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¿Cuándo deben presentarse los avisos de las actividades vulnerables?


El primer aviso, a más tardar el 17 de noviembre sobre las operaciones efectuadas del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2013.
Los posteriores, deben presentarse mensualmente a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realizó la operación.
Fundamento legal: (Descarga de archivo word 113 kB) Artículo 23 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.


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