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Podcast: Iniciativa de reforma a la ley del IMSS

En ésta ocasión compartimos con ustedes el podcast de Tribuna del Contribuyente en el cual comentan la iniciativa de reforma a la ley del IMSS.

http://www.notisistema.net/radio_metropoli/tribuna_del_contribuyente/0422.mp3

 

CAPITULO II

DE LAS BASES DE COTIZACION Y DE LAS CUOTAS

Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos:

Párrafo reformado DOF 16-01-2009

Decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social :

Artículo Único. Se reforman las fracciones I a IX y el último párrafo del artículo 27, y se deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 27.

I. Los bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de sus actividades, siempre que los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado y hasta por el monto en que se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

II. Las aportaciones a los fondos de ahorro establecidos para los trabajadores, siempre que los ingresos obtenidos de dichos fondos se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

III. Las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores, y las demás cuotas que en términos de esta ley le corresponde cubrir al patrón, cada una de ellas hasta por el monto en que se encuentren exentas o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

IV. Las aportaciones a la subcuenta de vivienda de la cuenta individual de los trabajadores que se efectúen en términos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y las participaciones en las utilidades de las empresas, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

V. La alimentación que se entregue en forma distinta de vales, de reembolso o de efectivo, y la habitación, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

VI. Las despensas en especie o en vales, hasta por el monto equivalente al cuarenta por ciento de un salario mínimo general diario del Distrito Federal, elevado al periodo de pago que corresponda.

VII. Los premios por asistencia y puntualidad, hasta por el monto en que se encuentren exentos o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

VIII. Las cantidades aportadas por el patrón para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva, hasta por el monto en que dichas cantidades se encuentren exentos o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y

IX. Las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario laborado dentro de los márgenes señalados en la legislación laboral, hasta por el monto en que dichas remuneraciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Cualquiera de los conceptos enunciados en las fracciones de este artículo que se encuentre parcialmente gravado o exento para los trabajadores en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el monto gravado o no exento integrará salario base de cotización.

Artículo 32. Se deroga.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor a partir del primer día natural del siguiente mes calendario a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se deroga cualquier disposición de carácter general o particular que se oponga a lo previsto en el presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2013.

Diputado Sergio Torres Félix (rúbrica)

Podcast: Deducciones Autorizadas para personas físicas 2012

PodcastCompartimos con ustedes el podcast Tribuna del Contribuyente – 15 de Abril de 2013

de Podcasts Notisistema (Orientacion legal y contable con la participacion de especialistas del Instituto Mexicano de Contadores. Conduce Ricardo Camarena.)

En ésta ocasión nos hablan sobre las deducciones autorizadas y de las deducciones personales para personas físicas por el ejercicio fiscal 2012

http://www.notisistema.net/radio_metropoli/tribuna_del_contribuyente/0415.mp3

El salario y la previsión social, entre el derecho social y el fiscal.

“Los salarios, como elementos primordiales de la prestación de un servicio personal subordinado, son objeto de un régimen contributivo bastante complejo. Entender el tratamiento fiscal de éstos y de las prestaciones derivadas de una relación de trabajo no es una tarea fácil; sin embargo, lo que si va quedando claro en el camino es el creciente papel de las “prestaciones de previsión social” en el ámbito fiscal y no en su espacio original, traduciéndose en una nueva inserción de la regulación de lo social.”

Les compartimos el presente artículo elaborado por María Ascensión Morales Ramírez ( Ficha curricular completa aquí), profesora de derecho del trabajo y de la seguridad social en la Facultad de Derecho de la UNAM:

 http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/DerechoSocial/7/art/art6.pdf

PTU 2013: Parte 1 de 6

El derecho a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas es, además de un importante instrumento para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social, un mecanismo que estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los asalariados. De ahí la importancia de propiciar su cabal cumplimiento.

La participación de utilidades es un derecho de los trabajadores, que establece el artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

Son sujetos obligados a repartir utilidades, las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, que siendo o no contribuyentes del impuesto sobre la renta tengan trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.

Fundamento legal

La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas se encuentra normada en los ordenamientos siguientes:

a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado A, fracción IX, que se refiere a los principios generales de esta prestación como un derecho de los trabajadores;

b) Ley Federal del Trabajo, artículos del 117 al 131 que regulan los principios constitucionales;

c) Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 16, 17, último párrafo, 132, y 138, último párrafo, que establecen la forma para que los contribuyentes determinen la renta gravable, base del reparto de utilidades a los trabajadores;

d) Reglamento de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, que establece el procedimiento para iniciar y resolver el escrito de objeciones, así como la creación y funcionamiento de la Comisión

Intersecretarial para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas;

e) Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria;

f) Resolución de la Quinta Comisión Nacional para la Participación de los

Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2009, en la que se fija el porcentaje que deberá repartirse;

g) Resolución de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por la que se da cumplimiento a la fracción VI del artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 1996, a través de la cual se exceptúa de la obligación de repartir utilidades a las empresas cuyo capital y trabajo generen un ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no superior a trescientos mil pesos.

Causas por las que te pueden rechazar tu devolución automática de ISR

 

Portada

Si solicitaste la devolución automática de ISR en tu declaración anual es posible que sea rechazada si detectan inconsistencias en la información presentada.

A continuación compartimos con ustedes el catalogo de inconsistencias y rechazos para las declaraciones por el ejercicio 2012. (En formato PDF, Word o epub)

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Un resumen del CATÁLOGO DE INCONSISTENCIAS EN EL PROCESO DE DEVOLUCIONES AUTOMÁTICAS:

Grupo

Clave

Descripción

Acción correctiva

170Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus ingresos.Aclarar con su retenedor la situación de su relación laboral o comercial, para que en caso necesario, él corrija la declaración informativa de retenciones. Posteriormente podrá solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
190Derivado del cálculo realizado por esta autoridad, no existe saldo a favor a devolver en el Proceso de Devoluciones Automáticas.Verificar los cálculos que asentó en su declaración y presentar declaración complementaria con las correcciones correspondientes, en su caso.
22Esta autoridad requiere verificar que las deducciones personales por los conceptos de “Depósitos en cuentas personales para el ahorro”, “Primas de contratos de seguros que tengan como base planes de pensiones”, que manifestó en su declaración anual, cumplan con los requisitos legales.Verificar que los comprobantes de sus deducciones reúnan los requisitos establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Si los cumplen, podrá solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
23Su declaración anual no contiene el número de su cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos denominada cuenta “CLABE”.Realizar una de las siguientes acciones: 1.- Presentar declaración complementaria indicando su cuenta “CLABE”, para que su devolución sea considerada en el Proceso de Devoluciones Automáticas; o bien 2.- solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de internet del SAT.
24Esta autoridad requiere verificar que usted sea el titular de la cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos denominada cuenta “CLABE”, que señaló en su declaración anual, toda vez que existen contribuyentes que manifestaron en su declaración anual la misma cuenta.Verificar el número de su cuenta “CLABE” manifestada en su declaración anual y solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
244El Registro Federal de Contribuyentes que manifiesta en su declaración anual, no se encuentra registrado en las Bases de Datos del SAT.Verificar el RFC manifestado en su declaración y en su caso, aclarar esta situación ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal.
269Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de donativos.Verificar si el RFC del contribuyente a quien efectuó el donativo es correcto; Si existe error, presente declaración complementaria corrigiendo el RFC para que su devolución se considere en el Proceso de Devoluciones Automáticas. En caso de ser correcto, solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT
292Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus ingresos.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparan los montos manifestados por concepto de ingresos y retenciones.
295Esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de las deducciones autorizadas correspondientes a los ingresos obtenidos, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones autorizadas.
2101Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de crédito hipotecario.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de crédito hipotecario.
2102Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por primas de seguros de gastos médicos.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por concepto de primas por seguros de gastos médicos.
2103Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por honorarios médicos, dentales y/o hospitalarios, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por honorarios médicos, dentales y/o hospitalarios.
2104Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por Gastos Funerarios, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por Gastos Funerarios.
2105Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por Donativos, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por Donativos.
2106Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por concepto de crédito hipotecario.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por intereses reales pagados por créditos hipotecarios.
2107Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por aportaciones voluntarias al SAR, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por Aportaciones Voluntarias al SAR.
2108Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por primas de seguros de gastos médicos, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por primas por seguros de gastos médicos.
2109Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por gastos de transportación escolar obligatoria, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por gastos de transportación escolar obligatoria.
2110Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por depósitos en cuentas especiales para el ahorro, que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales de sus deducciones personales por depósitos en cuentas especiales para el ahorro.
2116Esta Autoridad requiere verificar la determinación del saldo a favor que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2118Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT por lo que esta Autoridad requiere verificar los montos de los pagos provisionales manifestados en la misma.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2119Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de la deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios que se observa.
2123Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de su deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de la deducción personal por honorarios médicos, dentales y/o gastos hospitalarios que se observa.
2124Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por aportaciones voluntarias al SAR.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2125Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan las rentenciones provenientes de los ingresos de Enajenación de Bienes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparen las retenciones efectuadas.
2126El RFC (RFC) de la retención manifestada en su declaración anual, es igual a su Registro Federal de Contribuyentes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2127El RFC (RFC) de la deducción personal manifestada en su declaración anual, es igual a su Registro Federal de Contribuyentes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2128Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con la institución con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan su deducción personal por depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de la deducción por depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro.
2143El monto por interés real acumulable manifestado en su declaración anual es menor de $100,000.00, por lo que la retención correspondiente se considera como pago definitivo.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2144Esta Autoridad requiere verificar los ingresos acumulables y no acumulables, así como el impuesto correspondiente, por concepto de planes personales de retiro, manifestado en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2153Esta Autoridad requiere verificar la relación laboral y/o comercial con los retenedores que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT.
2157Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos y las retenciones por concepto de adquisición de Bienes.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando los comprobantes fiscales que amparen los ingresos y las retenciones efectuadas.
2158Esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales por intereses reales pagados por créditos hipotecarios, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 176 fracción IV de la LISR.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal de sus deducciones personales por intereses reales pagados por créditos hipotecarios.
2165Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de arrendamiento y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de arrendamiento y sus retenciones correspondientes.
2166Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de arrendamiento y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de arrendamiento y sus retenciones correspondientes.
2167Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC ANA3411121V5, por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de servicios profesionales y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de servicios profesionales y sus retenciones correspondientes.
2168Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT proporcionada por el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el impuesto retenido correspondiente.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara el impuesto retenido correspondiente.
2169Existe diferencia entre los datos manifestados en su declaración anual y la información contenida en las Bases de Datos del SAT relacionada con el retenedor con RFC (RFC), por lo que esta Autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan los ingresos de honorarios y sus retenciones.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante fiscal que ampara los ingresos percibidos por concepto de honorarios y sus retenciones correspondientes.
2170Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales Tipo H por concepto de “Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro” que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante que ampara sus deducciones personales por concepto de “Depósitos en cuentas personales especiales para el ahorro”
2171Esta autoridad requiere verificar los comprobantes fiscales que amparan el importe de sus deducciones personales Tipo E por concepto de “Aportaciones Voluntarias al SAR” que manifestó en su declaración anual.Solicitar su devolución a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”, disponible en “mi portal” en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx. cumpliendo con los requisitos establecidos en el Catálogo de servicios y trámites (Solicitud de devoluciones), publicado también en la página de Internet del SAT y anexando el comprobante que ampara sus deducciones personales por concepto de “Aportaciones Voluntarias al SAR”