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13 propósitos en el ámbito laboral/profesional para 2013

 

Hacer un inventario de habilidades y actualizar tu imagen profesional son metas clave para el año; mexicanos ocupan los primeros lugares en una encuesta sobre propósitos laborales.

La recomendación es redactar un plan donde el empleado plasme dónde se encuentra, hacía qué punto busca avanzar, así como pasos y herramientas para cumplir el propósito laboral. Ese programa de acción debe estar a la vista para valorar los avances y hacer ajustes.

Un punto de partida es fijar un espacio para hablar con el jefe y el equipo a fin de recibir retroalimentación sobre tu desempeño y mencionar aspiraciones profesionales. La parte de capacitación es un paso estratégico para manifestar tu interés de crecimiento a nivel laboral y de preparación profesional.

Estas son 13 propuestas que pueden conformar tu lista de deseos:

1. Analiza el escenario profesional. Pregúntate si tu trabajo permite explotar tus habilidades y pasiones, así como si el salario es proporcional a las responsabilidades. Tras hacer un análisis profundo de estos puntos, determina si te encuentras en el lugar adecuado. Si el trabajo actual no cubre tus expectativas esto deberá ser el foco para establecer los puntos a trabajar para encontrar otra oferta.

2. Analiza tus habilidades y conocimientos. Este ejercicio ayuda a evitar que tu carrera profesional se estanque por falta de preparación, no caigas en el error de creer que la simple experiencia adquirida será la que podrá catapultar tu desarrollo laboral. Puedes empezar por establecer un FODA, es decir, escribir tus Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas. Esto es un mapa inicial para detectar que habilidades puedes explotar y qué aspectos limitan tu desarrollo. Enlista en qué proyectos te sientes más o menos capacitado para participar.

3. Enumera resultados. Enlista tus logros en 2012 y cuantifica con el mayor detalle posible. ¿Qué tan rápido concluiste un proyecto?, ¿cuánto trabajo realizaste con menos personal?, ¿en qué porcentaje contribuiste a incrementar los números de la empresa? Esta información puede ser útil a corto plazo para evaluar tu de desempeño, solicitar un aumento de sueldo, ascenso, o cambio de área, explica Kahn.

4. ¿Qué más puedes dar? Una vez que tengas un panorama laboral, analiza cómo dar un extra en el desempeño, si tu trabajo actual lo permite, o si debes dar este paso para laborar en otro lugar.

Si la meta es contratarte con otro empleador, revisar los sitios de Internet de forma esporádica no es lo mejor. La búsqueda laboral debe ser tu trabajo diario. Cambiar tu forma de moverte en lo profesional requiere un cambio en la forma de organizarte.

5. Refuerza la red. La temporada de fiestas es la excusa perfecta para mandar correos de agradecimiento. Considera redactar algunos correos con felicitaciones de año nuevo para quienes han apoyado o puedan respaldar tu crecimiento profesional, expone Ryan Kahn. Actualiza tu red de conocidos para cubrir huecos de información.

6. Sé un internauta proactivo. Además de actualizar tu información en redes sociales profesionales (como LinkedIn, Viadeo) ponte como meta ser una referencia de tu profesión, es decir, que otros acudan a ti por los artículos, ligas y noticias que publicas. Quizá no puedas hacer esta actividad diario, pero date un tiempo una o dos veces a la semana. Es una forma de permanecer vigente en tu medio. Si se trata de actualizar aprovecha para renovar tarjetas y cartas de presentación, y cualquier otro documento vinculado a tu imagen profesional.

7. Renueva el currículo. Aunque no tengas en mente cambiar de empleo, es importante tener este documento vigente. Anexa nuevas funciones, resultados, capacitación adquirida, avance en algún idioma o programa. Páginas como visualiza.me permiten establecer tu experiencia con gráficos.

8. Sé puntual. No sólo en lo relacionado a tus entregas, o llegar a tiempo al trabajo, ponte como meta ser más “selectivo” y menos “abarcador”. Un problema frecuente es no saber decir “no”, expresa la psicóloga por la UNAM y orientadora vocacional, Leticia Pérez Martínez. Esta conducta guarda relación con el escenario laboral actual: “cómo decir no a más trabajo, si los empleos escasean”, explica.

Aquí hay otro ejemplo de selectividad: si quieres contratarte en una empresa diferente, enlista los empleadores, personas y hasta sitios web en donde colocarás el CV. Enfócate en ello en vez de tomar cuanta oferta salga, pues eso implica escoger trabajos en la inercia.

9. Toma la iniciativa. Dejar que la empresa diseñe tu programa de capacitación resulta natural y tentador, la mayor inversión corre a cargo de ellos. No en todas las organizaciones se cuenta con este modelo de trabajo, o se incluyen entrenamientos exclusivos de las funciones que realizas. Si careces de este apoyo o quieres un curso diferente, ponlo en la lista, no esperes que alguien más se encargue de dar vigencia a tu perfil laboral. Alinea la elección a tus metas profesionales, puedes empezar con un taller corto, clases de idiomas o aplicar a becas para ofertas de capacitación de mayor costo.

10. Cierra ciclos. No sólo en materia personal, este año puedes ocuparlo para concluir trámites que frenen tu desarrollo en el trabajo, como titularte, certificar tus conocimientos de un idioma o alguna destreza técnica, entre otros. Quizá no te negarán un empleo por no hablar bien inglés, pero si lo haces, tienes una ventaja frente a otros candidatos y una herramienta para negociar con los jefes.

11. Redacta 5 preguntas importantes.¿Qué conocimiento me falta? ¿cómo me llevó con las personas claves en la organización? ¿cómo es mi relación con el equipo, me apoyarían? ¿de qué manera vendo mi talento? ¿cómo estoy en idiomas? Este ejercicio no busca avivar la ansiedad del empleado, sino “que tome consciencia sobre lo que necesita para hacer sus cambios”, comenta Leticia Pérez.

12. Conoce tu entorno. Negociar un salario, contratarse o hasta pedir una prestación implica conocer cómo se “mueven” estos conceptos en la industria en que laboras. Busca información sobre determinados indicadores en tu área, por ejemplo ¿cómo es la remuneración para tu puesto, en otra empresa? ¿qué tipo de competencia y conocimientos buscan en tu área? ¿qué ex compañeros te puede ayudar? Tener una radiografía de lo que sucede en tu sector representa una ventaja.

13. Sé un buen escucha. Comienza el año solicitando retroalimentación sobre tu desempeño: a tu jefe, compañeros de trabajo, en foros donde puedas exponer dudas sobre la manera en que te conduces en lo laboral. Con la información recabada, determina si exista otra manera de tener mayor eficiencia en lo que haces.

Fuente: CNNExpansión

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SUA – Versión 3.3.9

Firma Institucional

Esta versión considera la actualización del importe de los honorarios de notificación del Infonavit, así como el porcentaje para el cobro de la multa.

 

Descargue el instalador del SUA por primera vez y la ayuda. Ver más»

Instrucciones de instalación del SUA:

1. Antes de instalar la versión 3.3.9, favor de atender las acciones descritas en las Instrucciones de instalación detalladas en el siguiente archivo:

Instructivo instalación versión SUA 3.3.9 (243 Kb) Archivo PDF

2. La versión SUA 3.3.9 considera lo siguiente:

Adecuaciones INFONAVIT:

  • A partir de una fecha de notificación igual o posterior al 2 de octubre de 2012:
    • El monto de los honorarios por notificación será de $426.00, para fechas anteriores a la citada, el monto se mantiene en $380.00
    • El sistema considera el porcentaje del cobro de la Multa de la siguiente forma:
      • Si paga en los primeros 10 días, se cobra el 15%.
      • Si paga entre el día 11 y el 45, se cobra el 35%.
      • Si paga a partir del día 46, se cobra el 55%.

Mejoras:

  • Validación de la correcta captura del Salario Mínimo vigente a partir del 01 de enero de 2013.
  • Actualización de los datos históricos vigentes del Índice Nacional de Precios al Consumidor y Porcentaje de Recargos, para el periodo de julio-1997 – diciembre-2012, lo cual permitirá que:
    • Los cálculos de Empresas Bipartitas así como los pagos extemporáneos se generen con los datos históricos correctos de los factores de índices y recargos referidos, teniendo el Patrón que registrar sólo los factores posteriores al periodo mencionado (enero-2013 en adelante).

3. Centros de Atención:

Para cualquier aclaración o duda referente al INFONAVIT ingrese al Portal Infonavit, Sección Empresarios, Servicios en línea, en Atención y Comunicación Empresarial http://www.infonavit.org.mx/ Sitio externo o de click aquí Sitio externo

Si necesita mayor información, acuda a la Subdelegación del IMSS que le corresponda o contáctenos a través de alguna de las siguientes vías:

Para el interior de la República lada sin costo: 01 800 623 23 23.

Por Internet ingrese a: http://www.imss.gob.mx/

Correo electrónico: atn.contribuyente@imss.gob.mx Correo electrónico

4. Descarga de la versión SUA 3.3.9 (3.88Mb) Archivo ejecutable

(Creada el 16/01/2013 a las 09:21 hrs.)

SAT – Compilación de Criterios Normativos 2012

Con fecha 15 de enero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presenta la integración de los apéndices de la Compilación de Criterios Normativos 2012, que recién dio a conocer en diciembre 2012.

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La difusión y sistematización de los criterios normativos representa uno de los principales objetivos del Servicio de Administración Tributaria, en este sentido de conformidad con el artículo 33, penúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación y en términos de la regla I.2.14.3., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012, mediante este documento se da a conocer el Boletín 2012 de la Compilación de Criterios Normativos en materia de Impuestos Internos.

El Boletín 2012 Compilación de Criterios Normativos en materia de Impuestos Internos, además de integrar los criterios en vigor, incluye los criterios históricos de comprobantes fiscales, los de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, los de la Ley del Impuesto al Activo y los criterios derogados en 2012, así como los antecedentes de los mismos. Los criterios derogados y los integrados a los apéndices históricos no pierden su vigencia y aplicación respecto de las situaciones jurídicas o de hecho que en su momento regularon.
Los criterios normativos aprobados en 2012, así como los modificados, han sido clasificados como información pública de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

SAT: Resoluciones Favorables Noviembre-2012

El artículo 34, último párrafo del Código Fiscal de la Federación establece que el Servicio de Administración Tributaria publicará mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes a que se refiere este artículo, debiendo cumplir con lo dispuesto en el artículo 69 de este Código. Conforme al artículo 59 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, los extractos publicados, no generan derechos para los contribuyentes.

FECHA

29 – Noviembre 2012

TEMA

Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)

SUBTEMA

Tasa aplicable

ANTECEDENTES:

El promovente señala que tiene como actividad principal la prestación de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales y que el servicio que brinda es un proceso completo, indivisible y necesario para recuperar la capacidad de regeneración que tiene el agua dentro de su ciclo natural, por lo que solicita se le confirme el criterio respecto a los siguientes planteamientos: I. Que al ser un organismo descentralizado, distinto del Municipio u organismo desconcentrado, no realiza funciones de derecho público por los servicios que presta, y por lo tanto no cobra derechos ni aprovechamientos, sino una contraprestación por las actividades que realiza, las cuales están gravadas con el impuesto al valor agregado (IVA), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, fracción II, de la LIVA; II. Que la prestación de servicios de suministro de agua para uso doméstico que realice la promovente, está gravada a la tasa de 0% conforme a lo dispuesto por el artículo 2-A, fracción II, inciso h) de la LIVA; III. Que respecto a los servicios adicionales que presta la promovente relacionados con el suministro de agua, como lo son, entre otros, las conexiones y desconexiones a tomas, ventas y reparación de medidores, reparación de tuberías, al considerarse como actos accesorios o eventuales a los servicios de suministro de agua, tales supuestos están gravados como cualquier otra contraprestación por un servicio a la tasa del 16%, y IV. Que puede acreditar el IVA relacionado con las actividades que realiza que se encuentra gravada a la tasa del 16% y del 0%.

CONSIDERANDOS:

El artículo 2-A, fracción II, inciso h) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), establece la excepción a la regla anterior, es decir, que se calculará el impuesto aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere la LIVA, cuando se realice la prestación de servicios independientes por consumo de suministro de agua para uso doméstico. El artículo 14 de la LIVA, refiere que se considera prestación de servicios independientes, la prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes. El artículo 3 de la LIVA, establece el régimen que en materia de IVA resulta aplicable a los tres niveles de gobierno, así como a sus organismos descentralizados y las instituciones públicas de seguridad social, precisando en su segundo párrafo los casos en que estarán obligados al pago del IVA por los actos o actividades que realicen, siempre que no den lugar al pago de derechos y aprovechamientos, y por oposición, los que resultan no objeto del impuesto. Los organismos operadores de agua y los Municipios, son los competentes para llevar a cabo la prestación del servicio de suministro de agua, sin embargo, sólo los segundos, pueden realizar funciones de derecho público, atento a lo previsto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mientras que los primeros al ser organismos descentralizados, con personalidad jurídica propia y tener capacidad para contratar cualquier acto jurídico, por lo tanto al no realizar una función de derecho público, sino una prestación de servicios, deberán cobrar una contraprestación y, por tanto, sus actos están gravados de conformidad con la LIVA. Que la regla específica aplicable a los entes públicos mencionados, para efectos del acreditamiento, es la contenida en el segundo párrafo del artículo 3 transcrito, estableciéndose que el IVA acreditable será solamente aquel que se identifique exclusivamente con las actividades por las que esté obligado al pago del citado impuesto o le sea aplicable la tasa del 0%.

RESOLUTIVO:

Primero.- Se confirma el criterio en el sentido de que al ser un organismo descentralizado, distinto a la de un Municipio u organismo desconcentrado, y dado que no realiza funciones de derecho público por los servicios que presta, no está en condición de cobrar derechos y aprovechamientos sino una contraprestación, y dichos actos están gravados de conformidad con lo previsto en la LIVA. Segundo.- Se confirma el criterio en el sentido de que la prestación del servicio de suministro de agua para uso doméstico está gravada a la tasa del 0% conforme a lo previsto por el artículo 2-A, fracción II, inciso h), de la LIVA, siempre y cuando dicha prestación no dé lugar al pago de derechos y aprovechamientos. No obstante la prestación de servicios distintos al suministro de agua potable para uso doméstico, y que no estén incluidos dentro de esta última prestación, tales como saneamiento, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, estará gravada a la tasa del 16% u 11% del IVA (cuando los servicios se presten en zona fronteriza). Tercero.- El IVA que podrá acreditar es solamente aquél que se identifique exclusivamente con las actividades por las que esté obligado al pago del citado impuesto o le sea aplicable la tasa del 0% y por lo tanto, el artículo 3, segundo párrafo, de la LIVA al ser una norma específica debe prevalecer sobre la general contenida en el artículo 5, fracción V, inciso c), de la misma Ley, de forma tal que la regla de proporción que establece este último artículo no es aplicable a los sujetos a que se refiere el segundo párrafo del artículo 3 del ordenamiento mencionado. Nota: Resolución emitida conforme a las disposiciones fiscales vigentes en 2012.

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Guía para generar el aviso de privacidad

 

 

Les compartimos una guía para generar el aviso de privacidad, el cual lo debe generar cualquier persona o entidad que recabe y maneje datos personales.

Características generales del Aviso de privacidad

¿Qué es el aviso de privacidad?

Documento físico, electrónico o en cualquier otro formato (cómo puede ser visual o sonoro) generado por el responsable que es puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo que establece la Ley.

El aviso de privacidad es una declaración que informa al titular de los datos personales

• quién recaba (responsable),

• qué recaba (información que se recaba)

• para qué recaba (las finalidades del tratamiento)

• cómo limitar el alcance (uso o divulgación)

• cómo revocar consentimiento

• cómo ejercer derechos ARCO (medios)

• cómo comunica cambios al aviso (procedimiento y medio)

• si se acepta o no que los datos se comuniquen a terceros (transferencias)  en su caso, si se recaban datos sensibles.

¿Para qué sirve el aviso de privacidad?

El aviso de privacidad tiene como propósito principal hacer del conocimiento del titular de los datos personales, primero, que su información personal será recabada y utilizada para ciertos fines, y segundo, las características del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales. Lo anterior con el fin legítimo de que el titular tome decisiones informadas con relación a sus datos personales y controle el uso de su información personal.

Adicionalmente, el aviso de privacidad permite al responsable del tratamiento de los datos:

• Fortalecer el nivel de confianza entre responsable y titular con relación al tratamiento de su información personal

• Transparentar al titular las finalidades y transferencias a que son sometidos sus datos personales

• Informar al titular cómo ejercer los derechos que la ley le otorga

¿Cuáles son las características generales que se proponen para el diseño y presentación del aviso de privacidad?

Para que el aviso de privacidad sea un mecanismo de información eficaz y práctico, se requiere que sea breve, sencillo, con información necesaria, lenguaje claro y comprensible, cuidando que su estructura y diseño facilite su acceso y comprensión.

Algunas de las recomendaciones generales para su diseño y presentación son las siguientes:

§ Contar con títulos cortos, y claros, que de manera sencilla informen al titular sobre el contenido del aviso;

§ Utilizar un lenguaje claro y comprensible acorde, a fin de que el mensaje se dirija de manera adecuada al público objetivo;

§ Brindar un contexto para facilitar la comprensión del contenido;

§ Tener una estructura clara y textos breves;

§ En el caso de que se requiera el consentimiento expreso utilizando medios verbales, incluir un mecanismo que permita al titular elegir entre las opciones de otorgar o negar su consentimiento, y

§ Evitar la inclusión de textos o formatos que induzca al titular a elegir una opción en específico.

 

El aviso de privacidad según la Ley

Esta sección presenta las características y elementos del aviso de privacidad así como recomendaciones respecto al cumplimiento de lo previsto en la Ley. Es importante resaltar la obligación de los Responsables de contar con un aviso de privacidad a partir del 6 de julio de 2011.

¿Cuáles son las obligaciones del responsable en torno al aviso de privacidad?

El artículo 15 de la Ley establece que el responsable deberá informar a los titulares de los datos personales la información que recaba de ellos y con qué fines, a través del aviso de privacidad.

A partir de este principio de información, la Ley establece otras obligaciones en torno al aviso de privacidad:

Artículo

Obligación

8

Poner a disposición del titular el aviso de privacidad para poder obtener su consentimiento tácito para el tratamiento de sus datos personales, salvo en los casos en los que se requiera el consentimiento expreso.

8

Establecer mecanismos y procedimientos en el aviso de privacidad para que, en cualquier momento, el titular pueda revocar el consentimiento para el tratamiento de sus datos personales.

12

Limitar el tratamiento de los datos personales a las finalidades previstas en el aviso de privacidad.

14

Garantizar que el aviso de privacidad dado a conocer al titular sea respetado, en todo momento, por él o por terceros con los que guarde alguna relación jurídica.

16

Informar en el aviso de privacidad al menos los elementos que establece el artículo 16 de la Ley.

17 y 18

Dar a conocer el aviso de privacidad en los momentos y formas que establecen los artículos 17 y 18 de la Ley.

23

Dar a conocer al titular el aviso de privacidad al que está sujeto el tratamiento de sus datos personales.

36

Comunicar el aviso de privacidad a terceros a quienes transfiera los datos personales.

36

Incluir una cláusula en el aviso de privacidad que indique si el titular acepta o no la transferencia de sus datos personales.

Tercero transitorio

Expedir los avisos de privacidad a más tardar el 6 de julio de 2011 (un año después de la entrada en vigor de la Ley).

¿Qué infracciones contempla la Ley por el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el aviso de privacidad?

Infracción

Multa

Omitir en el aviso de privacidad alguno o todos los elementos a que se refiere el artículo 16 de la Ley

De 100 a 160,000 días de SMVDF

Transferir datos a terceros sin comunicar a éstos el aviso de privacidad que contiene las limitaciones a que el titular sujetó la divulgación de los mismos

De 200 a 320,000 días de SMVDF

¿Qué elementos informativos se deben declarar en el aviso de privacidad?

De acuerdo con los artículos 8, 15, 16, 17 y 36 de la Ley, el aviso de privacidad debe contener, al menos, los siguientes elementos:

Identificador

Artículo

Elemento o consideración

A

8

Mecanismos y procedimientos para que, en su caso, el titular pueda revocar su consentimiento al tratamiento de sus datos personales.

B

15

Datos personales recabados.

C

15 y 16

Finalidades del tratamiento de los datos personales.

D

16

Identidad y domicilio del responsable que recaba los datos personales.

E

16

Opciones y medios que el responsable ofrezca a los titulares para limitar el uso o divulgación de sus datos personales

F

16

Medios para ejercer los derechos ARCO.

G

16

36

Transferencias de datos que en su caso se efectúen

Cláusula que indique si el titular acepta o no la transferencia de sus datos personales.

H

16

Procedimiento y medio por el cual el responsable comunicará a los titulares de cambios al aviso de privacidad.

I

16

Señalamiento expreso de los datos personales sensibles que en su caso se traten.

J

16

En caso de que le tratamiento de los datos personales requiera el consentimiento expreso del titular

Sección III – Recomendaciones para el contenido de avisos de privacidad

¿Qué información debe proporcionar el aviso de privacidad con relación a cada uno de estos elementos?

En esta sección se sugieren algunos ejemplos prácticos para cumplir con los elementos previstos anteriormente por la Ley para desarrollar el Aviso de Privacidad.

A. Mecanismos y procedimiento para que, en su caso, el titular pueda revocar su consentimiento al tratamiento de sus datos personales

En este elemento, se recomienda que el aviso de privacidad explique brevemente al titular sobre su derecho a revocar el consentimiento que en su momento haya otorgado para el tratamiento de sus datos personales. Asimismo, en lo que respecta a los mecanismos y procedimientos que para tal fin haya implementado el responsable, será conveniente que el aviso señale:

§ Los requisitos para llevarlo a cabo;

§ Los plazos para que el responsable atienda la petición del titular;

§ Ante qué instancia se puede presentar la revocación del consentimiento, y

§ Mecanismo para comunicar la respuesta de procedencia o improcedencia de la revocación solicitada por el titular.

Por otra parte, es importante que el responsable tome en consideración lo siguiente para la implementación de estos mecanismos y procedimientos:

§ El titular podrá ejercer su derecho de revocación del consentimiento en cualquier momento del tratamiento, siempre que una disposición normativa no señale lo contrario o se actualice otro supuesto de excepción que prevea la Ley;

§ Se recomienda habilitar medios sencillos, de fácil acceso y gratuitos, que no exijan más requisitos que los que fueron necesarios para otorgar el consentimiento, para que el titular pueda ejercer su derecho, y

§ Si el responsable comunicó los datos personales a un encargado, deberá informarle sobre la revocación del consentimiento para que proceda a lo conducente.

Guía para eleborar el Aviso de Privacidad

Para descargar la guía completa has clic aquí

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