La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita finalmente verá la luz éste 17 de julio de 2013.
Sin embargo, su puesta en marcha completa tendrá que esperar, pues el reglamento aún no es publicado por las autoridades, que cuentan todavía con 30 días para su elaboración.
De acuerdo con el decreto publicado el 17 de octubre del año pasado, la ley entrará en vigor a los 9 meses siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Las nuevas actividades consideradas vulnerables a ciertas transacciones en efectivo, según el artículo 17 de la nueva ley, son las vinculadas a la práctica de juegos con apuestas, concursos o sorteos; la emisión o comercialización de tarjetas de servicios o de crédito no bancarias, así como de cheques de viajero; la prestación de operaciones de mutuo, de garantía, de crédito o préstamos realizada por personas distintas a las entidades financieras, como pueden ser las Sofom.
También, las actividades que de compraventa de inmuebles, de joyería; los distribuidores de automóviles, comerciantes de vehículos aéreos o marítimos; las empresas que den servicio de blindaje, y las que trasladan valores o dinero.
A partir del jueves, ya no sólo los intermediarios financieros estarán sujetos a identificar plenamente a sus clientes para reportar a las autoridades operaciones sospechosas, sino también las asociaciones o fundaciones, inmobiliarias; los notarios, corredores, fedatarios públicos, agentes aduanales y joyerostendrán la obligación de hacerlo y deberán conservar los datos de cada cliente durante diez años.
Incluso, entre los cambios se encuentra que los bancos o emisoras de tarjetas de crédito deben de reportar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a los clientes que de manera mensual gasten 80,000 pesos o más.
En el artículo quinto transitorio se establece que las disposiciones relativas a la obligación de presentar avisos ante la SHCP, así como las restricciones para hacer operaciones en efectivo, entrarán en vigor a los 60 días siguientes a que esté en marchar el reglamento de esta ley.
En ésta, se estableció la creación de la Unidad Especializada en Análisis Financiero, que tendrá carácter de ministerio público y deberá instrumentar mecanismos de análisis de la información financiera y contable que pueda ser utilizada para detectar operaciones ilícitas.
Además, entre las nuevas facultades está que el personal de la SHCP podrá llevar a cabo visitas de verificación en cualquier momento a estas empresas para corroborar que cumplen con la ley.
De detectar que no cumplen, las multas económicas van de 623,300 pesos a más de 4 millones, además de que pueden ser sujetos a penas corporales; es decir, pagar en la cárcel por incumplir la ley, penas que pueden ser de dos hasta diez años.
Un informe de Global Financial Integrity, institución de investigación sin fines de lucro con sede en Washington, reveló que el crimen, la corrupción y evasión fiscal costaron a la economía mexicana más de 872,000 millones de dólares de 1970 a 2010.
Los flujos financieros ilícitos representaron en promedio 5.2% del PIB, y pasaron de 1,000 millones de dólares en 1970 a 68.5 mil millones en 2010.
El reporte concluyó que el gobierno mexicano debe enfocarse en adoptar medidas para frenar la facturación fraudulenta, una manera de lavado de dinero, que se incrementó exponencialmente después de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y que representa 73.7% de todos los flujos ilícitos durante las cuatro décadas que abarca el estudio.
Tomado de : http://www.elfinanciero.com.mx/ imcp.org.mx