La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer la “Recomendación 04/2013” referente a los actos de autoridad objeto de la queja consistieron en el incumplimiento a las formalidades previstas en el artículo 46, fracciones I, IV y VI del Código Fiscal de la Federación, conforme a las cuales debe desarrollarse una visita domiciliaria,
en tanto que fue emitida una resolución liquidatoria de créditos fiscales, sin que previamente hubieran sido levantadas y notificadas la Última Acta Parcial y el Acta Final de la citada diligencia. Ello en total incumplimiento a las formalidades exigidas por el citado precepto y, por tanto, en contravención a los derechos fundamentales al debido procedimiento, legalidad, seguridad y certeza jurídicas, previstos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos.