mercado de trabajo, mediante el impulso y puesta en operación de políticas activas de empleo que propicien condiciones favorables para la vinculación de la oferta y la demanda de empleo. Con lo anterior se busca la individualidad sustentable de perspectivas laborales.

 

INSTITUTO PYMES

Si bien, no es una dependencia de gobierno, el Instituto PYMES, como organización que no persigue fines lucrativos brinda servicios a bajo costo y busca apoyar el desarrollo de este tipo de empresas y consideran que ellas “constituyen la columna vertebral de la economía de la región por su alto impacto en la generación de empleos y en la producción”. (Instituto PYMES; Sitio oficial web: 2013).

Dicha organización es creada en el año 2005 iniciando operaciones en México y en la actualidad tiene presencia en 12 países de América Latina mediante acciones encaminadas a mejorar el entorno económico entre otras:

• Impulsar el desarrollo y fortalecer las capacidades de estas empresas, mismas que les permita competir exitosamente en la economía global.

• Promoción de innovación en términos tecnológicos.

• Gestión con grandes empresas y gobiernos con el fin de fortalecer la competitividad del sistema productivo.

• Generar información actualizada estas empresas y elaboración propuestas de políticas públicas.

• Financiamiento, capacitación, consultoría, servicios legales, elaboración de estrategias de mercadotecnia y en general.

 

 

 

 

 

ESTRATEGIA INFORMATIVA

Para desarrollar el objetivo de esta investigación que es establecer una estrategia informativa a través de radio y televisión, encaminada a favorecer la difusión de los programas de apoyo para las MIPYMES, se considera necesario describir los pasos concretos que abordan el mismo.

Ciertamente se destaca que existen campañas que van encaminadas a ese fin, de la misma forma dada la opinión en el instrumento en la encuesta aplicada se determina que no obstante las campañas, no hay suficiente información sobre los programas de apoyo federal para los emprendedores.

 

CAMPAÑA PEPE Y TOÑO (MÉXICO)

Esta campaña está realizada por el Consejo de la Comunicación (CC) y tiene como objetivo que las personas redefinan conceptos básicos como el ser empresario y las actividades empresariales propias de ello; concientizando sobre las MIPYMES, como las grandes generadoras de la riqueza económica en México.

Esta campaña entiende el rol que juegan las MIPYMES señalando que son empresas

“que se la juegan a diario y que generan 83 % del PIB, y generan 8 de cada 10 empleos”.

(http://www.pepeytono.com.mx/quienes_somos).

El CC busca propiciar el “sólido espíritu empresarial” tan necesario para nuestro país, entre las nuevas generaciones, ya que considera que sólo fortaleciendo el mercado interno se podrá lograr el crecimiento económico, bajo la concepción de que “con empresas todos salimos ganando”.

Parte de las actividades que se destacan de la campaña “Pepe y Toño”, son la difusión en medios masivos de comunicación como lo son la Radio y la Televisión, generando espacios informativos destacando sobre la importancia de las MIPYMES, de la misma forma establece estrategias en internet, congresos, ferias, conferencias donde busca reunir a los emprendedores para fortalecer el conocimiento sobre su negocio.

Si bien, no todos los emprendedores cuentan con acceso a internet, se destaca que sólo en el sitio oficial de esta campaña se señalan los pasos básicos a seguir para las MIPYMES a manera de orientación, situación que en los medios de Radio y Televisión no se difunden a profundidad.

 

PROPUESTA

Dado que se confirma la existencia de programas de difusión encaminados a favorecer a los emprendedores y/o empresarios en lo relativo a la búsqueda de apoyos del gobierno para mejorar sus condiciones y establecer mayor seguridad de su permanencia en el mercado, la propuesta concreta indica que retomando el esfuerzo realizado, es importante darle mayor seguimiento en términos de la revisión constante de las actividades encaminadas a la difusión, destacando que:

1. No todos los emprendedores y/o empresarios cuentan con acceso a internet, donde se encuentra desglosada la información necesaria para las MIPYMES.

2. Los medios de comunicación de mayor acceso para la población son la Radio y la Televisión.

3. Si ya existen campañas dirigidas a la difusión en tales medios, se deberá revisar, estableciendo la periodicidad adecuada, el alcance que se tiene.

4. Condensar la información básica de la campaña Pepe y Toño en cápsulas informativas que se presenten en los mejores horarios televisivos a fin de asegurar mayor número de audiencia.

5. Referir en radio, la ubicación local de la SE y los módulos gratuitos de información, así como los servicios que se encuentran disponibles.

6. Apoyar con diferentes estrategias de mercadotecnia de manera adicional a la Radio y a la Televisión para favorecer la difusión.

 

CONCLUSIONES

Es importante conocer la filosofía de las MIPYMES, donde lo importante no es el futuro sino el presente. La competitividad es un factor decisivo y estas empresas muchas veces carecen de ello, son débiles ya que pretenden competir con los demás a base de la reducción de costos, la calidad o servicio, y sería mejor que se esmeraran en reducir gastos y aumentar las ventas.

La falta de conocimiento sobre dónde buscar apoyo es el mayor error donde pueden caer, ya que no cuentan con una estructura bien organizada y sin ella no hay una base cierta y firme de la cual se puedan sostener y el acceso a recursos económicos que otorga el gobierno federal para su viabilidad es de gran ayuda para su supervivencia.

Se recomienda a los emprendedores, se enfoquen en estas empresas, puesto que son el futuro de cada país, se reconoce su importancia en la aportación al PIB, a la generación de empleos y también como el gran motor de la economía.

Se reconoce también la existencia de los apoyos gubernamentales, se han descrito las facultades de la SE para generar dichos apoyos, lo que se considera es que no existe la suficiente información para que los emprendedores accedan a dichos programas. Se recomienda que los emprendedores y/o empresarios se acerquen a la SE para solicitar información para su negocio y que en relación a las necesidades que expongan consideren lo que a su interés resulte más viable.

Se identifica muy poca difusión de los programas de apoyo, estos si son existentes, pero muchas veces los empresarios no se acercan por desconocimiento o por creer que es algo inalcanzable para ellos. Se recomienda que a partir de los medios de comunicación como lo son la radio y la televisión se difunda más y de manera constante la existencia de los apoyos que en México persisten para las MIPYMES.

 

 

 

APÉNDICE

Cuestionario aplicado.

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Alumna: Estefanía Lozano Yécora

Investigación: Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas como las grandes generadoras de empleo en México

 

Estoy realizando una encuesta sobre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES)  con el objetivo de referenciar su punto de vista dentro del marco teórico conceptual de la investigación de orden académico que realizo.

El cuestionario es de 10 preguntas.

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Nombre: Dra. María Rosa López Mejía

Cargo (ocupación): Investigadora, Facultad de Contaduría Pública, BUAP.

 

1.- ¿Cómo define a las MIPYMES?

Entidades económicas, motor de la economía y principales generadoras de empleo. En México se caracterizan por el número de empleados que tienen y por sus ingresos como  sigue:

Micro hasta 10 empleados ingresos de hasta 4 mdp

Pequeña: comercio de 11 a 30 Industria y servicios de 11 a 50 e ingresos desde 4.01 mdp hasta 100.

Medianas: comercio de 31 hasta 100 empleados servicios de 51 hasta 100 industria de 51 a 250: ingresos de 100.01 hasta 250 mdp.

2.- ¿Cuál es su punto de vista sobre las MIPYMES en nuestro país en relación a la generación de empleos?

En México, aunque son las principales generadoras de empleo, no cuentan aún con suficientes incentivos para su desarrollo y competitividad. Tampoco se cuenta con los apoyos fiscales y simplificación administrativa que impulsen su avance.

 

3.- ¿Qué programas de capacitación gratuitos y accesibles conoce para las MIPYMES?

México emprende 

Programa Nacional de emprendedores

4.- ¿Qué programas de apoyo financiero del gobierno conoce para las MIPYMES?

Fondo PyME

Programa crédito PyME NAFINSA

5.- ¿Qué convenios conoce que podrían establecer estas empresas para adquirir su mobiliario?

Convenios de financiamiento bancario

6.- ¿Y para adquirir su materia prima?

IDEM

7.- ¿Considera que los empresarios dueños de estas empresas cuentan con la suficiente información para la permanencia de su negocio en el mercado?

No

8.- ¿Cuál es su punto de vista sobre la difusión en radio y televisión para promover la cultura de estímulos a las MIPYMES?

Difusión insuficiente

9.- ¿Cómo considera que estas empresas contribuyen a la economía local y global?

Mucho, porque son el motor de desarrollo de la economía de un país

10.- ¿Qué recomienda para las personas que desean crear este tipo de empresa?

Que tengan un adecuado plan de negocios a corto y mediano plazo

 

BIBLIOGRAFÍA

• Acuerdo para establecer la estratificación de MIPYMES, Diario Oficial de la Federación, 30 de junio de 2009.

• Elmer Harry, Historia de la Economía del Mundo Occidental, UTEHA, México, 1967.

• Gregory Paul, Grupo editorial, Fundamentos de economía, Patria, 3ª. edic. , México, 2008.

• Programa de Capacitación y Modernización Empresarial, Promode Servicios, Secretaría de Economía, Instituto Tecnológico de Monterrey, México, 2013.

• Rodríguez Valencia Joaquín, Administración de Pequeñas y Medianas empresas, 5ª.

Edic., Edit. Thompson, México, 2002.

LEYES

• Código de Comercio, México, vigencia 2013.

• Ley de Desarrollo y Competitividad MIPYME, México, vigencia 2013.

SITIOS WEB

• Directorio Estadístico Nacional, INEGI, 2012. Sitio oficial web.http://www.inegi.gob.mx/, recabado el 20 de marzo del 2013.

http://www.economia.gob.mx/swb/es/economia/Devolucion_de_Impuestos_DrawBack, recabado el 27 de abril del 2013.

http://www.economia.gob.mx/swb/es/economia/IMMEX, recabado el 27 de abril del 2013.

http://www.economia.gob.mx/swb/es/economia/p_cpyme_desarrollo_de_proveedores, recabado el 24 de abril del 2013.

http://www.fondopyme.gob.mx/index_b.asp, recabado el 25 de abril del 2013.

http://www.pepeytono.com.mx/quienes_somos, recabado el 27 de abril del 2013.

http://www.prologyca.economia.gob.mx/, recabado el 22 de abril del 2013.

http://www.senado.gob.mx/comisiones/pyme/docs/mipyme.html, recabado el 27 de abril del 2013.

http://www.stps.gob.mx/temas_interes/RAMO_14/2010/Esquema%20%20de%20CS%20

2010.pdf, recabado el 27 de abril del 2013.

• Instituto PYME, Sitio web, http://www.institutopyme.org, recabado el 19 de abril del 2013.

• Secretaria de Economía, sitio oficial web. http://www.economia.gob.mx/, recabado el 27 de febrero del 2013.

• Servicio de Administración Tributaria, sitio oficial web. http://www.sat.gob.mx, recabado el 27 de febrero del 2013.

Personas morales sí pueden suspender actividades

 

Época: Décima Época

Registro: 2003482 

Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO

Tipo Tesis: Tesis Aislada 

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta 

Localización: Libro XX, Mayo de 2013, Tomo 3 

Materia(s): Administrativa 

Tesis: VI.1o.A.51 A (10a.) Pag. 1742 

[TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013, Tomo 3; Pág. 1742 

 

AVISO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES. PUEDEN PRESENTARLO NO SÓLO LAS PERSONAS FÍSICAS, SINO TAMBIÉN LAS MORALES (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN IV, INCISO a), DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN). No basta tomar en cuenta la literalidad del artículo 26, fracción IV, inciso a), del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, el cual establece las reglas para la presentación del aviso de suspensión de actividades únicamente tratándose de personas físicas, sin que se encuentren especificados lineamientos para las personas morales. Ello es así, en virtud de que del texto de las diversas fracciones que conforman el artículo 25 del mencionado reglamento, que regula lo relativo a la presentación de los avisos a que alude el numeral 27 del Código Tributario Federal, se advierte que algunas de ellas se refieren a la presentación de diversos avisos, unos vinculados solamente con las personas físicas, como son, entre otros, tratándose de corrección o cambio de nombre, cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes por defunción, apertura de sucesión y cancelación en dicho registro por liquidación de la sucesión; otros relacionados únicamente con las personas morales, como son los vinculados con el cambio de denominación o razón social, cambio de régimen de capital, inicio de liquidación, cancelación en el registro aludido por fusión de sociedades e inicio de procedimiento de concurso mercantil; y unas diversas fracciones se actualizan para ambos tipos de personas, como son cambio de domicilio fiscal, suspensión de actividades, reanudación de actividades y actualización de actividades económicas y obligaciones; sin embargo, conforme a la fracción V del citado artículo 25 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, en relación con su primer párrafo, puede interpretarse de la manera más favorable para los contribuyentes, que para los efectos del artículo 27 del invocado ordenamiento legal, tanto las personas físicas como las morales se encuentran en posibilidad de presentar el aviso de suspensión de actividades. Interpretación que es acorde con la intención del legislador, que se corrobora con lo que éste dispuso en los artículos 14, fracción III, último párrafo, 71, párrafo noveno, y 77, último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, en los que expresamente se encuentra prevista la posibilidad de que las personas morales puedan presentar el aviso de suspensión de actividades en términos precisamente del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, que lo regula en sus artículos 25, fracción V, y 26, fracción IV, inciso a), y aun cuando en este último sólo se mencionan explícitamente a las personas físicas, de acuerdo con la interpretación conforme, que debe atender a la preservación del derecho humano a la seguridad jurídica consagrado en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es la más favorable para los gobernados, se llega a la conclusión que implícitamente el derecho de presentar el aviso de suspensión de actividades también corresponde a las personas morales y no únicamente a las físicas.

 

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO Amparo directo 12/2013. H2O Technology, S.A. de C.V. 10 de abril de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: María de Lourdes de la Cruz Mendoza.

SAT: Reporte anual 2012 y Retos para 2013

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó el Reporte anual 2012 y Retos para 2013, el cual contempla cinco apartados para facilitar su lectura y consulta.

En el primero se abordan los elementos de planeación estratégica que rigen a la institución: misión, visión, objetivos generales y estratégicos, así como información sobre la estructura organizacional y la conformación del número de empleados en distintas clasificaciones.

El segundo da cuenta de las principales modificaciones fiscales aplicadas en 2012, que tuvieron efecto en los impuestos.

Mientras el tercer apartado trata sobre los principales resultados en materia de ingresos tributarios, número de contribuyentes y resultados del Programa Anual de Mejora Continua del SAT, entre otros.

Se plasman, en el cuarto apartado, los principales avances de los cuatro objetivos generales del SAT.

Finalmente, con la valoración de los logros y el reconocimiento de importantes desafíos, en el quinto apartado, Retos para 2013, se reporta la visión y directrices hacia donde se orientarán los esfuerzos en el presente año.

Fuente: http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/transparencia/51_8833.html

 

 

Consultar en version pdf
(Desgarga PDF 41 mB) 1.- Informe Tributario
(Desgarga PDF 44 mB) 2.- Informe de Gestión
(Desgarga PDF 17 mB) 3.- Informe Estrategico
(Desgarga PDF 7.90 mB) Reporte anual 2012 y retos para 2013

Documento que trimestralmente difunde los principales resultados de la recaudación de los ingresos del gobierno federal, así como las actividades que la Institución tiene encomendadas.

AGENDA ESTRATÉGICA PARA LAS REFORMAS EN MÉXICO

 

GETTING IT RIGHT: UNA AGENDA ESTRATÉGICA PARA LAS REFORMAS EN MÉXICO

C.P. FRANCISCO MIGUEL WILSON LOAIZA

Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

ANTECEDENTES DEL GETTING IT RIGHT

Recientemente, el Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) José Ángel Gurría Treviño presentó al gobierno de México la segunda edición del Getting it Right para nuestro país.

Dicho estudio tiene por objeto apoyar a la nación en el esfuerzo contenido en los 95 compromisos del Pacto por México así como en las 13 decisiones presidenciales contenidas en el mensaje a la nación en ocasión de la toma de posesión del Presidente Enrique Peña Nieto el 1 de diciembre pasado.

 

El Getting it Right constituye una de las herramientas más completas que ha diseñado la OCDE para ayudar a los países que inician una nueva administración. En este trabajo, se pretende concentrar el conocimiento multidisciplinario con el que cuenta la OCDE sobre México, enriquecido con la experiencia internacional y con la comparación basada en las mejores prácticas. Igualmente, este documento identifica las fortalezas y debilidades de la economía mexicana, a fin de apoyar el diseño, la promoción y la implementación de las políticas públicas clave para un mejor desempeño económico.

 

El estudio está estructurado en 14 capítulos que aportan y proponen diversas estrategias en materias como: crecimiento, combate a la pobreza y a la desigualdad, fortalecimiento a la gobernanza, mejora del acceso al empleo formal, sistema educativo, salud, telecomunicaciones, PyMES, ecología, política energética, agricultura y desarrollo rural, agua y, desde luego, sobre la política fiscal para un desarrollo incluyente.

 

PRINCIPALES RETOS DE LA ECONOMÍA MEXICANA

Si bien México fue uno de los países más afectados por la recesión de 2008-2009 debido a sus estrechos vínculos con EE.UU., su economía se encuentra en bastante mejor estado, debido a las reformas económicas emprendidas con anterioridad como resultado de sus anteriores y propias crisis. La entrada de capital, la inflación controlada, la estabilidad macroeconómica sólida, el sistema financiero y demás, hacen del país el ya famoso MEMO (Mexican Moment).

 

Desde luego no es momento para la autocomplacencia. México podría crecer a mayor ritmo si se eliminaran con mayor rapidez y eficacia los cuellos de botella que le impiden explotar su potencial de crecimiento económico:

• El crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) no ha sido suficiente para elevar la calidad de vida de la población. Medido con el PIB per cápita es el más bajo de la OCDE en 2011.

• México necesita una tasa de crecimiento cercana a 4% sostenida durante los próximos 20 años para reducir la brecha en el ingreso per cápita.

• Es urgente un importante aumento en la productividad. Las prácticas monopólicas siguen afectando a varios mercados en México, aumentando el costo de los negocios. Además, un porcentaje importante del mercado laboral trabaja en la informalidad y la fuerza laboral carece de las competencias necesarias para que México ascienda con más rapidez en las cadenas de valor.

• El sistema jurídico no proporciona la certidumbre ni la eficacia legal necesaria para que la actividad económica pueda prosperar con mayor rapidez.

• México cuenta con más de la mitad de su población viviendo en condiciones de pobreza (extrema y moderada). Es el país con más desigualdades de la OCDE. En 2008 el ingreso promedio de 10% de la población mexicana con más recursos fue 27 veces superior a 10% con menos recursos (en comparación con el promedio de la OCDE, de 9 a 1).

• La corrupción es uno de los principales males que aquejan a la sociedad mexicana y que siguen provocando no solo la pérdida de confianza en las instituciones sino una hemorragia de recursos.

 

LAS REFORMAS FISCALES

Para que la política fiscal pueda apoyar de mejor forma un crecimiento más sustentable e incluyente, de acuerdo con el estudio se requieren reformas de gran calado, ya que es necesario eliminar los amplios subsidios al consumo de energía y muchos gastos fiscales de volumen considerable. A pesar de sucesivas reformas al marco tributario en los últimos años, la OCDE considera necesario ampliar más la base tributaria y eliminar distorsiones.

Para afrontar estos retos, se requieren reformas fiscales en varias direcciones:

• Mejorar el marco fiscal.

• Mejorar el proceso presupuestario y fortalecer la eficiencia de la administración pública.

• Mejorar la eficiencia y la focalización del gasto público.

• Ampliar la base tributaria.

• Fortalecer el federalismo fiscal.

Para lograr lo anterior, a continuación se resumen las reformas eminentemente tributarias que, en opinión de la OCDE, deberían implementarse en materia fiscal:

• Evaluación de los regímenes especiales de tributación, específicamente en empresas agrícolas y de transporte, cooperativas así como empresas pequeñas y medianas que se benefician de tasas reducidas (REPECOS), regímenes de contabilidad simplificada, disposiciones de impuestos diferidos, depreciación acelerada y otras formas de desgravación.

• El régimen fiscal en ISR e IETU para las maquiladoras debe limitarse y evaluarse. En materia de IVA se propone que cobrar el IVA a todas las importaciones y reembolsarse rápidamente cuando estas se exporten.

• Debe evaluarse y repensarse el régimen de REPECOS. Aunque la desgravación fiscal de este régimen es muy generosa, estos contribuyentes evaden 86% de sus responsabilidades fiscales, según un estudio del ITESM de 2010.

• El subsidio al empleo debe evaluarse para determinar si efectivamente aún beneficia a quienes menos ganan.

• Muchos componentes salariales y prestaciones están total o parcialmente exentos de impuestos para los trabajadores y, al mismo tiempo, pueden ser deducidos de la base tributaria de las empresas; por lo anterior, México debería hacer un cambio y gravar todos los componentes salariales a una misma tasa.

• El IETU debe continuar hasta en tanto no se lleven a cabo importantes reformas en el ISR que permitan incrementar la base tributaria de este último impuesto.

• En materia de IVA debe evaluarse la posibilidad de tasas diferenciadas para medicinas y alimentos así como la tasa menor para la zona fronteriza.

• En general, evaluar todos los gastos fiscales que el sistema tributario mexicano contiene (estímulos fiscales, tasas preferenciales, regímenes especiales, subsidios, facilidades administrativas, etcétera).

CONCLUSIÓN

Sin duda, el gobierno mexicano evaluará profundamente las reformas fiscales propuestas por la OCDE, por lo que habrá que estar atentos a las propuestas que se presentarán al Congreso en las próximas semanas.

Prodecon: Análisis Ley contra el lavado de dinero

 

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. (“Ley contra el lavado de dinero”).

 

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, organismo autónomo del Estado Mexicano que tiene a su cargo la defensa y promoción de los derechos de los contribuyentes, da a conocer los siguientes puntos en relación con la “Ley contra el lavado de dinero”, la cual es de interés público, tiene un ámbito de aplicación Federal y entró en vigor el 17 de julio del 2013. Si bien esta Ley no es de carácter fiscal, esta Procuraduría considera conveniente dar a conocer los aspectos más relevantes de la misma.

 

El Estado debe contar con todos los medios para hacer un efectivo frente a las operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita o lavado de dinero, entendiendo por este concepto a “la actividad por la cual una persona o una organización criminal, procesa las ganancias financieras, resultado de actividades ilegales, para tratar de darles la apariencia de recursos obtenidos de actividades lícitas1.

Por esa razón, fue aprobada por el Congreso de la Unión la que hoy se conoce como “Ley contra el lavado de dinero”, y que tiene por objeto proteger la economía nacional y el sistema financiero, estableciendo medidas para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita; asimismo, esta Ley faculta a las autoridades para recabar datos e información que les permita investigar esos hechos y, en algunos casos, otros delitos. El enfoque de regulación de esta Ley no está en los sujetos, sino en las actividades vulnerables susceptibles de ser utilizadas en los procesos de lavado de dinero, siendo, por consiguiente, las actividades las que determinan la sujeción a la aplicación de la Ley.

Esta Ley regula los actos u operaciones que una persona puede estar realizando cotidianamente, incluso como parte de su labor profesional, imponiendo como principal obligación la de identificar y reconocer a sus clientes, y en caso de existir operaciones sospechosas reportarlas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al superar los montos establecidos por la Ley en cada caso.

Así es, en la exposición de motivos que dio origen a esta Ley, el legislador señaló que “el lavado de dinero es un mecanismo a través del cual los criminales logran disfrutar del producto de sus delitos y encauzarlo a la adquisición de recursos materiales y humanos para la consecución de sus fines, entre los que se encuentran el fortalecimiento de sus estructuras y capacidades delictivas”. La Ley establece disposiciones que buscan identificar y recabar reportes relacionados con actos y operaciones que se encuentren vinculadas a lo que denomina “actividades vulnerables” realizadas tanto por personas físicas como morales.

Las principales actividades calificadas como tales son:

i) Las vinculadas a la práctica de juegos de apuesta, concursos o sorteos; ii) La comercialización de tarjetas de crédito o prepago (como en el caso de las tiendas departamentales);

iii) La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación, en los que se involucren operaciones de compra o venta de los propios bienes o a favor de clientes de quienes presten dichos servicios;

iv) La comercialización o distribución habitual profesional de vehículos nuevos o usados;

v) La subasta o comercialización habitual y profesional de obras de arte; vi) La prestación habitual y profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres, nuevos o usados, así como de bienes inmuebles; y,

vii) Préstamos o créditos como los otorgados por casas de empeño.

Por otro lado, la Ley señala que las autoridades encargadas de su aplicación son:

i) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Secretaría), quien tiene como facultades, entre otras, recibir los avisos de quienes realicen las actividades vulnerables, requerir información, presentar denuncias ante el Ministerio Público de la Federación, efectuar revisiones; y,

ii) La Procuraduría General de la República, a través de la Unidad Especializada de Análisis Financiero (Unidad) quien tiene, entre otras facultades para conducir la investigación para la obtención de indicios o pruebas vinculadas a operaciones con recursos de procedencia ilícita, la de diseñar, integrar e implementar sistemas y mecanismos de análisis de la información financiera y contable, así como emitir los dictámenes y peritajes en materia de análisis financiero y contable que se requieran.

En relación con el cumplimiento de la Ley, es importante señalar que la misma faculta a la Secretaría para comprobarlo de oficio por medio de la práctica de visitas de verificación a quienes lleven a cabo actividades vulnerables realizadas dentro de los 5 años inmediatos anteriores a la fecha de inicio de la verificación. Los sujetos verificados estarán obligados exclusivamente a proporcionar la información y documentación soporte de dichas actividades. Las verificaciones, al estar sujetas a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se refieren a visitas de verificación de establecimientos mercantiles, comercios, industrias, giros comerciales, empresas, etcétera, es decir, debe entenderse que no quedan comprendidos domicilios particulares de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que permite, únicamente, la revisión del domicilio a través de visitas para verificar el cumplimiento de los reglamentos sanitarios y de policía, así como el cumplimiento en materia fiscal.

La Ley establece como sujetos obligados a:

i) Las entidades financieras; ii) Personas físicas o morales que realicen actividades vulnerables; iii) Las entidades colegiadas, entendiéndose por éstas a las personas morales reconocidas por la legislación mexicana a través de las cuales los sujetos que deban presentar avisos podrán presentarlos a través de esta figura cumpliendo ciertos requisitos; y,[1]

iv) Los fedatarios públicos y otros servidores públicos facultados por Ley a dar fé pública.

Ahora bien, ¿cuáles son las principales obligaciones de quienes realicen las denominadas actividades vulnerables?

La Ley establece que aquéllos que realicen actividades vulnerables estarán obligados a lo siguiente:

i) Identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las propias Actividades sujetas a supervisión y verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la documentación;

ii) Para los casos en que se establezca una relación de negocios, se solicitará al cliente o usuario la información sobre su actividad u ocupación, basándose entre otros, en los avisos de inscripción y actualización de actividades presentados para efectos del Registro Federal de Contribuyentes;

iii) Solicitar al cliente o usuario que participe en Actividades Vulnerables información acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su

caso, exhiban documentación oficial que permita identificarlo, si ésta obrare en su poder; en caso contrario, declarará que no cuenta con ella;

iv) Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifique a sus clientes o usuarios.

Esta información y documentación deberá conservarse de manera física o electrónica, por un plazo de cinco años contado a partir de la fecha de la realización de la Actividad Vulnerable, salvo que las leyes de la materia de las entidades federativas establezcan un plazo diferente;

v) Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de

verificación en los términos de esta Ley, y

vi) Presentar los Avisos en la Secretaría en los tiempos y bajo la forma prevista en esta Ley.

En el caso de los avisos, la Ley establece que los mismos deberán presentarse por quienes realicen actividades vulnerables a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquél en que se hubiera llevado a cabo la operación[2].

De lo establecido en el artículo 20 de la Ley, se advierte que la obligación de presentar los avisos correspondientes resulta aplicable tanto a personas físicas como a personas morales, quienes podrán presentar la información a través de diversos medios electrónicos o, en su caso, por conducto de las entidades colegiadas, así como a través de medios alternativos que deberán establecerse el Reglamento de esta Ley, el cual deberá de ser publicado a más tardar el 18 de agosto de 2013.

Esta afirmación se concluye de lo expuesto en la exposición de motivos de la Ley, ya que en la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal se estableció, en el entonces artículo 12 —precepto que regulaba a los sujetos obligados— que las personas físicas obligadas no podrían designar un apoderado como responsable del cumplimiento de la ley[3].

Otro elemento que confirma esta conclusión, es lo establecido por la Cámara de Senadores en el dictamen de la primer lectura de la iniciativa presentada por el Ejecutivo, quien señaló, como uno de los objetivos de la Ley, el de “…integrar la contribución de los ciudadanos en la detección de posibles actividades ilícitas, así como en su comunicación oportuna y reservada a las autoridades, para que estas puedan reaccionar a tiempo”.

Elementos que confirman que la obligación de presentar avisos en los casos que así se establezca en la Ley resulta aplicable para personas físicas y morales.

Ahora bien, en el caso de personas morales, la Ley establece la obligación de designar a un representante ante la Secretaría, quien estará encargado del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley.

Sobre estas obligaciones, es importante resaltar que la Ley establece que la información y documentación deberá conservarse de manera física o electrónica, por un plazo de cinco años contado a partir de la fecha de la realización de la actividad vulnerable.

Es muy importante destacar que la propia ley no establece ninguna consecuencia en materia fiscal, ya que dispone de manera expresa que la información que derive de los avisos que se presenten conforme a la misma, será utilizada exclusivamente para la prevención, identificación, investigación y sanción de operaciones con recursos de procedencia ilícita y demás delitos relacionados con éstas.

Cabe señalar que de conformidad con el artículo 32 de la citada Ley se prohíbe en general, tanto para personas físicas como morales, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas, y metales preciosos, en determinadas operaciones, por ejemplo: i) compraventa u otras formas de transmisión de bienes inmuebles por un valor igual o superior a $519,699.00 m.n.[4]; ii) adquirir vehículos aéreos, marítimos, terrestres, joyería, relojes, metales preciosos, piedras preciosas, obras de arte, entre otras, por un valor igual o superior a $207,879.6 m.n.[5] La sanción en caso de incumplimiento será de multa equivalente a $647,600.00 M.N., y hasta $4,209,400.00 M.N., o del diez al cien por ciento del valor del acto u operación.

Se aplicará multa a quienes se abstengan de cumplir con los requerimientos, incumplan las obligaciones, no presenten avisos o participen de los actos u operaciones prohibidos. Las penalidades van desde los 200 salarios mínimos del D.F., y hasta los 65,000 salarios mínimos, además de sanciones relativas a la revocación de permisos de juegos y sorteos, o de cancelación de la habilitación de corredores y notarios públicos, sin perjuicio de sanciones o multas que pudieran ser aplicables.

Las sanciones administrativas impuestas conforme a esta Ley podrán impugnarse ante la propia Secretaría, mediante recurso de revisión o directamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa a través del juicio de nulidad.

Es importante tener en consideración que quienes realicen actividades vulnerables deberán abstenerse, sin responsabilidad alguna, de llevar a cabo el acto u operación de que se trate, cuando sus clientes o usuarios se nieguen a proporcionarles la información o documentación que requiere esta Ley.

Uno de los objetivos que la Ley persigue es la bancarización o automatización financiera de las actividades económicas y los flujos de dinero, es decir, propiciar que, respecto de los actos u operaciones que realicen los gobernados, se puede establecer la causa legal del origen de los recursos.

Actividades principales consideradas por la Ley como vulnerables y que deben ser notificadas a la SHCP:

MONTOS POR LOS QUE SE DEBE DAR AVISO A LA SHCP

ACTIVIDAD

SMGVDF

PESOS

Juegos con apuesta, concursos y sorteos.

645

$40,202.85

Tarjetas de servicios o de crédito.

1285

$80,094.05

Tarjetas prepagadas.

645

$40,202.85

Cheques de viajero.

645

$40,202.85

Operaciones de crédito.

1605

$100,039.65

Construcción o desarrollo de bienes inmuebles.

Metales preciosos, piedras preciosas, joyas o

8025

$500,198.25

relojes.

1605

$100,039.65

Obras de arte.

4815

$300,118.95

Compra-venta de vehículos.

6420

$400,158.60

Blindaje.

4815

$300,118.95

Traslado o custodia de dinero y valores.

3210

$200,079.30


[1] En relación con esta figura la exposición de motivos de la Ley señala que a través de la misma “aquellas personas que se dediquen a una misma Actividad Vulnerable, podrán voluntariamente agruparse en todo a una Entidad Colegiada, para que sea ésta la que presente los Avisos que originalmente correspondería presentar a sus integrantes. Con esto se pretende institucionalizar la presentación de Avisos”

[2] La no presentación de los avisos dará lugar a la imposición de una multa.

[3] Posteriormente se modificó esta redacción estableciéndose en el artículo 20 de la Ley que “Las personas físicas tendrán que cumplir, en todos los casos, personal y directamente con las obligaciones que esta Ley establece, salvo en el supuesto previsto en la Sección Tercera del Capítulo III de esta Ley.”

[4] Dicha cantidad resulta de aplicar el monto establecido por la citada Ley consistente en 8,025 veces el Salario Mínimo Vigente en el Distrito Federal (SMVDF) por $64.76 (salario mínimo vigente al día de hoy).

[5] La presente cantidad resulta de aplicar el monto establecido por la citada Ley consistente en 3,210 veces el SMGVDF por $64.76 (salario mínimo vigente al día de hoy).

 

Fuente: http://prodecon.gob.mx