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@SAT: No son obligatorios algunos requisitos en los comprobantes fiscales digitales.

Aun no se publica el  Anteproyecto a la 3ª RMRMF 2012.y en la sección de preguntas frecuentes el SAT ya nos menciona que no son obligatorios ciertos requisitos (que durante 3 meses sí lo fueron)

PREGUNTAS FRECUENTES: COMPROBANTES FISCALES


ÚNICA


Respecto de le emisión de comprobantes fiscales, ¿se debe incluir la información relativa a:

    I . Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

    II . Identificación del vehículo que les corresponda, tratándose de personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por conducto del coordinado.

    III . Número de cuenta predial. tratándose de comprobantes que se expidan por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles.

    IV . Clave vehicular.

    V . Forma en que se realizó el pago y últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente?. 
 
NO, los contribuyentes no estarán obligados a incorporar en los comprobantes fiscales que emitan, la información relativa a dichos requisitos.
 
Fundamento legal: (Descarga WORD 109 mB) Artículos 29-A, 29-B y 29-C del CFF y (Desgarga PDF 135 kB) Regla I.2.7.1.16.del Anteproyecto a la 3ª RMRMF 2012.

Fuente: http://www.sat.gob.mx/    http://goo.gl/mxWrW

El 12 de Octubre es festivo pero no es inhábil.

 

El próximo viernes 12 de octubre se conmemora un aniversario más del descubrimiento de América. Por alguna razón, muchas personas consideran que este día es de descanso obligatorio, sin embargo, esto no es así. El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) no otorga el carácter de festivo a dicha fecha, por tanto los subordinados deben presentarse a laborar.

 

No obstante, algunas organizaciones reconocen esas fechas como días de asueto en sus contratos individuales o colectivos de trabajo; sus políticas de prestaciones y beneficios, o bien, en sus reglamentos interiores de trabajo, en cuyo caso si se requirieron los servicios de los trabajadores en el “día de la raza” les deberán pagar un salario doble adicional al que ordinariamente perciben (art. 75 LFT).

 

 

Con información de http://www.idconline.com.mx

 

Condusef: Se perderá dinero de cuentas abandonadas

Imagen: elorbe.comCuando un cliente de una institución bancaria deja abandonada una cuenta de ahorro durante seis años ya no podrá recuperar su dinero, advirtió la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

A través de su programa Educación Financiera, refiere que en la Ley de Instituciones de Crédito, Artículo 61, se considera que una cuenta ha sido abandonada cuando no se registra en ella ningún movimiento, como depósitos o retiros.

“Para la mayoría de nosotros suena extraño esto de dejar dinero abandonado en el banco durante años, pero la situación podría ser más frecuente de lo que te imaginas”, expone el organismo en su publicación “Consejos para tu bolsillo”.

Según el Banco de México, de 85.6 millones de tarjetas de débito que existen en el país, aproximadamente la mitad no registró actividad durante el último trimestre del año pasado.

Aunque es distinto no hacer movimientos bancarios en tres meses que no hacerlos en tres o seis años, menciona la Condusef, existen situaciones que propician que una cuenta quede abandonada.

Cuando las personas fallecen súbitamente y jamás revelaron a sus familiares la existencia de una cuenta bancaria; personas que se cambian de domicilio y olvidan notificar al banco y, por lo tanto, no reciben sus estados de cuenta; y connacionales que se han ido a trabajar al extranjero.

La Condusef precisa que la regla aplica para aquellos instrumentos de captación (es decir aquellos en que depositas tu dinero, como las cuentas de ahorro) que no tengan fecha de vencimiento, o bien, que teniéndola se renueven en forma automática.

Si pasa un periodo de tres años sin que se haga un depósito o un retiro de dinero, el banco enviará los recursos a una cuenta concentradora.

“Toma en cuenta que 90 días antes de enviar tu dinero a la cuenta concentradora, el banco deberá avisarte por escrito en tu domicilio, de allí la importancia de notificar al banco cada vez que te mudas de casa”, subraya.

Una vez que lo haya sumado el dinero a la cuenta concentradora, el banco no podrá cobrarle al cuentahabiente más comisiones y su dinero sólo generará un interés mensual equivalente al aumento en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (inflación) en el periodo respectivo.

“Si en ese lapso te presentas en el banco, la institución deberá retirar el dinero de la cuenta concentradora y regresártelo, ya sea restituyendo la cuenta original o entregándote la suma en efectivo”, aclara el organismo.

Puntualiza que el dinero no puede mantenerse para siempre en la cuenta concentradora, por lo que si el cuentahabiente no lo reclama, éste se quedará ahí otros tres años y después será enviado a la “beneficencia pública”, junto con los intereses generados.

La beneficencia pública es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud cuya misión es generar y canalizar recursos a remediar carencias de salud o situaciones de pobreza en personas que no tienen seguridad social.

Imagen tomada de elorbe.com

Con información de http://eleconomista.com.mx

¿Qué documentos debo de presentar en la sucursal BANSEFI para unificar mis cuentas SAR – ISSSTE? ¡Entérate!

PENSIONISSSTE Bansefi

El PENSIONISSSTE es un órgano público, desconcentrado del ISSSTE de conformidad con la ley, el PENSIONISSSTE tiene el mandato de administrar las cuentas individuales para los trabajadores afiliados al ISSSTE, por lo que BANSEFI fue contratado únicamente para ofrecer el
servicio CAV (Centro de Atención en Ventanilla) por tal motivo todo análisis y resolución es exclusivamente responsabilidad de Pensionissste.

¿Cómo puedo ver mi estado de cuenta del SAR en línea?

BANSEFI no ofrece el servicio de consulta en línea. El interesado deberá acudir directamente a cualquier sucursal de BANSEFI, en el teléfono lada sin costo 01 800 900 2000 le darán informes respecto a la ubicación y horarios de las sucursales.

¿Cuál es el Procedimiento para obtener mi estado de cuenta SAR?

Acudir a cualquier sucursal de BANSEFI con los siguientes documentos:
     – Identificación oficial vigente (original y copia).
     – Tiempo aproximado de resolución: de manera inmediata.

¿Qué documentos debo de presentar enla sucursal BANSEFI para unificar mis cuentas SAR – ISSSTE?

 

Documentos requeridos:
     – Identificación Oficial Vigente (original y 2 copias)
     – Solicitud de unificación de cuentas, (se  proporciona en sucursal Bansefi)
     – Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su fecha de expedición (2 copias)
     – Comprobante de aportación bimestral de cada una de las  cuentas o estado de cuenta de cada uno de los bancos (2 copias)
Tiempo aproximado de resolución a partir de la recepción completa de la documentación: 180 día hábiles.Es importante realizar este trámite para que el pensionado pueda recuperar el total de sus recursos.

¿Cómo puedo obtener mi estado de cuenta SAR si dejé de laborar hace mas de 4 años?

 
Acudir a cualquier sucursal de BANSEFI con los siguientes documentos:
     – Identificación oficial vigente (original y copia).
     – Tiempo aproximado de resolución: de manera inmediata.

¿Cuál es el procedimiento para llevar a cabo la actualización de beneficiarios del SAR?

 
El titular tiene que acudir a cualquier sucursal de BANSEFI y solicitar el trámite de designación de beneficiarios ante PENSIONISSSTE y presentar los siguientes documentos:
     – Identificación oficial del titular (original para cotejar y dos copias)
     – Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su fecha de expedición (original para cotejar y dos copias).

¿Cómo se puede recuperar el ahorro del SAR de un trabajador fallecido?


El beneficiario (os) tiene (n) que acudir a cualquier sucursal de BANSEFI con los siguientes documentos:
     – Identificación Oficial (copia simple)
     – Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses (original y 1 copia)
     – Acta de defunción (original o copia certificada)
     – Resolución de no adeudo de crédito de Vivienda (original)
     – Formato designación de beneficiarios PENSIONISSSTE o LAUDO.
     – NOTA IMPORTANTE: El formato “SAR 04” ya no se encuentra vigente.
     – Comprobante de cuenta BANSEFI (1 copia)
     – Comprobante de aportación bimestral en ICEFA (1 copia) o talón de    pago y Hoja única de Servicio
(1copia) o Talón de pago y Hoja de elección de Régimen de    Pensión (copia simple)
Reclamaciones
     – Identificación oficial (original y 1 copia)
     – Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su fecha de expedición (1 copia)

¿Cómo puedo saber sí ya está mi dinero en BANSEFI?

 

Deberá acudir a cualquier sucursal BANSEFI y solicitar una Consulta de Movimientos y/o estado de cuenta para verificar su saldo.

 

¿Qué documentos necesito presentar en la sucursal BANSEFI, para obtener mi Estado de Cuenta y en cuanto tiempo me lo dan?

 
Documentos requeridos:
     – Identificación Oficial Vigente (original y 1 copia) y copia simple del comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses.
Tiempo aproximado de resolución a partir de la recepción completa de la documentación: De manera inmediata

¿Para sacar mi resumen de saldos que tengo que presentar en la sucursal de BANSEFI?


Documentos requeridos:
     -Identificación Oficial Vigente* (original y 1 copia)
Tiempo aproximado de resolución a partir de la recepción completa de la documentación: De manera inmediata.

¿En caso de que mi dinero no se encuentre en BANSEFI que puedo hacer?

Llamar a SARTEL 01 800 5000 747

¿Soy jubilado, que documentos debo de presentar en la sucursal de BANSEFI para retirar mi pensión?


Documentos requeridos:
     – Identificación Oficial Vigente (original y 2 copias)
     – Resolución de concesión de pensión original
     – Solicitud de Disposición de Recursos (se proporciona en sucursal Bansefi)
     – Resolución de No adeudo de Crédito para la Vivienda (original)
     – Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su fecha de expedición (2 copias)
     – Comprobante de aportación bimestral (2 copias)
     – Apertura de cuenta BANSEFI

¿Cómo beneficiario, qué documentos debo de presentar en la sucursal
BANSEFI para cobrar la pensión?

Documentos requeridos:
– Identificación Oficial (copia simple)
– Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses (copia simple)
– Acta de defunción (original o copia certificada original)
– Resolución de no adeudo de crédito de Vivienda (original o copia)
– Formato designación de beneficiarios PENSIONISSSTE o concesión de pensión (viudez, orfandad) o LAUDO*.
– NOTA IMPORTANTE: El formato “SAR 04” ya no se encuentra vigente.
– Comprobante de cuenta BANSEFI (copia simple)
– Comprobante de aportación bimestral en ICEFA (copia simple) o talón de pago y Hoja única de Servicio
(copia simple) o Talón de pago y Hoja de elección de Régimen de Pensión (copia simple)
Reclamaciones
– Identificación oficial (original y 1 copia)
– Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su fecha de expedición (1 copia)
*(Resolución de la designación de beneficiarios emitida por el H. Tribunal de Conciliación y Arbitraje, puede ser federal, estatal, municipal, local, o por los juzgados de lo civil y familiar).

¿Para corregir mi dirección, teléfono o correo electrónico que documentos tengo que presentar?

– Formato de usos múltiples firmado por el trabajador, (se proporciona en sucursal Bansefi)
– Identificación oficial (original y 2 copia)
– Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses de su fecha de expedición (2 copias)

¿Cuál identificación oficial aceptan en BANSEFI?

IFE, cédula, cartilla, pasaporte, carta de naturalización.

Economía Moderna

100Bill

Un letrero dice así: Si compra este producto junto con otra persona más obtendrá 1.000 dólares de regalo. Un hombre pobre lee el letrero y le sugiere la transacción a un hombre rico que pasa por ahí. El producto cuesta 50 dólares. El pobre propone que cada uno ponga 25 dólares para ganar los 1.000 prometidos. El rico, a su vez, dice que pondrá su parte y que él se quedará con 800 dólares. El pobre dice que eso no es justo. El rico responde que es mejor tener 200 dólares que no tener nada. El pobre acepta.

Una pequeña historia con moraleja matemático-económica, de las que hay varias en un breve pero estupendo artículo sobre economía y teoría de juegos titulado Razonando como un economista moderno. Procede de Roastbrief, un blog muy interesante que descubrí recientemente: es un escaparate de XY Asociados, una agencia dedicada a la «investigación sociológica a través de las redes sociales».