Los contribuyentes que lleven a cabo actividades vulnerables; por ejemplo, los representantes legales de casinos y de lugares de apuestas, los fedatarios públicos, los agentes aduanales, los corredores y agentes inmobiliarios, las agencias de autos nuevos y usados, las agencias que prestan servicios de blindaje, entre otros.
Fundamento legal: Artículo 13 del ( 31 kB) Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
- ¿Cuándo deben presentarse los avisos de las actividades vulnerables?
El primer aviso, a más tardar el 17 de noviembre sobre las operaciones efectuadas del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2013.
Los posteriores, deben presentarse mensualmente a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquel en que se realizó la operación.
Fundamento legal: ( 113 kB) Artículo 23 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
- ¿Cómo se presentarán las declaraciones de agosto a octubre de 2013, conforme al Decreto que otorga beneficios fiscales por las lluvias?
Se exime de efectuar las declaraciones de pagos provisionales de los impuestos sobre la renta y empresarial a la tasa única. En el caso del IVA, pueden enterarlo en parcialidades iguales, la primera en noviembre y la segunda en diciembre de 2013. La segunda parcialidad se actualizará de noviembre hasta diciembre de 2013.
Fundamento legal: ( 44 kB) Artículos Primero y Quinto del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por las lluvias severas durante septiembre de 2013.
- ¿Se debe presentar aviso para la aplicación del estímulo contenido en el Decreto que otorga beneficios fiscales por las lluvias?
No es necesario presentar el aviso.
Fundamento legal: ( 1.9 mB) Artículo 25 del Código Fiscal de la Federación y artículo 8.5 del ( 44 kB) Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2012.
- ¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud para disminuir los pagos provisionales del impuesto sobre la renta?
Un mes antes de la fecha en la que deba efectuarse el pago provisional del mes que se solicite disminuir.
Fundamento legal: ( 1.62 mB) Artículo 15, fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y ( 493 kB) y 12-B de su Reglamento.
- ¿Qué trámite debe hacerse para renovar la Firma Electrónica Avanzada?,
Para conocer el procedimiento y requisitos ingrese a Cómo renovar la Fiel.
- ¿Cómo se declaran las retenciones que hice a mis trabajadores por los meses que establece el decreto que otorga beneficios fiscales por las lluvias?
En dos parcialidades iguales, siempre que el servicio personal subordinado por el que se paguen estos ingresos se preste en dichas zonas afectadas.
La primera parcialidad se entera en noviembre y la segunda en diciembre de 2013. La segunda parcialidad se actualiza por el periodo de noviembre a diciembre y se paga sin recargos.
Fundamento legal: Artículo Cuarto del ( 44 kB) Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por lluvias severas durante septiembre de 2013.
- Si en 2014 aún se tienen folios de comprobantes fiscales digitales aprobados, ¿pueden utilizarse?
No, este tipo de comprobantes estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2013.
Fundamento legal: ( 78 kB) Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013.
- ¿En el programa Declaración Informativa de Operaciones con Terceros deben capturarse las cantidades con IVA incluido?No, el valor de los actos o actividades debe capturarse sin incluir el impuesto al valor agregado, pues luego el programa lo calcula.
Fundamento legal: ( 352 kB) Artículo 32, primer párrafo y fracción VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
- ¿Cuándo se presenta el alta y registro para las personas que realizan actividades vulnerables?
A partir del 1 de octubre de 2013.
Fundamento legal: Artículo tercero transitorio del ( 31 kB) Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
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