Select Page

Resumen: Ley de ingresos para 2014 y reforma hacendaria aprobada

La Reforma Hacendaria, que fue  avalada por la Cámara de Diputados el pasado
24 de octubre, fue turnada al Senado de la República para ser analizada y
discutida por dicho órgano legislativo.
Así, el pasado 31 de octubre, el Senado concluyó su
análisis, y al realizar algunas modificaciones aprobó  la propuesta de Reforma Hacendaria. De esta
forma, al concluir el proceso legislativo, el Congreso de la Unión ha
construido una Reforma Hacendaria responsable, que fomenta el crecimiento
económico y es más justa y progresiva. La Reforma comprende una serie de
modificaciones a diversas Leyes y Ordenamientos.

En el Código Fiscal de la Federación (CFF),
cuyo objetivo es simplificar el pago de impuestos, captar a nuevos
contribuyentes y asegurar la plena integración de éstos al ciclo tributario, se
contempla que:
ü  La
autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre,
denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyente, a
fin de dar a conocer a aquellos que se consideren “riesgosos” para celebrar
actos mercantiles o de comercio porque no cumplen con sus obligaciones
fiscales.
ü  Exista
la obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes para
aquellas personas físicas o morales que hayan abierto una cuenta a su nombre en
las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo.
ü  Las
tarjetas de crédito y de débito sean un medio adicional de pago de las
contribuciones, con el objetivo de disminuir el uso del efectivo.
En la Reforma a la Ley Aduanera, se establece que el
despacho de mercancías en las fronteras podrían hacerlo las propias empresas,
sin que sean obligados a recurrir a los agentes aduanales, con lo cual se
agilizará y favorecerá el comercio internacional; además de que se ratificó que
los trámites aduanales puedan realizarse en lugares diferentes a los
autorizados, siempre que se cumplan los requisitos que establezca el SAT. 

A la Ley
de Coordinación Fiscal, Ley de Contabilidad Gubernamental
y a la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
, se les realizaron
modificaciones para fomentar la transparencia, con las cuales se busca mejorar
diversos aspectos en materia de federalismo hacendario, a través del
fortalecimiento de la capacidad financiera de los tres órdenes de gobierno;
racionalizar el uso de los recursos del gasto corriente -destinando los ahorros
generados a fortalecer los programas prioritarios de la Administración Pública
Federal-; robustecer los incentivos recaudatorios de las entidades federativas
y municipios, que se otorgan mediante los Fondos de Participaciones Federales;
mejorar el ejercicio, la distribución y transparencia de los recursos de los
Fondos de Aportaciones Federales y fortalecer la rendición de cuentas.

En esta línea, los cambios aprobados por el Senado (y
posteriormente avalados por la Cámara Baja) a la Ley de Coordinación Fiscal
(LCF) fortalecen la transparencia en el ejercicio del gasto de estados y
municipios, ya que:
ü  Se
modifica el artículo 1º de la LCF, a fin de establecer que la información
financiera que generen las entidades federativas y los municipios se regirá por
los principios de transparencia y en los términos de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
ü  Se
cambia el artículo 6 de la misma ley para que las participaciones federales que
recibirán los municipios del Fondo General de Participaciones se publiquen en
sus medios oficiales.
ü  Se  modifica el artículo 9, a fin de que el
registro de obligaciones y empréstitos de entidades y municipios a cargo de la
SHCP sea público.
ü  Se
cambian los artículos 33 y 44 de la misma ley, con el objetivo de que los
estados y municipios hagan del conocimiento de sus habitantes, al menos a
través de la página oficial de Internet, los montos que reciban de los fondos
de Aportaciones para la Infraestructura Social y de Aportaciones para la
Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal. 
ü  Se
explica que con el Fondo de Fomento se dará un incentivo para la administración
del predial de manera coordinada entre estados y municipios, el cual comenzará
a partir de 2015.
ü  También
se actualizan los destinos de los fondos de aportaciones para la Seguridad
Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), para el Fortalecimiento
de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUN) y para la Infraestructura Social (FAIS), con la finalidad de mejorar
su aplicación.
ü  Avala
que el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE)
sustituya al de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB), a fin de
que “la Federación logre
un adecuado control administrativo y operativo de la
nómina de los maestros descentralizados”.
ü  Además,
establece que durante 2014 se realizará la conciliación de la nómina
magisterial entre la Secretaría de Educación Pública y las entidades
federativas, a efecto de “otorgar mayor transparencia y orden en el ejercicio del
gasto”.
ü  Se
modificó el artículo 26-A de la LCF, a efecto de que la SEP presente, a través
de Internet, la información referente al Fondo de Aportaciones para la
Educación Tecnológica y de Adultos.
De igual manera, el Pleno del Senado avaló reformas a la Ley
General de Contabilidad Gubernamental,
con el objetivo de que sea la
Tesorería de la Federación, a través de la Secretaría de Educación Pública,
quien realice directamente los pagos al personal educativo a partir de 2015.
Asimismo, se modifica el artículo 73 de la Ley de General
de Contabilidad Gubernamental, donde se exige a los estados transparentar la
información relativa al número de plazas docentes y publicarla en el portal de
la SEP.
Por su parte, las modificaciones aprobadas por el Senado a la
Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
(LPRH) enfatizan
medidas de austeridad para los tres Poderes de la Unión y los órganos autónomos
al:
ü  Establecer
que el gasto corriente estructural del Gobierno Federal deberá crecer sólo 2%
para 2015 y 2016 y contemplar una cláusula de excepción que permite solicitar o
ejercer un gasto corriente mayor, siempre y cuando se acompañe de la debida
justificación.
ü  Instituir,
además, una meta de disminución del gasto del 5% en sueldos de mandos medios y superiores
y del 5% del gasto de operación corriente estructural para 2014, entre otros.
ü  Proponer
también un programa de austeridad para los poderes Legislativo y Judicial
también del orden del 5%.
ü  Plantear,
además, que la SHCP, mediante firma de un convenio con entidades federativas y
la Auditoría Superior de la Federación, fortalezca la coordinación para evaluar
el correcto uso de recursos públicos. Ello, a través de la mejora de la
evaluación del gasto, promoción de mecanismos de participación ciudadana y
publicación de la información correspondiente, y con la obligación de la
Secretaría de Hacienda deberá informar al Congreso de la Unión y congresos
estatales sobre el avance de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
ü  Establecer
que  las dependencias y entidades deberán
considerar los indicadores del sistema de evaluación de desempeño y sus
resultados se incorporarán en la cuenta pública, en la que se explicarán las
causas de sus variaciones y correspondiente efecto económico.
ü  Incluir
un anexo transversal para desglosar dentro del 
presupuesto políticas públicas de atención a niños y adolescentes, con
énfasis a los programas de salud.
ü  Simplificar
el cálculo para el ahorro y uso de ingresos excedentes con la creación de un
fondo soberano de largo plazo sin afectar la actual distribución de excedentes
entre el Gobierno Federal y las entidades federativas.
A las leyes del IVA, del Impuestos Sobre la Renta (ISR),
del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y la Federal de
Derechos se les realizaron modificaciones adicionales a las propuestas por la
Cámara de Diputados (ver informe del pasado 20 de octubre) y que
posteriormente también aprobó:
ü  Se
modificó el artículo 25 de la Ley del ISR, con el objetivo de permitir
deducciones de hasta 53% de las prestaciones que los contribuyentes otorgan a
sus trabajadores, a efecto de reducir la carga fiscal de las empresas y en
consecuencia garantizar con ello una menor pérdida de prestaciones para la
clase trabajadora. 
ü  Se
redujo del 31% al 30% el cobro del ISR para personas físicas con ingresos de
entre 500 mil y 750 mil pesos anuales, para garantizar que la clase media no se
vea afectada.
ü  Se
estableció que  el fondo solidario de
desempleo sea fondeado en su totalidad por el gobierno, para no afectar los
ahorros de los trabajadores.
ü  Se
aprobó gravar con 10% las ganancias obtenidas por la compra-venta de acciones
en la Bolsa Mexicana de Valores.
ü  Se
eliminó el Régimen de Pequeños Contribuyentes y se sustituye por el Régimen de
Incorporación.
ü  Se
avala incrementar las deducciones personales a 96 mil pesos, sin considerar a
las colegiaturas y las donaciones, las cuales serán deducibles al 100%.
ü  Se
elevó de 5% a 8% el IEPS a la venta de alimentos que contengan una alta
densidad calórica y se mantuvo en un peso por litro el gravamen especial a los
refrescos y bebidas saborizadas, cuyos recursos quedaron etiquetados a
programas de salud pública (bebederos en las escuelas, activación física,
tratamiento de la obesidad, etc).
ü  Se
aprobó una tasa de 16% de IVA al transporte foráneo, a la venta de mascotas y
su alimento,  así como al comercio de
bienes y servicios en las zonas fronterizas.
ü  También
se aprobó no gravar con IVA colegiaturas, espectáculos, ni la renta y venta de
viviendas.
ü  Se
reformó el artículo 275 de la Ley Federal de Derechos, a efecto de que el 80%
del gravamen que se cobre al sector minero se destine al Fondo para el
Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros. De este monto,
62.5% se destinará a municipios y demarcaciones del Distrito Federal, en los
que tuvo lugar la explotación y obtención de sustancias y minerales; mientras
que el 37.5% restante a la entidad federativa correspondiente. 
ü  Se
aprobó la adición de un artículo transitorio a la Ley Federal de Derechos, a
fin de que en un plazo de 60 días el Ejecutivo Federal, en coordinación con el
Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL),  proponga al Congreso el monto del cobro de
derechos por uso, goce, aprovechamiento o explotación de las bandas de 700 y
2.5 Megahertz. Además, se acordó que el Congreso de la Unión disponga de un
plazo de 120 días para que apruebe la propuesta presentada por el Ejecutivo y
el IFETEL. 
ü  Se
avaló  eliminar la Ley del Impuesto
Empresarial a Tasa Única y la de los Depósitos en Efectivo.
Cabe destacar que la Reforma Fiscal aprobada por el
Congreso no grava con IVA a alimentos y
medicinas, tal como lo propuso el Ejecutivo Federal
En síntesis, con las reformas aprobadas a la LCF, la Ley de
contabilidad Gubernamental y la LFPRH se avanza en el compromiso que tiene el
Gobierno de la República de ejercer el gasto cumpliendo con los principios de
eficiencia, eficacia, rendición de cuentas y transparencia, para apoyar el
crecimiento de México y beneficiar a las familias mexicanas, cumpliendo los
deberes establecidos en el Pacto por México y en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND 20132018). 
Además, con la aprobación a la Reforma Fiscal se espera
generar los recursos necesarios para financiar la provisión de servicios de
protección social, así como avanzar en la construcción de un sistema fiscal más
justo y más simple.
Así, la Ley de Ingresos para 2014, aprobada
en tiempo y forma, estima ingresos públicos por 4,467.2 mil millones de pesos (mmp). 
Asimismo, se avaló un precio de referencia de la mezcla
mexicana de petróleo de 85 dólares por barril, un tipo de cambio de 12.9 pesos
por dólar, un pronóstico de crecimiento real del PIB de 3.9%, mientras que se
estableció un techo de deuda interna de 570 mil millones de pesos y de deuda externa
de 10 mil millones de dólares.
De esta forma, el Gobierno de la República está aprovechando
la estabilidad macroeconómica de México para iniciar una nueva etapa de
crecimiento económico sostenible, a través del impulso de una amplia agenda de
reformas transformadoras. Esta agenda ha sido posible gracias a la cooperación
entre los principales partidos políticos de nuestro país y el Ejecutivo
Federal.

Ya somos: 

 

REDcontableMXSUSCRÍBETE GRATIS 
a todas nuestras publicaciones.
Ingresa tu correo electrónico aquí:

Consulta más opciones para mantenerte informado al instante aquí

Así quedo la Miscelanea Fiscal (IVA IEPS, LFD, ISR)

alt

El Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de las leyes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) y Federal de Derechos, que expide la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y abroga la del Impuesto Empresarial a Tasa Única y la de los Depósitos en Efectivo.





La asamblea, con la ausencia de la fracción parlamentaria del PAN, modificó 14 artículos a las leyes del IEPS, Federal de Derechos y del ISR que forman parte de la miscelánea fiscal, por lo que devolvió el proyecto a la Cámara de Diputados.



A propuesta del senador perredista Zoé Robledo Aburto se cambió el artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con el objetivo de permitir deducciones de hasta 53 por ciento de las prestaciones que los contribuyentes otorgan a sus trabajadores.
A propuesta de la senadora perredista Angélica de la Peña Gómez, el Pleno modificó el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), con la finalidad de gravar con 8 por ciento la venta de alimentos que contengan una alta densidad calórica como las frituras, confitería, dulces, alimentos preparados a base de cereales, entre otros.
De esta manera, con 71 votos a favor y 2 en contra, los senadores desecharon el planteamiento de la Cámara de Diputados para que este gravamen fuera del 5 por ciento, ya que sólo se recaudaría alrededor de 3 mil 500 millones de pesos, lo que no es suficiente.
Posteriormente, el Pleno avaló una reforma al artículo 275 de la Ley Federal de Derechos, propuesta por los senadores del PRD, Armando Ríos Piter y Adolfo Romero Lainas, a efecto de que el 80 por ciento del gravamen que se cobre al sector minero se destine al Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros.
De ese monto, 62.5 por ciento se destinará a municipios y demarcaciones del Distrito Federal, en los que tuvo lugar la explotación y obtención de sustancias y minerales; mientras que 37.5 por ciento restante a la entidad federativa correspondiente.
Asimismo, se estableció que las entidades federativas publicarán trimestralmente, a través de su página oficial de Internet, la información relativa a los montos que reciban de dicho Fondo, además deberán explicar el ejercicio y destino de esos recursos e informar a la Secretaría de Hacienda de ello.
Por otro lado, se validaron las reservas del senador perredista Benjamín Robles Montoya para modificar las tarifas contenidas en los artículos 96 y 152, con la finalidad de reducir a 30 por ciento la tasa marginal máxima para los ingresos entre 500 mil y 750 mil pesos anuales y garantizar que la clase media, “aquella que es fruto de la cultura del esfuerzo y no del privilegio, no se vea afectada”.
Con estas medidas, que se ratificó con 72 votos, el Estado dejaría de recaudar alrededor de mil millones de pesos, pero “significaría un acto de elemental justicia para millones de familias”, dijo.
Más adelante, se aprobó por unanimidad la adición de un artículo transitorio a la Ley Federal de Derechos, planteado por el senador Sofío Ramírez Hernández, a fin de que en un plazo de 60 días el Ejecutivo Federal, en coordinación con el Instituto Federal de Telecomunicaciones, proponga al Congreso el monto del cobro de derechos por uso, goce, aprovechamiento o explotación de las bandas de 700 y 2.5 Megahertz.
Lo anterior, una vez que se defina el modelo y uso de las bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico; además, se acordó que el Congreso de la Unión disponga de un plazo de 120 días para que apruebe la propuesta presentada por el Ejecutivo y el IFETEL.
El legislador perredista explicó que la colegisladora aprobó una modificación a esta Ley para excluir el cobro de derechos por el uso y explotación de las banda 700 y 2.5 Megahertz, en tanto no se cuente con los detalles de su operación.
Por ello, dijo, la adición permitirá el pago de derechos por la explotación de ese bien público y establece un plazo definido para que el Legislativo apruebe las contribuciones correspondientes.
También se modificó el artículo 111 de la Ley del ISR para establecer un plazo de 10 años en la reducción de este impuesto que se pagará en el nuevo Régimen de Incorporación.
En este sentido, se incluyó en el artículo noveno transitorio que el Ejecutivo Federal expida, en un plazo no mayor a 30 días a partir de la entrada en vigor de este decreto, reglas de carácter general en las que se establezcan incentivos económicos para facilitar la incorporación de contribuyentes a ese régimen.
También se aprobó una reforma del senador del PRI, José Ascención Orihuela Bárcenas al artículo 74, la cual busca que los contribuyentes deduzcan como gastos las erogaciones efectivamente realizadas en el ejercicio para la adquisición de activos fijos, gastos o cargos diferidos.
Tratándose de sociedades o asociaciones de productores que se dediquen a las actividades agricultoras, ganaderas o pesqueras, constituidas con socios o asociaciones físicas, en las que cada uno tenga ingresos 20 veces por encima del salario mínimo y que elevado al año sean 423 veces, por el excedente se pagará un impuesto que será reducido 30 por ciento.
Asimismo, se aprobó una propuesta del senador priista Orihuela Bárcenas para modificar el artículo 75, con el propósito de que las personas físicas que se ubiquen en los supuestos señalados en los párrafos XII y XIV del artículo anterior tengan la obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes.
Los senadores modificaron, con 70 votos, el artículo 14, a fin de que los contribuyentes efectúen pagos provisionales mensuales, con base en el cálculo del coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de 12 por el que se presentó declaración. Para este efecto, agregaron, “la utilidad fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio”.
A propuesta del senador Isidro Pedraza Chávez, la asamblea modificó, con 69 votos a favor y uno en contra, la fracción XX del artículo 3 de la Ley del IEPS para definir como azúcares, “a los monosacáridos, disacáridos y polisacáridos, siempre que en este último caso se utilicen como edulcorantes con aporte calórico”.
De esta manera, dijo el legislador perredista, se cierran las puertas a la evasión y a la elaboración de alimentos que generan daños a la salud.
Además, se rechazó una adición al artículo 9 de la Ley del ISR planteada por el senador perredista Luis Sánchez Jiménez, a fin de crear un impuesto de control del 5 por ciento a los ingresos brutos de las 511 grandes empresas que anualmente generan 5 billones de pesos y que actualmente sólo pagan al fisco 1.7 de dichos ingresos.
El Pleno tampoco aceptó las propuestas de senadores del PAN, PRD y Nueva Alianza para modificar los artículos 2-A, 2-C, 5, 9, 15, 24, 25, 28, 28-A, 29, 30, 268, 270 y Segundo Transitorio de la Ley de Impuesto al Valor Agregado y, con 62 votos a favor y 12 en contra, aprobó estás disipaciones en los términos del dictamen.
En tanto, los senadores no avalaron la reserva del senador perredista Fidel Demédicis Hidalgo para exentar a la Cooperativa Pascual del IEPS de un peso por litro a las bebidas azucaradas.
El legislador advirtió que imponer ese gravamen sin distinguir el grado de contenido de azúcar, pulpa, fruta o jugo, impactaría a la Cooperativa Pascual con más de 400 millones de pesos al año, provocaría una caída drástica de sus ventas y hará insostenible su permanencia.
El Pleno desechó las propuestas de senadores del PAN, PRD y Nueva Alianza para modificar los artículos 2-A, 2-C, 5, 9, 15, 24, 25, 28, 28-A, 29, 30, 268, 270 y Segundo Transitorio de la Ley de Impuesto al Valor Agregado y, con 62 votos a favor y 12 en contra, aprobó estas disposiciones en los términos del dictamen.
Con el respaldo de 60 senadores y 12 en contra, se validaron en los términos del dictamen, los artículos 2, 9, 27, 29, 33, 35, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 79, 88, 93, 103, 106, 107, 108, 109, 112, 113, 114, 135, 146, 151, 181, 182, 183, 186, 194, 195 y 196 de la Ley del ISR, que reservaron diversos legisladores.


Ya somos: 

 

REDcontableMXSUSCRÍBETE GRATIS 
a todas nuestras publicaciones.
Ingresa tu correo electrónico aquí:

Consulta más opciones para mantenerte informado al instante aquí

Aprueban diputados en sus términos la minuta que regresó el Senado con cambios sobre la Ley Aduanera y la turnan al Ejecutivo para su promulgación





La Cámara de Diputados aprobó en sus términos la minuta que regresó el Senado con cambios y que reforma la Ley Aduanera, a fin de modernizar y agilizar el despacho de mercancías de importación y exportación, y la turnó al Ejecutivo para su promulgación.







El dictamen, que fue discutido con dispensa de trámites, fue avalado por 405 votos a favor, 19 en contra y cuatro abstenciones.

El documento remitido por los senadores no contiene modificaciones de fondo con respecto al proyecto que avalaron los diputados el pasado 15 de octubre, en su calidad de cámara de origen.
De acuerdo a la minuta, los cambios tienen que ver con “errores de referencia” a distintos artículos, que hubieran podido generar incertidumbre jurídica.
La minuta que regresó el Senado para su análisis y aprobación, forma parte de la reforma hacendaria y el paquete económico 2014 que remitió el Ejecutivo federal el 8 de septiembre.
Establece como opcional la contratación de un agente o apoderado aduanal para mover la mercancía, aunque no elimina esta figura, y fomenta la apertura de recintos fiscalizados estratégicos en cualquier parte del territorio nacional, para fomentar la inversión y la generación de empleos.
La reforma plantea también llevar a cabo el despacho aduanero en lugares distintos a los actualmente autorizados, con independencia de la naturaleza o volumen de las mercancías y sin que se pierdan de vista los controles y vigilancia requeridos para la seguridad de la autoridad y de los usuarios del comercio exterior.
Se señala que la falta de infraestructura en algunos puertos y aduanas, así como el creciente número de operaciones de comercio exterior en esos lugares, hace necesario que se tomen medidas para facilitar y eficientar el despacho de mercancías.
La Ley Aduanera vigente permite únicamente que el despacho de mercancías de comercio exterior se realice a través de un agente o apoderado aduanal, por lo que la reforma establece que la participación del agente sea opcional y que importadores y exportadores puedan participar en el proceso de despacho.
Se subraya que esto no significa eliminar la figura del agente aduanal, la cual seguirá siendo reconocida como una institución auxiliar en los procesos de comercio exterior del país, y con quien la autoridad aduanera interactúa intensamente.
Los representantes de los importadores y exportadores que decidan despachar sus mercancías sin la intervención del agente aduanal tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
-Ser persona física y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
-Ser de nacionalidad mexicana
-Acreditar la existencia de una relación laboral con el importador o exportador
-Acreditar experiencia o conocimientos en materia de comercio exterior.
Como consecuencia del despacho directo, se propone eliminar la regulación de la figura del apoderado aduanal, en virtud de que los importadores o exportadores podrán realizar el trámite sin necesidad de intermediario alguno, a través de su firma electrónica o sello digital.
El dictamen establece también el reconocimiento a los ferrocarriles como medio de transporte de mercancías al territorio nacional.
Otro aspecto contenido en la reforma es fomentar la apertura de recintos fiscalizados estratégicos en cualquier parte del territorio nacional, a fin de fomentar la inversión y la generación de empleos.
Este régimen aduanero consiste en permitir la introducción, por tiempo limitado, de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, para ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación.
Se señala que si bien el régimen forma parte de la Ley Aduanera desde 2002, a la fecha sólo existen 13 recintos fiscalizados estratégicos por la falta de espacios físicos colindantes con las aduanas o los recintos portuarios del territorio nacional.

http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2013/oct/20131029-II.pdf


Ya somos: 

 

REDcontableMXSUSCRÍBETE GRATIS 
a todas nuestras publicaciones.
Ingresa tu correo electrónico aquí:

Consulta más opciones para mantenerte informado al instante aquí

Avalan diputados modificaciones de forma que realizó el Senado a la reforma al Código Fiscal de la Federación y turnan el dictamen al Ejecutivo



La Cámara de Diputados avaló, con 374 votos a favor, 54 en contra y cuatro abstenciones, los cambios de forma que realizó el Senado a la reforma del Código Fiscal de la Federación que le turnó San Lázaro, como cámara de origen, y envía el dictamen al Ejecutivo para su promulgación.


Al dictamen se le dispensaron los trámites para su discusión inmediata, forma parte de la reforma hacendaria que el Ejecutivo entregó el pasado 8 de septiembre a la Cámara de Diputados y tiene como propósito simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y estimular la incorporación a la formalidad.

Los diputados aprobaron de manera inicial ese dictamen, el pasado 15 de octubre, con modificaciones a unos 50 artículos respecto a la propuesta que envió el Ejecutivo federal y lo turnaron al Senado para su análisis y ratificación.

Durante la discusión de la minuta en la cámara alta, el pasado 24 de octubre, los senadores incorporaron diversas modificaciones con el objeto de precisar referencias en el articulado, por lo que la minuta se devolvió a la Cámara de Diputados.

Los artículos con modificaciones de forma efectuadas por el Senado son los siguientes: 14-B, 26, 26-A, 29, 29-A, 30, 32-B, 34-A, 36 Bis, 46, 46-A, 48, 69, 76, 81, 83, 84, 84-G, 86-B, 86-1, 111, 113-A y Segundo Transitorio.

El dictamen aprobado contempla medidas contra contribuyentes defraudadores, ya que reconoce como delito, con sanción de tres meses a seis años de prisión, la expedición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas.

También establece que la autoridad fiscal podrá dejar sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales cuando detecten que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, o el contribuyente no puede ser localizado o desaparezca.

Además, plantea un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, para atacar la problemática de fraudes tributarios, sancionando a quienes los adquieren, venden o colocan y de alguna manera se benefician de esa actividad ilegal.

También incorpora las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones, “con el objeto de disminuir el uso del efectivo y fomentar los pagos a través de medios electrónicos”.

Otorga, además, seguridad jurídica a los contribuyentes al señalar plazos expeditos para el aseguramiento precautorio de bienes e inmovilización de cuentas bancarias.

Proyecta, además, que las entidades financieras y sociedades deberán proporcionar información al Servicio de Administración Tributaria (SAT), de forma directa o mediante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), sobre créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales.

El dictamen establece también la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y la clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de sujetos con quienes es riesgoso celebrar actos mercantiles o de comercio, porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.

Igualmente, modifica la figura de dictamen fiscal, para que los sujetos con ingresos gravables superiores a cien millones de pesos puedan dictaminar de manera opcional sus estados financieros mediante un contador público autorizado, debidamente registrado.

Obliga a que las personas físicas y morales que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, estén obligadas a solicitar su inscripción al RFC.

Implementa mecanismos simplificados de inscripción al RFC para personas físicas que se ubiquen en determinados regímenes fiscales, como aquéllos que se incorporen al esquema de la formalidad, tengan un bajo perfil de riesgo o que realicen actividades en el sector primario.

Establece la obligación del uso del comprobante fiscal digital por Internet, utilizándolos también para los casos en que se realicen retenciones de contribuciones, con lo cual se busca eliminar la obligación de presentar declaraciones informativas de retenciones y de operaciones con terceros.

Finalmente, propone la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario para conectar a los contribuyentes y a las autoridades fiscales.


http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/62/2013/oct/20131029-III.pdf

Ya somos: 

 

REDcontableMXSUSCRÍBETE GRATIS 
a todas nuestras publicaciones.
Ingresa tu correo electrónico aquí:

Consulta más opciones para mantenerte informado al instante aquí

Avala Senado reformas al Código Fiscal de la Federación

• Devuelve la minuta a la Cámara de Diputados al hacer cambios para precisar referencias en el articulado

El Senado de la República aprobó, con cambios, la minuta que reforma el Código Fiscal de la Federación, cuyo objetivo es establecer mecanismos accesibles de bajo costo, simplificar el pago de impuestos, captar a nuevos contribuyentes y asegurar la plena integración de éstos al ciclo tributario.

Asimismo, se incluyen medidas contra contribuyentes defraudadores, crea un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario y respalda la contabilidad por Internet.
Se otorga seguridad jurídica a los contribuyentes cuando la autoridad ejerza medidas de apremio, de embargo precautorio y la inmovilización de cuentas bancarias.
En cuanto a la fiscalización electrónica se implementa un esquema para que la autoridad notifique, requiera y reciba la documentación e información del contribuyente y establece la figura de acuerdos conclusivos como un medio alternativo para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Otra de las medidas contempladas en la minuta es la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyente, a fin de dar a conocer a aquellos que se consideren “riesgosos” para celebrar actos mercantiles o de comercio porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.
La reforma establece la obligación de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes para aquellas personas físicas o morales que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, donde reciban depósitos o realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones.
Además, deberán proporcionar la información relacionada con su identidad, su domicilio y, en general, sobre su situación fiscal, mediante los avisos que se establecen en el Reglamento de este Código.
También con los cambios avalados por los senadores se incorporará a las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones, con el objetivo de disminuir el uso del efectivo.
Para ello, la Secretaría de Hacienda podrá efectuar la retención del IVA “que le sea trasladado con motivo de la prestación de los servicios de recaudación que presten las entidades financieras u otros auxiliares de Tesorería de la Federación, el cual formará parte de los gastos de recaudación”.
Por otro lado, se extenderá a todas las operaciones que realizan los contribuyentes el uso de comprobantes fiscales digitales por Internet, incluso, para los supuestos en que se realicen retenciones de impuestos.
De igual manera, los contribuyentes tendrán la obligación de presentar información de las operaciones que realicen, conforme lo disponga la autoridad, dentro de los treinta días siguientes a aquel en el que se celebraron.
Incorpora un procedimiento dirigido a castigar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, a fin de atacar la problemática de fraudes tributarios y sancionar a quienes se benefician de esta actividad ilegal.
A través de una simplificación de procedimientos y mecanismos de rendición de cuentas, aseveró, se fomenta un contexto para la confianza ciudadana y al invertir menos tiempo en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales “la recaudación se incrementará sustancialmente”.
En la discusión en lo general, el senador perredista Benjamín Robles Montoya dijo que si la iniciativa se hubiera aprobado en los términos con los que el Ejecutivo la presentó “hubiese desembocado en la manifestación abusiva del poder”, por lo que “muchos desde un principio advertimos sobre estos excesos argumentando la naturaleza draconiana de estas medidas y sobre la posible institucionalización de lo que sería una suerte de terrorismo fiscal”.
El proyecto de decreto fue aprobado en lo general con 73 votos a favor y 43 en contra y en lo particular, senadores del PAN, PRD y Nueva Alianza presentaron sus reservas a los artículos 27, 28, 32-A, 36-Bis, 40-A, 53-B, 121, 143, 146 y 156-Bis pero fueron rechazados por el pleno, por lo que estas disposiciones se validaron en sus términos.
Previo a su presentación, la asamblea avaló, en votación económica, que se incorporaran al dictamen diversas modificaciones a los artículos 14-B, 26, 26-A, 29, 29-A, 30, 32-B, 34-A, 36 Bis, 46, 46-A, 48, 69, 76, 81, 83, 84, 84-G, 86-B, 86-1, 111, 113-A y Segundo Transitorio, planteadas las comisiones dictaminadoras para precisar las referencias en el articulado, por lo que la minuta se devolvió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Ya somos: 

 

REDcontableMXSUSCRÍBETE GRATIS 
a todas nuestras publicaciones.
Ingresa tu correo electrónico aquí:

Consulta más opciones para mantenerte informado al instante aquí

Da Senado Primera Lectura a dictamen que reforma el Código Fiscal de la Federación.


La Cámara de Senadores dio primera lectura a la minuta que reforma el Código Fiscal de la Federación, cuyo objetivo es establecer mecanismos accesibles de bajo costo, a fin de simplificar el pago de impuestos, captar a nuevos contribuyentes y asegurar la plena integración de éstos al ciclo tributario.




En el dictamen, se consideran procedentes las modificaciones que contemplan medidas contra contribuyentes defraudadores y la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario.
De igual manera, se respalda la contabilidad por Internet, a través de sistemas informáticos y la incorporación de las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones.
Con la reforma también se establece como supuesto el domicilio fiscal señalado por los particulares como usuarios de entidades financieras o de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, a efecto de que la autoridad fiscal facilite la ubicación de contribuyentes no localizados.
Por otro lado, se otorga seguridad jurídica a los contribuyentes cuando la autoridad ejerza medidas de apremio, el embargo precautorio y la inmovilización de cuentas bancarias.
Se implementa un esquema de fiscalización electrónica para que la autoridad realice la notificación, requiera y reciba la documentación e información del contribuyente y establece como un medio alternativo para el cumplimiento de obligaciones fiscales, la figura de acuerdos conclusivos.
Otra de las medidas contempladas en la minuta es la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyente, a fin de dar a conocer a aquellos que se consideren “riesgosos” para celebrar actos mercantiles o de comercio porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.
También sugiere un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, a fin de atacar la problemática de fraudes tributarios mediante sanciones a quienes se benefician de este tipo de actividad ilegal.
En el dictamen se indica que los contribuyentes deberán ofrecer la garantía del interés fiscal.
Asimismo, considera los montos por los cuales podrá realizarse el embargo de bienes y el orden que deberá seguirse para el señalamiento de éstos, las reglas que aplicarán para su notificación, así como el procedimiento para dejar sin efecto dicho embargo.
En cuanto al sistema electrónico o buzón tributario se explica que con su implementación se aprovecharán las tecnologías de la información y comunicación para hacer más eficiente y expedita la interacción entre autoridad y contribuyente y éste entrará en vigor en junio de 2014 para las personas morales y en enero de 2015 para las personas físicas.
También se contemplan sanciones en caso de que se modifique, destruya o provoque la pérdida de información que contenga dicho buzón.

Ya somos: 

 

REDcontableMXSUSCRÍBETE GRATIS 
a todas nuestras publicaciones.
Ingresa tu correo electrónico aquí:

Consulta más opciones para mantenerte informado al instante aquí