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Condonación de multas a contribuyentes por el 100%

Condonación
a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación
II.2.13.3.          ……………………………………

I.
Cuando los contribuyentes manifiesten su intención de cubrir las contribuciones
a su cargo, los accesorios y la multa en una sola exhibición, los porcentajes
de condonación serán los siguientes:
Multas por
impuestos propios
Multas por
impuestos retenidos o trasladados
100%
100%
……………………………………
CFF 48, 50, 74” 

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Contribuyentes en RIF podrán trasladar en forma expresa y por separado el IVA o el IEPS sin perder beneficios

Operaciones
en las que el traslado del IVA o IEPS se haya realizado en forma expresa y por
separado en el CFDI

I.10.4.7.          Para los efectos del Artículo Séptimo Transitorio del Decreto a que se
refiere este Capítulo, los contribuyentes podrán seguir aplicando los estímulos
previstos
en el mismo, aun cuando en algunos de los comprobantes fiscales que
emitan trasladen en forma expresa y por separado al adquirente de los bienes o
al receptor de los servicios el IVA o el IEPS correspondiente a dichas
operaciones

                  En ese caso tendrán que pagar dichos impuestos exclusivamente por
aquellas operaciones donde hayan realizado el traslado en forma expresa y por
separado en el CFDI correspondiente, para lo cual sólo podrán acreditar el IVA
o el IEPS cuando proceda, en la proporción que represente el valor de dichas
actividades facturadas por las que haya efectuado el traslado expreso, del
valor total de sus actividades del bimestre respectivo.

Respecto de las operaciones con el público en general que
lleven a cabo los contribuyentes, tanto en el registro de sus cuentas, como en
el comprobante de dichas operaciones que emitan, podrán anotar la expresión
“operación con el público en general” en sustitución de la clase de los bienes
o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen en los
CFDI globales que expidan, sin trasladar el IVA e IEPS correspondiente sobre el
cual hayan aplicado los estímulos previstos en el Artículo Séptimo del Decreto
citado en el párrafo anterior.

Decreto 26/12/13 

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DOF: Lista de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales que simulan operaciones inexistentes.

 Se comunica la presunción de operaciones inexistentes de conformidad con el artículo 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación, respecto a los contribuyentes que se indican:

con fundamento en el artículo tercero, fracción III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria, se ordena la publicación en el Diario Oficial de la Federación, así como en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, a que se refiere el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, respecto de los contribuyentes que enseguida se detallan:
RFC
Contribuyente
Autoridad Emisora
Tipo de Documento
AAE0904219F5
ASESORES ADMINISTRATIVOS
ESPARZA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ACB051109BA5
ALTA CAPACITACION B Y V SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ADE0806274A2
ASESORIA EN DISEÑO Y
ESPACIOS, ALCANFORES SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ADF050303225
ALTA DIRECCION EN
FORMACION Y CAPACITACION
DE PERSONAL SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ADN050802T14
ALTA DIRECCION DE NEGOCIOS
Y DESARROLLO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AEE08081216A
ACTIVIDAD EMPRESARIAL E
INTEGRAL DE NEGOCIOS SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AFR080411LY0
ALTA FORMACION DE
RECURSOS HUMANOS DE
CANCUN SCU
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AGS080905PV6
A.M.B.E GESTION Y SELECCION
DE PERSONAL Y CAPITAL
HUMANO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AID0701304N3
ACTIVIDAD INTEGRAL EN
DESARROLLO EJECUTIVO SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AII060621SZ7
ALTA INTENCION EN
INTEGRACION Y DESARROLLO
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
APP071022IY1
ANALISIS PROFESIONAL DE
PERSONAL SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BAC000516A97
BEYRUTI Y ASOCIADOS
CONTADORES PUBLICOS Y
CONSULTORES PROFESIONALES
SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BAS840430I27
BEYRUTI Y ASOCIADOS SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BEY070222LR9
BEYHERSA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BFY080125551
BEYLESA, FORMACION Y
CAPACITACION DE PERSONAL
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BNY070907646
BEYRUTI NAVARRETE Y
ASOCIADOS SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BOP090814LR0
BEYAN OPERADORA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BSA051215TI1
BEYRUTI SANCHEZ Y COMPAÑIA
S EN C
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BSP070504LE1
BYL SEGURIDAD PRIVADA SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
BYX080908AS8
BEYRUTI Y COMPAÑIA SCP
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CFD050616238
CAJA DE FOMENTO Y
DESARROLLO TURISTICA DEL
SUR SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CMR080314LL9
CORPORATIVO MILER EN R.H SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
D&R051202NG4
DREAMS & REALITY
PRODUCCION Y DISEÑO SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
EAG070130S9A
ENLACE & GESTION R.H. SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ECR080417NC1
EXPANSION Y CAPACITACION DE
RECURSOS HUMANOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
EIP090325L75
E.G.C INTEGRACION DE
PROYECTOS EMPRESARIALES
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
FCC0507054N5
FORMACION Y CAPACITACION
DE CAPITAL HUMANO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
FEC041125IV0
FUERZA EMPRESARIAL
CAPACITADORA SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GAC0701303I9
GONZALEZ ALMARAZ
CONSULTORES PROFESIONALES
S EN C
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GED0411116C3
GRUPO EMPRESARIAL DE
DESARROLLO Y FORMACION DE
RECURSOS HUMANOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GIC040415413
GRUPO INTEGRACIONAL DE
CANCUN SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GIC090327K25
GINFA INTEGRACION DE
CAPITAL HUMANO SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GIE0906254Q6
GASTRONOMIA ITALA
ESPECIALIZADA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GIN040611CK0
GRUPO INTEGRACIONAL DE
NEGOCIOS FISCALES SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GME060621PD8
GINCA DE MEXICO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GNC080418MD2
GIN DE NEGOCIOS CONTABLES
Y FISCALES B Y N SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GPR080326QB5
GIN Y PROYECTOS DE
RECURSOS HUMANOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GPY050719947
GIN DE PROYECTOS Y
NEGOCIOS SOBRE RECURSOS
HUMANOS SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GRU050802AW2
GRUFINE SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GSP050705CR6
GRUPO SANLO PROMOCIONES Y
DESARROLLOS DE MEXICO SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GTP0504074VA
GINCUN TURISMO Y PROYECTOS
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GXT080922IP6
GIN X TI DESARROLLO DE
SERVICIOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ITP880512U2A
IMAGEN Y TALENTO DE
PERSONAL EN SERVICIOS
PROFESIONALES SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
LEA070130PD9
LOPEZ ESPINOZA & ASOCIADOS
S EN C
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
LID050718AQ1
LUSAN IMPULSORA Y
DESARROLLADORA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
MEN080919263
MULTISERVICIOS
EMPRESARIALES DE NEGOCIOS
B & V SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
NCI0903273X2
NA&BE CORPORATIVO
INTEGRACIONAL DE MEXICO SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
OGC070816NE2
OPERADORA GASTRONOMICA
CALLENDER DE MEXICO SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
POE100618SR8
PROCESOS Y OBJETIVOS DE
ENLACES COMERCIAL INTENSE
SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
RES831202495
RESTAMEX SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
RUN040415GV3
REPRESENTACIONES UNO SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SAO080827DT3
SELECCION ALTERNATIVA Y
OPERACION DE CAPITAL
HUMANO BEMC SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SAR090421DFA
SOLUCION ADMINISTRATIVA EN
RECURSOS HUMANOS H.C.S. SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SCH0606196E7
SI AL CAPITAL HUMANO SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TAV090625212
“TALENTO A LA VANGUARDIA
ELITTE” SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TME040414MX7
TURISER DE MEXICO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TPC050303UE3
TALENTO Y PROFESIONALISMO
EN CAPACITACION DE
RECURSOS HUMANOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
VES0606228S3
VELAZQUEZ ESCUDERO S EN C
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AIA080820BU6
ASESORIAS INTEGRALES APOLO
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ASA9912136C3
AGRICOLA SAKATA S.P.R. DE R.L.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ATI030127KR3
ACEROS TIJUANA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CAB090520B35
COMERCIALIZADORA ABERDEEN
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CBA080711C47
CORPORATIVO BASIE SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CBE090630T36
CONSORCIO BEJART SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CBR101027440
CORPORATIVO BRUVASA SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CCA100119TZ3
COMERCIALIZADORA CATANIA
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CCA101027D90
CONSORCIO CAPAC SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CCI100302QYA
COINI, COMERCIO
INTERNACIONAL INTEGRAL SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CDB020911PWA
COMERCIALIZADORA Y
DISTRIBUIDORA BIBLOS SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CDC0803109MA
COMERCIALIZADORA Y
DISTRIBUIDORA CADIZ SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CDC0805169C5
CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS
CONSTANZA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CDP090306NH9
CONSTRUCCIONES DISEÑOS Y
PROYECTOS EMPORIO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CDS0903316I0
COMERCIALIZADORA Y
DISTRIBUIDORA SURI SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CER0807119L0
CONSORCIO EROLES SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CFE090817TF7
CONSORCIO FEDVEL SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CIC890530IT8
COMERCIALIZADORA
INDUSTRIAL Y COMERCIAL SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CMI100422V13
CORPORATIVO MISIM SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CPO0811282T7
CORPORATIVO POLTAVA SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CPS100819CV9
CLAUMEX PRESTADORA DE
SERVICIOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CPU1002156U6
COGNOTUM PUBLICIDAD SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CRA081201Q68
CORPORATIVO RADEMI SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CRO0106283X7
COMERCIALIZADORA ROFELO
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CSA090714599
COMERCIALIZADORA ZANDOKAN
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CSA100422LJ3
CORPORATIVO SANGLI SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CSK090311HN2
COMERCIALIZADORA Y DE
SERVICIOS KIARA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CSM031008RA0
COMERCIAL SERVICIOS
MADAJUL SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CSU101027UD3
CONSORCIO SUNUS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CTE100811SJ1
CAG TECNOLOGIA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CVO0906297W6
CORPORATIVO VOLAPUK SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CZE080514SR0
CONSORCIO ZEAMI SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
EEI090703371
EDICOM. EDIFICACIONES,
INGENIERIA, CONSTRUCCIONES
Y MATERIALES SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
EUI101025GA3
EDIFICACIONES URBANAS
INTELIGENTES SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
FRA010629TB5
FRAPELO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GBO0908208E6
GRUPO BODEBU SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GCO080710L11
GRUPO CONDONA SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GCS100319GI7
GRUPO COMERCIAL Y DE
SERVICIOS VETRUBIO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GCS100324AV1
GRUPO COMERCIAL Y DE
SERVICIOS MANMI SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GCT061128BR1
GRUPO COMERCIAL Y DE
SERVICIOS ARIES SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GFA081020497
GRIP FORUM ARTE, DISEÑO Y
CINEMATOGRAFIA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GGU101027E42
GRUPO GUBAMO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GIS080327LW9
GRUPO ISNOS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GLI040729JX2
GRUPO LIFAR SC DE RL DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GLI080710IS2
GRUPO LIGETI SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GLO0909309K2
GRUPO LODEMA SC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GME090305EV5
GRUPO MEGANELA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GPA061110NI2
GRUPO PAIGMEN SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GPA080715KM4
GRUPO PAGNOM SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GPA080725GP3
GRUPO PANOME AC
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GPR080305435
GRUPO PRODUNA SPR DE RL DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
GTU0606295J0
GRUPO TURKS SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
IDL0903193B9
INMOBILIARIA Y DESARROLLO
LANCE – LOT SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
MNM080808TM0
MIRAME Y NO ME TOQUES
PUBLICIDAD SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PCP1008231Z3
PUBLICIDAD CREATIVA PUBLIC
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PMC090520CT1
PUBLICIDAD Y MERCADOTECNIA
CREATIVA PYMC SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PSC100811515
PRESTADORA DE SERVICIOS Y
CONSULTORIA PRESCO SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
RCO081121QF7
RESPALTEC COMPUTACIONAL
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
RTA100823I57
RESPALDO TECNOLOGICO
APLICADO RETECNA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SAA950320965
SURTIDORA DE ALAMBRES Y
ACEROS DEL BAJIO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SAF081211GR2
SERVICIOS EN ALTERNATIVAS
FRESNEDO Y COMPAÑIA SA DE
CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SAP100119V53
SERVICIO Y ASESORIA
PROFESIONAL EJECUTIVA SAPE
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SEC100712AZ7
SERVICIOS ELECTRONICOS Y DE
COMPUTO SERVICOM SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SEN100119K37
SERVCIOS EMPRESARIALES
NINUET SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SEP0808069L4
SEPAIGME SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SIG080917497
SERVICIOS INTEGRALES GUNAR
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SSA100219LP5
SACI, SERVICIOS Y ASESORIA EN
COMERCIO INTERNACIONAL SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SSE0912116F5
SEMTA SERVICIOS
EMPRESARIALES TALAGON SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TAL090616DF8
TENERIA ALFORJA SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
UEF101015LK8
URBANIZACIONES EFICIENTES
SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
UME081121U6A
ULTRACONSTRUCTORA DE
MEXICO SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
AEP100218KT6
APOYO EXTERNO PROFESIONAL
LA PERFECCIÓN, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
ACI091223QB4
ASESORIA Y CONSULTORIA ISIE,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CAT090508T81
COMERCIALIZADORA ATTESA,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CJA100218QH4
COMERCIALIZADORA JAKUME,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CMA071115AU2
COMERCIALIZADORA MALIBRAN,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CMA061124LF8
COMERCIALIZADORA Y
MAQUILADORA ABA, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CMA0802222J6
COMERCIALIZADORA Y
MAQUILADORA AVAN, S.A. DE
C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CMK060106Q73
COMERCIALIZADORA Y
MAQUILADORA KISA, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
COJ091223LP2
COMERCIOS ORGANIZADOS
JACO, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CPM070308JN2
CONFECCIONES PRIMER
MUNDO, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CAC080304T37
CONSTRUCCIONES ACONCAWA,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CYA090508NL9
CONSTRUCCIONES YALINQUE,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
CFA091223IN8
CONSTRUCTORA FALOY, S.A. DE
C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
DCM050216431
DISTRIBUIDORA Y
COMERCIALIZADORA
MAXIMWORK, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
IBR070420GU0
INTERCOMERCIOS BRUSELAS,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
KCO081201EX9
KONNIN COMERCIALIZADORA,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PHI070308MI7
PRINCO HILADOS, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PMI080620RBA
PRODUCCIONES MICHOACAN SA
DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PST080304M24
PROFESIONALES Y SERVICIOS
TICK SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
PTE061124HD3
PUBLICIDAD TELEMAR, S.A. DE
C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
RCO090508343
RASING CONSTRUCCIONES, S.A.
DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SIT0611249F3
SERVICIOS ITURRIAGA, S.A. DE
C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SPA0905081Q2
SERVICIOS PROFESIONALES
ANSWER, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
SPM080222T85
SERVICIOS PROFESIONALES
MINOTAURO, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TBA091223D15
TELAS BARBARA, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TFL081201391
TELAS FINAS LEADY, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TPE0905083B9
TELAS PENELOPE, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TAM100218TS9
TELAS Y AVIOS MACHUME, S.A.
DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TTP080222EV8
TELAS Y TEXTILES PINK, S.A. DE
C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TAR080304DD3
TEXTILES ARES SA DE CV
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TBA090506KE0
TEXTILES BASTIEN, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TRO061124SU4
TEXTILES DE LA ROSA, S.A. DE
C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
TRO060106E85
TEXTILES ROUS, S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
WCO090506JQ0
WOLSEY COMERCIALIZADORA,
S.A. DE C.V.
Administración Central deFiscalización Estratégica.
Se informa que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
La resolución individual en la que se detallan los hechos particulares por los cuales la autoridad fiscal determinó que los contribuyentes antes señalados, se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, debe ser notificada de acuerdo a lo establecido en artículo 134 del citado ordenamiento legal.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 69-B, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, se informa que cuentan con un plazo de 15 días, contados a partir de que surta efectos la última de las notificaciones que se realicen conforme al citado precepto legal Diario Oficial de la Federación, página de Internet del SAT y resolución notificada en términos del artículo 134 del citado Código-, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga y aporte ante la Administración Local de Auditoría Fiscal que corresponda conforme a su domicilio fiscal, la documentación e información que considere pertinente para desvirtuar los hechos que llevaron a presumir la inexistencia de las operaciones señaladas en la resolución respectiva.
La documentación e información que exhiba deberá presentarse en forma completa, correcta y oportuna mediante escrito libre en original y dos copias, en términos de los artículos 18 y 18-A del Código Fiscal de la Federación.
Asimismo, se apercibe que en caso de no aportar la documentación e información necesaria a efecto de desvirtuar los hechos que llevaron a presumir la inexistencia de operaciones, se confirmará dicha presunción legal y se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, conforme a lo previsto en el tercer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
En términos de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, se le indica que la presente resolución, es susceptible de impugnarse dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que surta efectos su notificación, si opta por la interposición del recurso de revocación, o dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a aquél en que surta efectos su notificación, si opta por la interposición del juicio contencioso administrativo ante la Sala Regional Competente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en la vía tradicional o a través del Sistema de Justicia en Línea de conformidad con la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y la Ley Orgánica de dichoórgano jurisdiccional.
Atentamente
México, D.F., 8 de enero de 2014.- El Administrador Central de Fiscalización Estratégica, Carlos Enrique Borja Duarte.- Rúbrica.

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Tablas ISR 2014 en excel

Compartimos con ustedes las tablas de ISR para 2014 contenidas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

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Trámites Fiscales 2014

El pasado 07 de enero fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 en el cual se encuentran relacionados todos los “Trámites Fiscales” vigentes para 2014.
Descarga el Anexo en el siguiente link:

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Se publican las formas y formatos oficiales para 2014

El día de hoy la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó las formas y formatos oficiales para 2014 contenidos en el anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 30 de diciembre de 2013.
Para descargar el documento da clic en el siguiente enlace:

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Lista de contribuyentes incumplidos

A partir del 1 de enero de 2014 los datos de los contribuyentes que incumplan con sus obligaciones fiscales, serán publicados en el portal del SAT.

Derivado de la Reforma Hacendaria, se modificó el artículo 69  del Código Fiscal de la Federación, estableciéndose excepciones a la reserva fiscal.  Lo anterior, permite que este 1 de enero se dé a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que se encuentren en los siguientes supuestos:
Que tengan créditos fiscales firmes
Que tengan créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados
Que no sea posible localizarlos en su domicilio fiscal
Que tengan sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal
Que se les haya cancelado o condonado algún adeudo fiscal, a partir del 1 de enero de 2014
Consultar la Relación de contribuyentes incumplidos
También, con la adición del artículo 69B al Código Fiscal de la Federación, a partir del 8 de enero se darán conocer los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.

Esta medida obedece al interés prioritario del SAT de informar a los contribuyentes y a la opinión pública en general la relación de datos de contribuyentes incumplidos para que tengan elementos de decisión al momento de realizar cualquier transacción comercial.

Los contribuyentes que estén inconformes con la publicación de sus datos, en la misma aplicación donde se da a conocer la lista pueden generar su línea de captura para pagar o bien presentar una aclaración.

El SAT resolverá la solicitud de aclaración en tres días hábiles y en caso de resultar procedente, se eliminarán los datos publicados en la siguiente actualización de la información, misma que se efectuará cada 15 días.

Resolución de facilidades administrativas 2014

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (30 de diciembre) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otros temas, la Resolución de facilidades administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2014.
Esta Resolución contempla los siguientes apartados:
 Sector Primario.
 Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
 Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
 Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.
Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en las facultades que le fueron conferidas por el Congreso de la Unión, consideró necesario otorgar para el ejercicio fiscal de 2014 a los referidos sectores de contribuyentes, facilidades administrativas y de comprobación, a fin de que cumplan adecuadamente con sus obligaciones fiscales. Asimismo, durante el presente ejercicio fiscal continuará publicando folletos y llevará a cabo talleres, con el objeto de que estos contribuyentes, mediante ejemplos prácticos y situaciones precisas, puedan conocer sus obligaciones fiscales y la forma de poder cumplirlas.

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Feliz Navidad 2013: Resolución Miscelánea Fiscal 2014

Les compartimos la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federación y aprovechamos para desearles a todos ustedes nuestros queridos lectores una feliz noche buena y navidad en compañía de sus seres queridos, nuestros mejores deseos.



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ACUERDO mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE
APOYO AL EMPLEO
ÚNICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expide, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 y artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO AL EMPLEO
1. Introducción
El mercado laboral mexicano, se autorregula con base en la oferta y la demanda, no obstante, al igual que otros mercados, presenta algunos desajustes que por sí mismo no puede corregir, como diferencias entre la generación de empleos y la disponibilidad de la mano de obra, información insuficiente sobre los empleos existentes, diferencias entre la calificación de la mano de obra disponible y los perfiles requeridos para los empleos ofrecidos. Tales defectos impactan de manera negativa la articulación entre los agentes del mercado, cuyas consecuencias principalmente se reflejan en el empleo.
Ante esta situación, el Gobierno Federal a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en uso de las facultades que le son inherentes, interviene para reducir los desajustes mencionados y para ello ha dispuesto, como medidas para impulsar la ocupación, una serie de actividades encaminadas al acercamiento de los agentes del mercado laboral que incluyen la atención a población en desventaja tales como jóvenes, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, víctimas u ofendidos de delitos, y personas preliberadas, como medidas para impulsar el empleo en estos segmentos. Dichas actividades comprenden información sobre la oferta y demanda de empleo para que se vinculen de acuerdo a los requerimientos de ambas partes. No obstante lo anterior, persisten diferencias entre lo que requieren las empresas oempleadores en materia de perfiles laborales respecto a lo que los buscadores de empleo poseen en cuanto aconocimientos, habilidades y destrezas para cubrir las vacantes disponibles.
En este sentido, se identifica la necesidad de implementar un mecanismo para reducir la problemática referida, por lo cual la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el marco de sus atribuciones, ha puesto en marcha el Programa de Apoyo al Empleo.
Con este Programa se busca ayudar a solucionar las dificultades que enfrentan la oferta y demanda de empleo para encontrarse en el mercado laboral, tales como la falta de promoción de las vacantes disponibles para su ocupación; la insuficiencia de conocimientos, habilidades y destrezas laborales de los buscadores de empleo; la falta de recursos por parte de éstos para buscar un empleo, iniciar una actividad por cuenta propia, trasladarse a diferentes entidades federativas con oferta de empleos o adecuar sus habilidades laborales; falta de experiencia laboral en el caso de la población joven; o bien pertenecer al grupo poblacional de adultos mayores y personas con discapacidad.
De esta manera, se otorga atención enfocada a las necesidades específicas de la población objetivo, la cual consiste en el otorgamiento de apoyos económicos para: i.) Fortalecer habilidades laborales; ii.) Promover la ocupación por cuenta propia; iii.) Facilitar la Movilidad Laboral y iv.) Procurar la colocación de repatriados.
Para llevar a cabo la operación del Programa de Apoyo al Empleo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo, presupuesta, coordina, opera y administra los recursos federales destinados al mismo.
El Programa de Apoyo al Empleo opera a través de cuatro subprogramas, los cuales están sujetos a las presentes Reglas de Operación en virtud de que a los beneficiarios se les otorgan apoyos económicos y/o en especie con recursos públicos federales. Dichos subprogramas son: Bécate, Fomento al Autoempleo, Movilidad Laboral y Repatriados Trabajando.
Cabe mencionar que la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo, en el marco de este Programa, podrá diseñar y poner en operación subprogramas y/o modalidades encaminadas a atender necesidades específicas de la población en materia de empleo y/u ocupación productiva, así como a complementar los subprogramas actuales. La operación de dichos subprogramas y/o modalidades se llevará a cabo con base en lineamientos de operación específicos para cada uno de ellos.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Para efectos de las presentes Reglas de Operación se entenderá por:
Acciones.- Eventos de capacitación, de movilidad laboral, o bien, iniciativas de ocupación por cuenta propia, así como los servicios asociados a la operación, programados por alguna Oficina del Servicio Nacional de Empleo de la entidad federativa, que cuentan con la validación de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo en el sistema informático que ésta determine, a través de los cuales se comprometen recursos para proporcionar servicios, apoyos a beneficiarios y pagos a proveedores.
Beneficiario.- Solicitante de empleo seleccionado que recibió apoyos económicos o en especie.
Buscador de empleo.- Persona que busca activamente una ocupación productiva, debido a que se encuentra desocupado, o bien que aun estando ocupado, dispone de tiempo para tener un segundo empleo o mejorar el que actualmente tiene.
Carta compromiso.- Documento que elabora la Oficina del Servicio Nacional de Empleo en la entidad federativa donde se establecen los compromisos que deben cumplir los integrantes de la Iniciativa de Ocupación por Cuenta Propia, para impulsar y consolidar su operación.
CGSNE.- Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo.
Comité Interno de Evaluación.- Órgano de la Oficina del Servicio Nacional de Empleo de la entidad federativa, encargado de las actividades de revisión, evaluación, aprobación, seguimiento y solicitud de apoyos complementarios de las Iniciativas de Ocupación por Cuenta Propia del subprograma Fomento al Autoempleo.
Comités de Contraloría Social.- Organización social constituida por los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo para su seguimiento, supervisión y vigilancia de su ejecución, en términos de las presentes Reglas de Operación, transparencia, eficacia, legalidad y honradez.
Contraloría Social.- Participación de los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo de manera organizada e independiente, para supervisar y vigilar que la entrega de los apoyos que se otorgan a través de este Programa, se proporcionen con apego a las presentes Reglas de Operación, transparencia, eficacia, legalidad y honradez.
Convenio de capacitación.- Documento que elabora la Oficina del Servicio Nacional de Empleo de la entidad federativa y firma conjuntamente con la empresa participante del subprograma Bécate, donde se establecen las obligaciones que adquieren cada uno de ellos para la impartición del curso de capacitación.
CURP.- Clave Única de Registro de Población.
DGPP.- Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Empleadores.- Personas físicas o morales que ofrecen vacantes a la oficina del Servicio Nacional de Empleo, conformados como empresas, sociedades o compañías.
Enlace de campo.- Persona encargada de realizar actividades relacionadas con el subprograma Movilidad Laboral y responsable de la atención de empleadores y jornaleros agrícolas.
Entidades federativas.- Comprende a los estados de la Federación y el Distrito Federal.
Identificación oficial.- Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Federal Electoral o cédula profesional o pasaporte vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional. En caso de menores de 18 años y personas repatriadas, se aceptará una identificación con fotografía y firma, expedida por el gobierno federal, estatal o municipal. Tratándose de personas preliberadas, se aceptará también la carta de preliberación que emita el Centro de Readaptación Social correspondiente.
INM.- Instituto Nacional de Migración.
Instructor monitor.- Persona encargada de realizar actividades relacionadas con la modalidad de Capacitación en la Práctica Laboral, del Subprograma Bécate.
IOCP.- Iniciativas de ocupación por cuenta propia.- Es la actividad productiva lícita, viable y rentable, que realiza una persona o grupo de personas con el propósito de generar sus propias fuentes de trabajo.
Lineamientos para Administrar el Presupuesto de los Programas del Servicio Nacional de Empleo.- Documento que establece la regulación para administrar los recursos para subsidios que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social asigna a las Oficinas del Servicio Nacional de Empleo de las entidades federativas.
Movilidad Laboral.- Traslado a otra entidad que realiza un buscador de empleo con fines ocupacionales en virtud de que no logra vincularse a un puesto de trabajo en su lugar de residencia.
Núcleo familiar.- Conjunto de personas que habitan en una misma vivienda, tienen relación consanguínea o civil, y comparten un ingreso (aportado por uno o más miembros del hogar) destinado a cubrir su sustento.
OSNE (Oficina del Servicio Nacional de Empleo).- Unidad Administrativa del Gobierno de la entidad federativa, encargada de operar los programas, servicios y estrategias a cargo de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo en el marco del Servicio Nacional de Empleo.
PAE.- Programa de Apoyo al Empleo.
Programa de capacitación.- Documento donde se especifica el curso de capacitación y sus características, así como el perfil que deberá tener el participante.
Reglas.- Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo.
SFP.- Secretaría de la Función Pública.
SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Sistema.- Sistema informático de uso obligatorio para las Oficinas del Servicio Nacional del Empleo de las entidades federativas, que la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo establece para el registro y control, entre otros, del Programa de Apoyo al Empleo.
Solicitante de empleo.- Buscador de empleo registrado en la base de datos del sistema informático que la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo establece para el registro y control, entre otros, del Programa de Apoyo al Empleo.
Solicitante de empleo canalizado.- Solicitante de empleo que, como resultado de la aplicación de un cuestionario de diagnóstico, es dirigido a un subprograma del Programa de Apoyo al Empleo acorde a sus necesidades.
Solicitante de empleo colocado.- Solicitante de empleo que obtuvo un empleo o una ocupación productiva como consecuencia de la prestación de algún servicio o apoyo del Programa de Apoyo al Empleo.
Solicitante de empleo seleccionado.- Solicitante de empleo canalizado, susceptible de recibir los apoyos de un subprograma.
STPS.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
TESOFE.- Tesorería de la Federación.
2. Objetivos del Programa de Apoyo al Empleo
2.1. General
Promover la colocación de Buscadores de empleo en un puesto de trabajo o actividad productiva, mediante la prestación de servicios o apoyos económicos o en especie, para capacitación, autoempleo, movilidad laboral y apoyo a repatriados.
2.2. Específicos
a) Vincular a los Buscadores de empleo de acuerdo a los requerimientos en conocimientos, habilidades y destrezas para cubrir las vacantes disponibles de los Empleadores.
b) Capacitar a Buscadores de empleo, mediante su incorporación a cursos de capacitación de corto plazo para el trabajo.
c) Promover la creación de IOCP para Buscadores de empleo, mediante el otorgamiento de apoyos en especie y/o económicos.
d) Apoyar la movilidad laboral de Buscadores de empleo que se canalizan a una vacante fuera de su lugar de residencia.
e) Apoyar a los connacionales repatriados, mediante el otorgamiento de apoyos económicos, para facilitar su pronta colocación en un empleo, en su lugar de origen o residencia.
f) Otorgar información sobre las condiciones del mercado de trabajo y oportunidades de ocupación por medio de publicaciones periódicas.
3. Lineamientos
3.1. Convocatoria
Los apoyos que comprende el PAE se proporcionan de acuerdo a la demanda, en virtud de ello, las OSNE están obligadas a publicar durante los treinta días hábiles posteriores a la publicación de las presentes Reglas, una convocatoria abierta (Anexo No. 1) en medios de comunicación locales para fomentar la participación de la población objetivo; asimismo, esta convocatoria deberá publicarse permanentemente en las OSNE de todo el país, cuyos domicilios pueden ser consultados en la dirección electrónica:
http://www.empleo.gob.mx/es_mx/empleo/donde_puedes_encontrarnos
o en el teléfono 01 800 841 2020 con servicio totalmente gratuito en todo el país.
3.2. Subprogramas
El PAE da origen a cuatro subprogramas, con los cuales se atiende a la población objetivo, no obstante, la CGSNE podrá poner en prueba otros subprogramas o modalidades orientadas a temas o necesidades específicas de la población en materia de empleo y/u ocupación productiva, así como a complementar los actuales. Los subprogramas del PAE son: Bécate, Fomento al Autoempleo, Movilidad Laboral y Repatriados Trabajando.
Los subprogramas del PAE podrán aplicarse a la población objetivo de la Cruzada contra el Hambre y el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, siempre y cuando cumpla con las presentes Reglas.
Asimismo, las acciones del Programa incluyen la atención a población en desventaja que se encuentra en búsqueda de empleo, tales como:
Jóvenes entre los 16 y 30 años, quienes constituyen casi una tercera parte de la población del país, con el propósito de fortalecer sus oportunidades laborales y que adquieran experiencia laboral, para facilitar su incorporación a un empleo formal.
Personas con Discapacidad y Adultos Mayores, con el propósito de que se integren al aparato productivo, en igualdad de oportunidades y equidad, de acuerdo a sus necesidades e intereses ocupacionales.
Víctimas u Ofendidos de Delitos, buscando su oportuna y adecuada atención, para su reincorporación laboral.
Personas preliberadas o liberadas de algún Centro de Readaptación Social, a fin de que puedan reincorporarse a una actividad laboral.
3.2.1. Bécate
Este subprograma apoya a Buscadores de empleo que requieren capacitarse para facilitar su colocación o el desarrollo de una actividad productiva por cuenta propia. Se implementa a través de las siguientes modalidades de capacitación:
3.2.1.1. Modalidades
3.2.1.1.1. Capacitación Mixta
Son cursos esencialmente prácticos y orientados a la adquisición, fortalecimiento o reconversión de habilidades laborales de los Buscadores de empleo, que les permitan favorecer su colocación en un puesto de trabajo. Se imparten a petición de empleadores que requieren personal capacitado en una ocupación, actividad o puesto específico y que están dispuestas a facilitar sus instalaciones para que en ellas se lleve a cabo la capacitación.
3.2.1.1.2. Capacitación en la Práctica Laboral
Aprendizaje que se desarrolla en la práctica laboral, directamente en el proceso productivo de los centros de trabajo, que facilita la colocación de los Buscadores de empleo que requieren adquirir o fortalecer competencias laborales.
3.2.1.1.3. Capacitación para el Autoempleo
Capacitación orientada a la adquisición o fortalecimiento de habilidades laborales de los Buscadores de empleo que no logran vincularse a un puesto de trabajo subordinado y deseen desarrollar una actividad productiva por cuenta propia. Se imparte en instituciones de capacitación que cuenten con la infraestructura necesaria.
3.2.1.1.4. Vales de Capacitación
Cursos de capacitación para Buscadores de empleo que requieren actualizar, mejorar y/o reconvertir sus competencias, habilidades y/o destrezas laborales con la finalidad de incrementar sus posibilidades de contratación debido a que enfrentan dificultades para colocarse en un empleo. Los cursos se imparten en instituciones educativas.
3.2.2. Fomento al Autoempleo
Apoya mediante la entrega de mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta a los Buscadores de empleo que, aun teniendo competencias y experiencia laboral, no han logrado vincularse a un puesto de trabajo y desean iniciar o fortalecer una actividad por cuenta propia.
3.2.3. Movilidad Laboral
Apoya económicamente a los Buscadores de empleo que con fines ocupacionales se trasladan a localidades distintas a las de su domicilio, en virtud de que no logran colocarse en un puesto de trabajo en su lugar de residencia. Su operación se lleva a cabo a través de dos modalidades:
3.2.3.1. Sector Agrícola
Atiende a los jornaleros agrícolas que a petición de empleadores desarrollan labores estacionales propias de este sector.
3.2.3.2. Sectores Industrial y de Servicios
Atiende a Buscadores de empleo de los sectores industrial y de servicios que no logran colocarse en su lugar de residencia y tienen oportunidades de trabajo en otros lugares del país, o el extranjero donde existan mecanismos acordados con el gobierno federal.
3.2.4. Repatriados Trabajando
Apoya económicamente a connacionales repatriados que busquen empleo en su lugar de origen o residencia.
3.3. Cobertura
El PAE tiene cobertura nacional.
3.4. Registro y Selección de Solicitantes de Empleo
Para ser elegible de recibir apoyos del PAE, el Buscador de empleo deberá invariablemente solicitar su registro en el SNE, haber sido entrevistado por personal de la OSNE y cumplir con los requisitos y documentación establecidos por el subprograma al cual se le canalice en función del resultado de la entrevista que le sea practicada. La OSNE será la instancia responsable de los procesos de registro presencial de Buscadores de empleo y la selección de Solicitantes de empleo.
3.4.1. Registro
Para solicitar su registro en el SNE, el Buscador de empleo podrá elegir alguna de las siguientes opciones:
1. Registro remoto:
Realizar el trámite “Solicitud de Registro en el Servicio Nacional de Empleo” para lo cual deberá acceder al Portal del Empleo (www.empleo.gob.mx), en la esquina superior derecha se encuentra la sección “Regístrate como:”, dar clic en el botón”Candidato” y capturar los datos solicitados, o llamar al SNE al Teléfono (01 800 841 2020) y proporcionar la información que le sea solicitada por el operador.
2. Registro Presencial:
Acudir a la OSNE que más le convenga, cuyo domicilio puede consultar en la dirección electrónica:
http://www.empleo.gob.mx/es_mx/empleo/donde_puedes_encontrarnos, o al teléfono:
01 800 841 2020 con servicio gratuito en todo el país.
De ser la primera vez que asiste a la OSNE para obtener su registro, deberá realizar el trámite “Solicitud de Registro en el Servicio Nacional de Empleo”, para lo cual deberá proporcionar al personal de la OSNE, la información solicitada en el formato “Registro del Solicitante” (Anexo No. 2), y presentar en original y copia su CURP e identificación oficial, si esta última contiene impresa la clave CURP, no será necesario presentar la primera. En caso de que el formato “Registro del Solicitante”, contenga errores u omisiones, el personal de la OSNE lo hará del conocimiento del solicitante para que lo solucione inmediatamente.
En caso de que ya cuente con registro en el SNE, únicamente deberá presentar en la OSNE, su CURP e identificación oficial, si esta última contiene impresa la clave CURP, no será necesario presentar la primera, y en su caso se le solicitará actualizar su información para que sea turnado a la atención del personal que le aplicará la regla para selección.
Si el Buscador de empleo no cuenta con la CURP, el personal de la OSNE le facilitará su obtención.
3.4.2. Selección
El Solicitante de empleo será entrevistado individualmente para determinar su postulación a por lo menos cinco vacantes de acuerdo a su perfil; en caso de que no logre colocarse en alguna de ellas, se aplicará un cuestionario para definir su canalización a alguno de los subprogramas del PAE. Una vez identificado el subprograma al que será canalizado, se le pedirá actualizar sus datos y proporcionar los requisitos y documentación de acuerdo a las presentes Reglas.
El Solicitante de empleo canalizado queda registrado como tal en el Sistema mediante la captura inmediata en éste, de los datos contenidos en el formato “Registro del Solicitante”.
De reunir los requisitos y la documentación señalada de acuerdo al subprograma al que sea canalizado, será considerado como Solicitante de empleo seleccionado para recibir los apoyos correspondientes, quedando constancia de ello en el”Registro del solicitante” y en el Sistema, y se procederá a informarle de manera inmediata su selección, así como el horario, lugar y fecha donde recibirá los apoyos a que tenga derecho.
Para el caso del subprograma Movilidad Laboral en el sector agrícola el registro y selección podrán llevarse a cabo en las localidades de residencia de los jornaleros agrícolas por parte del Enlace de campo, conforme a las presentes Reglas.
Se dará prioridad a los proyectos que cuenten con la participación de integrantes del conjunto de hogares del padrón de beneficiarios del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades y del Programa de Apoyo Alimentario para su atención por parte del Programa. Para este criterio, el Programa podrá brindar asesoría para el diseño del proyecto.
3.4.3. Características de los apoyos
El PAE opera en función de la demanda de Solicitantes de empleo, en este sentido, de existir más solicitudes que el número de apoyos disponibles, éstas se resolverán en el orden en que se presenten, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal y se cubran los requisitos y documentación señalados.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo Cuarto del Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013; mediante este programa se dará atención preferente a los buscadores de empleo que una vez cumplidos los requisitos y documentación establecidos en las presentes Reglas, radiquen en los municipios enlistados en el Anexo A del mencionado Decreto, lo anterior como contribución al cumplimiento de los objetivos de la Cruzada Nacional contra el Hambre (para su consulta ingrese a la dirección electrónica:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5285363&fecha=22/01/2013
Los Beneficiarios del PAE reciben apoyos económicos y/o en especie con recursos públicos federales, los cuales en ningún caso podrán ser en efectivo, sino mediante medios electrónicos bancarios o cheque.
La STPS contratará un seguro de accidentes personales para la protección de los Solicitantes de empleo seleccionados del subprograma Bécate de aportación federal y estatal en las modalidades que se señalan en las presentes Reglas.
Las personas que ya fueron beneficiadas por alguno de los subprogramas del PAE y que requieran de intervención adicional en cualquiera de los subprogramas, podrán acceder a los beneficios siempre y cuando se cumpla lo establecido en el numeral correspondiente al “Registro y Selección de Solicitantes de Empleo” de las presentes Reglas.
3.5. Subprograma Bécate
3.5.1. Población Objetivo
Buscadores de empleo de 16 años o más, que requieren adquirir o reconvertir sus competencias o habilidades laborales para facilitar su colocación en un puesto de trabajo o el desarrollo de una actividad por cuenta propia.
3.5.2. Requisitos y Documentación
3.5.2.1. Requisitos
a) Ser Buscador de empleo;
b) Edad 16 años o más, y
c) Cubrir el perfil del puesto contenido en el “Programa de capacitación”.
3.5.2.2. Documentación
a) Documento que acredite su nivel máximo de escolaridad;
b) Identificación oficial vigente;
c) CURP, y
d) Documento que muestre la CLABE INTERBANCARIA de 18 posiciones (Sólo en caso de que sean o hayan sido sujetos de apoyo económico de otros Programas Federales y que su cuenta bancaria esté activa).
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copia legible, una vez cotejada la información, se devolverán los originales.
3.5.3. Características de los apoyos
Los apoyos que se otorgan en este subprograma consisten en:
Apoyo económico al Solicitante de empleo seleccionado (beca de capacitación) cuyo monto varía entre uno a tres salarios mínimos diarios de la zona económica donde se imparta la capacitación, multiplicado por cada día que asista al curso, de acuerdo a la modalidad del subprograma y de la duración del curso al que sea inscrito, mismo que puede ser de uno a tres meses conforme se muestra en la siguiente tabla:
Tipo y monto del apoyo
Modalidades
CapacitaciónMixta
Capacitación en la PrácticaLaboral
Capacitación para elAutoempleo
Vales deCapacitación
Beca de capacitación
Se entrega de forma mensual, según la duración del curso, siempre y cuando no sea dado de baja del curso (ver 3.5.4.3. Sanciones, de las presentesReglas).
1 a 3 salariosmínimos.
De conformidadcon el conveniode capacitaciónque se suscriba(Anexo No. 3)
1²/
A cargo del PAE
1 a 3 salariosmínimos.
De conformidadcon laespecialidad decapacitación delcurso
1/
A cargo del PAE
1 a 2 salarios mínimos.
De conformidad con laespecialidad de capacitación del curso
1/
A cargo del PAE
1 a 3 salariosmínimos.
De conformidadcon laespecialidad decapacitación delcurso
1/
A cargo del PAE
Curso de capacitación
La capacitación se impartirá por un mínimo de 30horas y un máximo de 48 horas a la semana.
1 a 3
meses
De conformidadcon el conveniode capacitaciónque se suscriba(Anexo No. 3)
²/
1 a 3
meses
De conformidadcon laespecialidad decapacitación delcurso
1 a 2
meses
De conformidad con laespecialidad de capacitación del curso
1 a 3
meses
De conformidadcon laespecialidad decapacitación delcurso
Vale de capacitación personal e intransferiblepara que se inscriba en un curso de capacitación
Cubre los costos de inscripción, colegiatura ymateriales, y en su caso, el costo de certificaciónlaboral.
Su valor no deberá ser mayor al equivalente de unsalario mínimo mensual del área geográfica 3/
No aplica
A cargo del PAE
Ayuda de transporte
$20.00 (Veinte pesos 00/100 M.N.) por cada díaque asista al curso de capacitación.
Se entrega de forma mensual, según la duración del curso, siempre y cuando no sea dado de baja del curso (ver 3.5.4.3. Sanciones, de las presentesReglas).
A cargo del PAE
Opcionalmente acargo de laempresa, cuandoasí se establezcaen el Conveniode Capacitación(Anexo No. 3)
A cargo del PAE Opcionalmente a cargo de la empresa, cuandoasí se establezca en laConfirmación de Participación de la Empresa (Anexo No. 4).
A cargo del PAE
Seguro de accidentes
A cargo de laempresa
A cargo del PAE
Servicio médico básico de atención
No aplica
Instructor
A cargo del PAE
A cargo del PAE
o en su caso a cargo deinstituciones o centros decapacitación estatal omunicipal, previo acuerdo con la OSNE
No aplica
Materiales que se consumen en el proceso deenseñanza aprendizaje
A cargo de laempresa
1/ La beca se determina multiplicando el monto del apoyo diario que se establezca, por el número de días efectivos de capacitación.
2/ Cuando se programen cursos con duración mayor a dos meses, o becas con monto mayor a dos salarios mínimos mensuales, se deberá obtener autorización expresa de la CGSNE, para lo cual la OSNE deberá presentar la justificación detallada que incluya información relativa al nivel técnico de la capacitación, el monto salarial de los puestos, y el tipo de contratación, a los cuales podrán acceder los beneficiarios.
3/ El vale será canjeable en instituciones de capacitación con las que previamente la OSNE establezca un convenio para su aceptación. La OSNE informará a los solicitantes la lista de instituciones y cursos, para que elijan aquella que más se ajuste a sus necesidades.
El monto del apoyo y duración del curso serán informados al Solicitante de empleo seleccionado, al momento de llevar a cabo la inscripción en el mismo.
En caso de personas que durante el presente año hayan sido beneficiarias del subprograma Bécate, y requieran capacitación adicional a la recibida para lograr su colocación en un empleo o actividad productiva por cuenta propia, podrán participar en cualquiera de las modalidades de este subprograma siempre y cuando la capacitación recibida durante el ejercicio fiscal no exceda de cuatro meses.
3.5.4. Derechos, obligaciones y sanciones
3.5.4.1. Derechos
a) Recibir información y asesoría del PAE;
b) Recibir apoyos del PAE, una vez cubiertos los requisitos y documentación señalada;
c) Recibir información sobre las oportunidades de empleo captadas por la bolsa de trabajo en la OSNE;
d) Recibir constancia de participación del curso, y
e) Recibir información de la Contraloría Social, así como presentar sugerencias, quejas o denuncias.
3.5.4.2. Obligaciones
a) Asistir al curso asignado en los días y horarios establecidos en el “Programa de capacitación”. (Anexo No. 5);
b) Realizar todas las actividades de aprendizaje teóricas y prácticas que indique el instructor del curso;
c) Cuidar y mantener en buen estado el equipo y herramienta que utilice en las prácticas de capacitación;
d) Respetar el reglamento interno de la empresa o centro capacitador;
e) Informar al personal de la OSNE su colocación en un puesto de trabajo, durante o después de haber concluido el curso, y
f) Proporcionar la información que solicite el personal de la OSNE, a las instancias de control, auditoría y supervisión, relacionada con los apoyos otorgados.
3.5.4.3. Sanciones
Será dado de baja del Programa y/o no será elegible para otro curso, cuando:
a) Incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas y/o
b) Proporcione datos o documentos falsos y/o
c) Acumule tres faltas consecutivas sin justificación alguna y/o
d) Acumule cuatro faltas en un mes.
3.6. Subprograma Fomento al Autoempleo
3.6.1. Población Objetivo
Buscadores de empleo de 18 años o más que cuenten con competencias y experiencia laboral acordes con la actividad productiva por cuenta propia que desea iniciar.
3.6.2. Requisitos y Documentación
3.6.2. Requisitos
a)    Ser Buscador de empleo;
b)    Edad 18 años o más;
c)     Percibir en su Núcleo familiar un ingreso menor a seis salarios mínimos, y
d)    Tener experiencia de por lo menos seis meses en las actividades inherentes al proceso y/o desarrollo de la IOCP propuesta, lo cual se corroborará en la entrevista que se realice al Solicitante de empleo canalizado.
3.6.2. Documentación
a)    Comprobante de Domicilio (recibos de luz o teléfono o agua o predial) o carta de avecindad con fotografía que demuestre la residencia de cuando menos dos años en la entidad federativa donde habite el Buscador de empleo canalizado;
b)    Elaborar y entregar la propuesta del proyecto de IOCP;
c)     “Carta Compromiso” firmada por todos sus integrantes (Anexo No. 6);
d)    Identificación oficial vigente, y
e)    CURP.
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copia legible, una vez cotejada la información, se devolverán los originales.
Las personas con discapacidad, adultos mayores, repatriados y preliberados que no cuenten con el requisito de experiencia de por lo menos seis meses en las actividades inherentes al proceso y/o desarrollo de la IOCP propuesta, tendrán la opción de participar en algún curso de capacitación del subprograma Bécate, cuya especialidad deberá corresponder con el giro de la IOCP que se propone.
No se apoyarán aquellas IOCP que se dediquen a la compra-venta y/o renta de bienes, expendios de alcohol y bebidas alcohólicas, giros de entretenimiento, billares o aquellas que de alguna manera puedan ligarse a centros de vicio; la combinación de giros en una sola IOCP o que impliquen la saturación del mercado.
3.6.3. Características de los apoyos
Los apoyos que se otorgan en este subprograma a los integrantes de la IOCP serán por única vez, por lo que aquellas personas que hayan sido apoyadas por el mismo, dejarán de ser elegibles para participar en éste. No obstante podrán solicitar su incorporación al subprograma Bécate, siempre y cuando cumplan con sus requisitos y documentación.
3.6.3.1. Apoyos
Los apoyos que se otorgan, consisten en mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta, cuyo costo puede ser de hasta $25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) por persona; y hasta $125,000.00 (ciento veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) cuando el número de integrantes de la IOCP sea de cinco o más.
Los bienes se entregarán en custodia a los integrantes de la IOCP, la cual estará sujeta a seguimiento durante doce meses, por parte de personal de la OSNE a partir de la fecha en que comience su operación, con los apoyos entregados, mediante visitas para verificar su funcionamiento y la utilización de los bienes otorgados, de acuerdo a lo establecido en la propuesta de la IOCP para que al final de dicho plazo, se proceda a su entrega oficial definitiva.
Cuando una IOCP reciba bienes recuperados de otra IOCP, podrá recibir apoyo económico por un monto de hasta $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) por persona que la integre y hasta $25,000.00 (veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) cuando el número de sus integrantes sea de cinco o más, este apoyo deberá ser destinado a:
a)    Mantenimiento y/o reparación de equipo, o
b)    Adquisición de mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta complementaria.
3.6.4. Derechos, obligaciones y sanciones
3.6.4.1. Derechos
a)    Recibir información sobre los beneficios y características del SNE así como del PAE y los subprogramas que lo integran;
b)    Recibir los servicios y/o apoyos señalados en el subprograma al que sea canalizado;
c)     Recibir información sobre las oportunidades de empleo captadas por la bolsa de trabajo en la OSNE;
d)    Recibir asesoría por parte del personal de la OSNE para la integración de la propuesta de proyecto de IOCP;
e)    Recibir información de la Contraloría Social, así como presentar sugerencias, quejas o denuncias, y
f)     Recibir información acerca del esquema de seguridad social al que pueden incorporarse los integrantes de la IOCP.
3.6.4.2. Obligaciones
a)    Notificar mediante escrito libre a la OSNE la fecha de inicio de operación de la IOCP, la cual no podrá exceder de 20 días hábiles posteriores a la fecha de entrega de los bienes;
b)    Usar los bienes entregados de acuerdo a lo establecido en la Propuesta de proyecto de IOCP aprobada;
c)     Notificar a la OSNE mediante escrito libre, en caso que la IOCP cambie de domicilio, en un plazo máximo de 5 días hábiles previos a la fecha del cambio;
d)    Permitir a las instancias de control y supervisión el acceso al local en donde se instalen los bienes entregados a la IOCP;
e)    Proporcionar la información que solicite la OSNE y las instancias de control y supervisión, relacionada con los apoyos entregados;
f)     Inscribir a la IOCP en el Registro Federal de Contribuyentes, de conformidad con lo que establecen las disposiciones fiscales aplicables para poder recibir los bienes en propiedad;
g)    Comprobar mediante factura, el gasto de los recursos entregados para adquisición de mobiliario, maquinaria y equipo y/o herramienta complementaria, o mantenimiento y/o reparación de equipo, en un plazo no mayor de 10 días hábiles, y
h)    Entregar copia simple legible de los permisos o licencias que autorizan la operación de la IOCP.
3.6.4.3. Sanciones
Se le retirarán los bienes entregados, cuando incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas y/o proporcione datos o documentos falsos; dichos bienes podrán ser reasignarlos a otra IOCP.
3.7. Subprograma Movilidad Laboral
Apoya a Buscadores de empleo de 16 años o más, que en sus entidades federativas de residencia no tengan la oportunidad de trabajar y que por tal razón tengan que trasladarse a otra de manera temporal o definitiva, donde se demande personas para ocupar una vacante con su perfil laboral.
3.7.1. Modalidad Sector Agrícola
3.7.1.1. Población Objetivo
Jornaleros agrícolas de 16 años o más Buscadores de empleo que en su entidad federativa de residencia no tengan la oportunidad de trabajar y que por tal razón requieran trasladarse a otra de manera temporal en la que se demanda para ocupar una vacante con su perfil laboral.
3.7.1.2. Requisitos y Documentación
3.7.1.2.1. Requisitos
a)    Ser Buscador de empleo, y
b)    Edad 16 años o más.
3.7.1.2.2. Documentación
a)    Identificación oficial vigente;
b)    CURP, y
c)     Documento que muestre la CLABE INTERBANCARIA de 18 posiciones (Sólo en caso de que sean o hayan sido sujetos de apoyo económico de otros Programas Federales y que su cuenta bancaria este activa).
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copia legible, una vez cotejada la información, se devolverán los originales.
3.7.1.3. Características de los apoyos
TIPO DE MOVILIDAD
DETALLE DE APOYO
INTERESTATAL
(Cuando el lugar de trabajo alque se le vincula se encuentre en un estado distinto al de su residencia).
$1,800.00 (un mil ochocientos pesos 0/100 M.N.).
Este apoyo se entregará en tres partes:
La primera por $600.00 (seiscientos pesos 00/100 M.N.) será entregada por la OSNE de entidad federativa de origen o residencia del jornalero agrícola, a partir del momento en que sea vinculado a una vacante y hasta antes de su salida a cubrirla.
La segunda por $600.00 (seiscientos pesos 00/100 M.N.) será cubierta por la OSNE deorigen, una vez que la OSNE de destino confirme a la de origen el arribo de losbeneficiarios al campo agrícola en que prestarán sus servicios.
La tercera por $600.00 (seiscientos pesos 00/100 M.N.) como apoyo para el retorno alugar de residencia del beneficiario se otorgará en la entidad federativa que hayarecibido a los jornaleros agrícolas y únicamente se entregará a aquellos que fueronenviados por la OSNE del lugar de residencia, siempre y cuando hayan cumplidosatisfactoriamente con los términos de contratación.
INTRAESTATAL
(Cuando el lugar de trabajo alque se le vincula se encuentre dentro del mismo estado de su residencia, pero en otro municipio o localidad).
$1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.).
Este apoyo se entregará en tres partes:
La primera por $500.00 (quinientos pesos 00/100 M.N.) será entregada por la OSNE apartir del momento en que sea vinculado a una vacante y hasta antes de su salida acubrirla.
La segunda por $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.), será cubierta, una vez que seconfirme el arribo de los beneficiarios al campo agrícola en que prestarán sus servicios.
La tercera por $300.00 (trescientos pesos 00/100 M.N.) como apoyo para el retorno alugar de residencia del beneficiario, se otorgará a aquellos que fueron enviados por laOSNE, siempre y cuando hayan cumplido satisfactoriamente con los términos decontratación.
Los apoyos descritos se otorgarán hasta en dos ocasiones durante el año, siempre y cuando se hayan cumplido contratos de al menos tres meses.
3.7.2. Modalidad Sectores Industrial y de Servicios
3.7.2.1. Población Objetivo
Buscadores de empleo de 16 años o más, que en sus localidades de residencia no tengan la oportunidad de trabajar en los sectores industrial y de servicios, y que por tal razón tengan que trasladarse a otra de manera temporal o definitiva, donde se demande personas para ocupar una vacante con su perfil laboral.
3.7.2.2. Requisitos y Documentación
3.7.2.2.1. Requisitos
a)    Ser Buscador de empleo, y
b)    Edad 16 años o más.
3.7.2.2.2. Documentación
a)    Documento que acredite su nivel máximo de escolaridad, sólo en el caso de la modalidad Industrial y de Servicios, cuando la vacante así lo determine;
b)    Identificación oficial vigente;
c)     CURP, y
d)    Documento que muestre la CLABE INTERBANCARIA de 18 posiciones (Sólo en caso de que sean o hayan sido sujetos de apoyo económico de otros Programas Federales y que su cuenta bancaria esté activa).
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copia legible, una vez cotejada la información, se devolverán los originales.
3.7.2.3. Características de los apoyos
TIPO DE MOVILIDAD
DETALLE DE APOYO
INTERESTATAL.
(Cuando el lugar de trabajo alque se le vincula se encuentre en un estado distinto al de su residencia).
Un salario mínimo mensual del área geográfica.
Este apoyo lo otorgará la OSNE que se ubique en la entidad federativa en que resida elSolicitante de empleo canalizado, previo cumplimiento de los requisitos y documentación establecidos en el numeral. 3.7.2.2.
INTRAESTATAL
(Cuando el lugar de trabajo alque se le vincula se encuentre dentro del mismo estado de su residencia, pero en otro municipio o localidad).
Medio salario mínimo mensual del área geográfica.
Este apoyo lo otorgará la OSNE que se ubique en la entidad federativa de residencia del Solicitante de empleo canalizado, previo cumplimiento de los requisitos y documentación establecidos en el numeral 3.7.2.2.
Los apoyos descritos se otorgarán hasta en dos ocasiones durante el año, siempre y cuando se hayan cumplido contratos de al menos tres meses.
3.7. 3. Vertiente para la colocación externa
3.7.3.1. Población Objetivo
Buscadores de empleo de 18 años o más, que en sus entidades federativas de residencia no tengan la oportunidad de trabajar, y que por tal razón tengan que trasladarse de manera temporal donde se demande personas para ocupar una vacante con su perfil laboral, siempre y cuando la vacante a cubrir forme parte de un mecanismo de coordinación para el flujo ordenado de trabajadores suscrito entre el gobierno federal mexicano y el gobierno del país respectivo.
3.7.3.2. Requisitos y Documentación
3.7.3.2.1. Requisitos
a)    Ser Buscador de empleo, y
b)    Edad 18 años o más.
3.7.3.3.2 Documentación
a)    Identificación oficial;
b)    CURP;
c)    Documento que muestre la CLABE INTERBANCARIA de 18 posiciones (Sólo en caso de que sean o hayan sido sujetos de apoyo económico de otros Programas Federales y que su cuenta bancaria este activa), y
d)    Comprobante de pago de derechos de visa de trabajo para el extranjero.
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copias legibles, una vez cotejados la información, se devolverá los originales.
3.7.3.3. Características de los apoyos
Con la finalidad de apoyar a reducir los costos de vinculación y de movilidad laboral, el Buscador de empleo seleccionado por un empleador extranjero recibirá por única vez dos salarios mínimos mensuales de la zona económica de la entidad federativa de residencia.
Este apoyo se entregará en dos partes por el importe de un salario mínimo cada uno de ellos:
Primera parte
Cuando el solicitante de empleo seleccionado cumpla con los requisitos y documentación solicitada en 3.7.3.2.
Segunda parte
Cuando el solicitante de empleo seleccionado obtenga su visa de trabajo y el pasaje aéreo al país a donde prestará sus servicios.
3.7.4. Derechos, obligaciones y sanciones del subprograma Movilidad Laboral
3.7.4.1. Derechos
a)    Recibir información sobre los beneficios y características del SNE así como del PAE y los subprogramas que lo integran;
b)    Recibir los servicios y/o apoyos señalados en el subprograma al que sea canalizado;
c)     Recibir información sobre las oportunidades de empleo captadas por la bolsa de trabajo en la OSNE, y
d)    Recibir información de la Contraloría Social, así como presentar sugerencias, quejas o denuncias.
3.7.4.2. Obligaciones
a)    Proporcionar la información que solicite la OSNE y las instancias de control y supervisión, relacionada con los apoyos otorgados mediante este subprograma;
b)    Cumplir con las disposiciones aplicables a los apoyos otorgados al beneficiario en este subprograma;
c)     Trasladarse a la empresa elegida, en la fecha y hora señaladas, y
d)    Cumplir con el tiempo de contratación ofrecido.
3.7.4.3. Sanciones
Será dado de baja del Programa, si incumple cualquiera de las obligaciones establecidas y/o proporcione datos o documentos falsos.
3.8. Subprograma Repatriados Trabajando
3.8.1. Población Objetivo
Buscador de empleo de nacionalidad mexicana de 16 años o más, que haya sido repatriado y que manifieste ante la OSNE, su interés por encontrar un empleo en su lugar de origen o residencia.
3.8.2. Requisitos y Documentación
3.8.2.1. Requisitos
a)    Ser Buscador de empleo;
b)    Edad 16 años o más;
c)     Ser connacional repatriado, y
d)    Estar registrado en los listados de eventos de repatriación o cuente con su boleta de repatriación emitida por el INM, con fecha máxima de quince días hábiles anteriores a la fecha en que se presente en la OSNE del lugar de repatriación o de residencia solicitar ser apoyado.
3.8.2.2. Documentación
a)    CURP *, y
b)    Boleta de repatriación expedida por el INM, en la cual se acredite la repatriación del Solicitante de empleo.
* En caso de que el Solicitante de empleo repatriado no exhiba este documento, el personal de la OSNE consultará la dirección electrónica http://consultas.curp.gob.mx/CurpSP/ para obtener la clave respectiva y realizar el registro en el SNE, conservando copia en el expediente.
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copia legible, una vez cotejada la información, se devolverán los originales.
3.8.3. Características de los apoyos
Los apoyos se otorgan por única vez conforme a lo siguiente:
1.     En el lugar de repatriación (frontera o aeropuerto)
       Orientación e información
       El Solicitante de empleo canalizado recibirá orientación e información acerca de vacantes disponibles en dicho lugar y su lugar de residencia.
2.     En el lugar de origen o residencia del Solicitante de empleo repatriado.
       Orientación e información y Apoyo económico
       El Solicitante de empleo seleccionado recibirá la orientación e información necesaria para la colocación en un empleo y el importe de un salario mínimo mensual del área geográfica donde se ubique su residencia, el cual se entregará en dos partes:
       Primera parte.
       Medio salario mínimo mensual.- El Solicitante de empleo seleccionado deberá acudir a la OSNE más cercana a su domicilio, dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de su repatriación según
los listados de eventos de repatriación del INM. Personal de la OSNE lo enviará a entrevistarse con Empleadores que ofrezcan vacantes acordes a su perfil, al menos en tres ocasiones y lo canalizará al área respectiva de la OSNE para recibir este apoyo.
       Segunda parte.
       Medio salario mínimo mensual.- Deberá acudir a la misma OSNE que le efectúo el primer apoyo económico y deberá presentar al personal de la OSNE que lo envió a cubrir las vacantes, el resultado de todas las entrevistas realizadas, se haya colocado o no.
Apoyo de otros subprogramas y modalidades del PAE
De no existir alguna vacante afín al perfil del Beneficiario, se le proporcionará información sobre los distintos mecanismos con que cuenta la OSNE para vincularlo, en su caso, con una actividad productiva, o podrá ser canalizado al subprograma del PAE, que señale el personal de la OSNE para procurar su colocación.
Las OSNE radicadas en los lugares de repatriación apoyarán con recursos de origen estatal, el retorno de connacionales repatriados a sus lugares de origen o residencia, por un monto que no exceda de $2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) por persona, siempre y cuando cuenten con disponibilidad presupuestal para ello.
3.8.4. Derechos, obligaciones y sanciones
3.8.4.1. Derechos
a)    Recibir información sobre los beneficios y características del SNE así como del PAE y los subprogramas que lo integran;
b)    Recibir los servicios y/o apoyos señalados en el subprograma;
c)     Recibir información sobre las oportunidades de empleo captadas por la bolsa de trabajo en la OSNE, y
d)    Recibir información de la Contraloría Social, así como presentar sugerencias, quejas o denuncias.
3.8.4.2. Obligaciones
a)    Proporcionar la información que soliciten la OSNE y las instancias de control y supervisión, relacionada con los apoyos otorgados, y
b)    Llevar a cabo todas las entrevistas a las que haya sido postulado por el personal de la OSNE y presentar a éste el resultado de las mismas.
3.8.4.3. Sanciones
Será dado de baja de este subprograma, si incumple cualquiera de las obligaciones establecidas y/o proporcione datos o documentos falsos.
3.9. Participación de Empleadores
Para lograr los objetivos del PAE, se requiere de la participación de distintos actores del mercado laboral, en particular de los Empleadores que requieren personal en una actividad o puesto específico y están en disponibilidad de proporcionar a la OSNE sus vacantes, con la finalidad de que ésta les envíe Buscadores de empleo para ocuparlas, ya sea de manera inmediata o como resultado de un proceso de capacitación concertado con la OSNE.
La OSNE pondrá a disposición de los Empleadores los programas y servicios del SNE a fin de que puedan elegir la opción que, a la par de disminuir sus costos, responda a sus necesidades de reclutamiento, selección y contratación de personal. En este sentido, los Empleadores interesados podrán solicitar visitas de promoción y/o asesoría ante cualquier OSNE. Para ello podrán consultar las direcciones y teléfonos del SNE de todo el país, en la dirección electrónica:
http://www.empleo.gob.mx/es_mx/empleo/donde_puedes_encontrarnos
o bien al teléfono 01 800 841 2020 con servicio totalmente gratuito en todo el país.
3.9.1. Registro
Para solicitar su registro en el SNE, el Empleador podrá elegir alguna de las siguientes opciones:
1. Registro remoto:
Realizar el trámite “Registro de Empleadores ante el Servicio Nacional de Empleo” para lo cual deberá acceder al Portal del Empleo (www.empleo.gob.mx), en la esquina superior derecha se encuentra la sección “Regístrate como:”, dar clic en el botón “Empresa” y capturar los datos solicitados, o llamar al SNE al teléfono (01 800 841 2020) y proporcionar la información que le sea solicitada por el operador.
2. Registro Presencial:
Las OSNE serán responsables del registro de los Empleadores que acepten participar en los programas y servicios del SNE. Para ello, el personal de la OSNE llevará a cabo las siguientes actividades:
a)    Visitar e informar al Empleador sobre las características y requisitos de participación de los Programas y/o Servicios de su interés;
b)    Apoyar al Empleador, en la realización del trámite “Registro de Empleadores ante el Servicio Nacional de Empleo”respecto a lo siguiente:
i.     Proporcionar el formato “Registro de Empleadores” SNE-02 (Anexo No. 7);
ii.     Solicitar original, para su cotejo y copia simple legible de la siguiente documentación:
·   Registro Federal de Contribuyentes;
·   Identificación oficial vigente del dueño o representante legal del Empleador, según aplique, y
·   En su caso, documento que acredite la personalidad del representante legal del Empleador.
iii.    Asesorar en el llenado del “Registro de Empleadores”, y
iv.    Revisar que el formato “Registro de Empleadores” contenga la firma del Empleador bajo protesta de decir verdad.
c)     Una vez requisitado el “Registro de Empleadores” y recibida la documentación señalada, revisa la información contenida y en caso de que el formato contenga errores u omisiones o falte algún documento, lo hará del conocimiento del Empleador para que sea solucionado inmediatamente, otorgando su registro de inmediato, y
d)    Registrar al Empleador en el Sistema mediante la captura de los datos del “Registro de
Empleadores”.
3.9.2. Requisitos y documentación
3.9.2.1. Cuando participe en Bécate
Una vez registrado en el SNE, el Empleador podrá proporcionar a la OSNE sus vacantes y/o solicitar su inclusión en alguno de los subprogramas o modalidades del subprograma Bécate, cumpliendo con los siguientes:
3.9.2.1.1. Requisitos para el Empleador
Requisitos
Bécate
CapacitaciónMixta
Capacitación en la Práctica Laboral
Elaborar y entregar un Programa de capacitación (Anexo No. 5);
Obligatorio
Obligatorio Integrado y consolidado por elInstructor Monitor
Acordar y firmar con la OSNE el Convenio de Capacitación (Anexo No. 3);
Obligatorio
No Aplica
Firmar y entregar a la OSNE la Confirmación de participación del empleador(Anexo No. 4).
No Aplica
Obligatorio
Disponer de un número de plazas vacantes igual o mayor a la cantidad deSolicitantes de empleo seleccionados solicitados a la OSNE;
Obligatorio
No Aplica
Recibir visita del personal de la OSNE para verificar que cumpla con lainfraestructura necesaria para llevar a cabo la capacitación.
Obligatorio
Capacitar a los Solicitantes de empleo seleccionados mediante su integración al proceso productivo de acuerdo al Programa de capacitación (Anexo No. 5);
Obligatorio
Obligatorio
El número deSolicitantes deempleoseleccionados debe ser menor o igual a la cantidad de personalcontratado con elempleador y hasta un máximo de cinco porempleador
Proporcionar a los beneficiarios un seguro de accidentes y servicio médicobásico de atención;
Obligatorio
No Aplica
Proporcionar el material, instructores y equipo necesarios para el desarrollo del curso de capacitación;
Obligatorio
Obligatorio.
No aplica
el instructor
Emitir y entregar de manera conjunta con la OSNE un comprobante que acredite la participación de los beneficiarios en el curso;
Obligatorio
Contratar al menos al 80% del total de los beneficiarios egresados del curso ocursos de capacitación, con el salario mensual ofrecido por la empresa(señalado en el SNE-02) el cual debe ser igual o mayor al monto de la becaotorgada. De manera particular, en el sector turismo, debido a lascaracterísticas de temporalidad de sus actividades, el periodo de contrataciónde los egresados será el doble de la duración del curso de capacitación;
Obligatorio
No Aplica
Informar por escrito a la OSNE al concluir el curso de capacitación, el nombrede los Beneficiarios que concluyeron su capacitación y que fueroncontratados, así como el nombre del puesto que ocupan, su temporalidad y elmonto del salario mensual ofrecido por la empresa (señalado en el SNE-02)
Obligatorio
Registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Obligatorio
No Aplica
Nota: Los documentos se deberán presentar en original y copia legible, una vez cotejada la información, se devolverán los originales. Asimismo, la OSNE podrá verificar en todo momento, la veracidad del contenido de la información y del requerimiento de personal.
3.9.2.2. Cuando participe en Movilidad Laboral
3.9.2.2.1. Requisitos y documentos
Requisitos y documentos
Movilidad Laboral
Sector Agrícola
Sectores Industrial y de Servicios
Requerimiento de personal (Anexo No. 11 y 12), firmado bajo protesta de decir verdad
Obligatorio
Recibir visita del personal de la OSNE para verificar que cumpla con lainfraestructura necesaria para la contratación de buscadores de empleo
Obligatorio
Disponer de un número de vacantes igual o mayor a la cantidad de Solicitantes de empleo seleccionados solicitados en su requerimiento de personal
Obligatorio
3.9.3. Derechos, obligaciones y sanciones
3.9.3.1. Derechos
a)    Recibir información y orientación de la OSNE para acceder a los servicios, subprogramas y modalidades del PAE;
b)    Ser registrado en el Sistema como Empleador, y
c)     Recibir Solicitantes de empleo seleccionados para cubrir sus vacantes.
3.9.3.2. Obligaciones
Cuando participe en Bécate
a)    Cumplir los compromisos establecidos en el “Convenio de Capacitación” (Anexo No. 3) o “Confirmación de Participación de la Empresa” (Anexo No. 4), de acuerdo a la modalidad de capacitación que aplique, y
b)    Reportar al personal de la OSNE de la entidad federativa a los tres, seis, nueve y doce meses, la permanencia en el empleo de los beneficiarios contratados.
Cuando participe en el subprograma Movilidad Laboral
a)    Facilitar el acceso y/o coordinarse con la OSNE para verificar el arribo de los trabajadores;
b)    Entregar a la OSNE el reporte del número de personas recibidas;
c)     Entregar un informe por escrito a la OSNE que contenga el número de personas que fueron contratadas, nombre y RFC de la empresa en dónde se colocó, salario y prestaciones otorgadas;
d)    Recibir visita del personal de la OSNE para verificar la permanencia de las personas vinculadas con el Empleador, y
e)    Cumplir con los compromisos establecidos en sus requerimientos de mano de obra registrados ante las OSNE.
3.9.3.3. Sanciones
El Empleador que incumpla cualquiera de las obligaciones señaladas o proporcione datos o documentos falsos, se le aplicarán las siguientes sanciones:
Retiro de su registro de Empleador ante el SNE, con lo cual quedará impedido definitivamente para acceder a los programas y servicios que opera la OSNE, y cuando participe en Bécate, además procederá la suspensión de los cursos de capacitación que se encuentren en operación.
3.10. Participantes
3.10.1. Ejecutores
La ejecución del PAE se realiza de manera coordinada entre el Gobierno Federal a través de la STPS por conducto de la CGSNE y los gobiernos de las entidades federativas, los cuales, conforme a lo establecido en el Convenio de Coordinación para la Operación de los Servicios, Programas, Estrategias y Actividades en el Marco del Servicio Nacional de Empleo (Anexo No. 8), han dispuesto en función de sus estructuras administrativas una red de oficinas en la entidad federativa, a las cuales para efecto de las presentes Reglas se les denomina OSNE.
Las OSNE son las instancias responsables de operar el PAE, ejercer los recursos asignados por la STPS a través de la CGSNE y autorizar las Acciones a desarrollar en todos los subprogramas, así como de la integración y guarda de los expedientes derivados de la operación de todos los subprogramas y servicios del SNE. Lo anterior, con apego a las presentes Reglas y a las disposiciones normativas aplicables.
3.10.1.1. Sanciones a las instancias ejecutoras
En el marco de las presentes Reglas, la STPS a través de la CGSNE, podrá suspender temporal o indefinidamente la radicación de recursos a la OSNE que incumpla con alguno de los procesos establecidos en los Lineamientos para Administrar el Presupuesto de los Programas del Servicio Nacional de Empleo, los cuales se pueden consultar en la dirección electrónica:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/transparencia/programas_sociales/reglasopera.htm.
3.11. Instancia Normativa
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10 y 14 del Reglamento Interior de la STPS y en el Manual de Organización General de la STPS, la CGSNE, en uso de las atribuciones que le confieren ambos ordenamientos, es la instancia normativa para la ejecución del PAE.
Así, la STPS por conducto de la CGSNE, proporciona las Reglas, normas, manuales, criterios, lineamientos, asistencia técnica y recursos para la operación del PAE, además de realizar su monitoreo, seguimiento y evaluación.
La STPS por conducto de la CGSNE, realizará las gestiones necesarias a fin de evitar que sus programas servicios y actividades se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal.
Es importante mencionar que no se considerará duplicidad aquellos apoyos que resulten complementarios.
3.12. Coordinación Institucional
Con la coordinación institucional y la vinculación de operaciones, se busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos.
A efecto de formalizar la coordinación de actividades entre el Ejecutivo Federal por conducto de la STPS y los gobiernos de las entidades federativas, así como las aportaciones federal y estatal del PAE, quedan formalizadas con la suscripción del Convenio de Coordinación para la Operación de los Servicios, Programas, Estrategias y Actividades en el Marco del Servicio Nacional de Empleo (Anexo No. 8), en cuyo clausulado se establece el monto específico y destino de las aportaciones mencionadas y se establecen los compromisos de coordinación que asumen ambas partes para el cabal cumplimiento de los programas y actividades de la CGSNE en cada entidad federativa.
En el marco de estos convenios, la STPS por conducto de la CGSNE asigna recursos de subsidios provenientes de su presupuesto autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, a las OSNE con el fin de operar el PAE, los cuales se destinan para: beca, instructor monitor, enlace de campo, material de capacitación, ayuda de transporte y seguro de accidentes que se otorgan a los beneficiarios según el tipo de intervención; así como subsidios de apoyo equivalentes a viáticos y pasajes; contratación de asesores o promotores; capacitación a los operadores; ferias de empleo; difusión, publicación de periódico de ofertas de empleo y revista informativa, entre otros, para llevar a cabo acciones de operación a efecto de promover, difundir y concertar, así como para dar información y llevar el seguimiento, control y evaluación a nivel local.
Por su parte, los gobiernos de las entidades federativas contribuyen con recursos propios cuyo importe es de por lo menos el veinte por ciento del total de los recursos asignados anualmente por la CGSNE, los cuales se deberán destinar a cubrir gastos de operación y administración de la OSNE, tales como pago a personal, papelería, luz, teléfono, material de consumo informático, líneas telefónicas y conectividad, gastos para el Sistema Estatal de Empleo, Reuniones del Comité Estatal de Capacitación y Empleo, y comisiones bancarias, entre otros conceptos.
Adicionalmente, para fortalecer e incrementar la asignación presupuestaria destinada al PAE y consecuentemente las acciones que se llevan a cabo en el marco del Convenio de Coordinación para la Operación de los Servicios, Programas, Estrategias y Actividades en el Marco del Servicio Nacional de Empleo, la STPS establece una modalidad de distribución de recursos denominada “Estímulo a la Aportación Estatal”, mediante la cual, por cada peso que los gobiernos de las entidades federativas asignen a la ejecución del PAE, la STPS asigna una cantidad en correspondencia, misma que se acuerda con losgobiernos de las entidades federativas. En ese sentido, se favorece una política de reciprocidad en la operación del PAE y se reconoce el esfuerzo de las entidades federativas en materia de acciones de empleo.
Los logros alcanzados con estos recursos se registran y contabilizan como resultados del PAE en su conjunto, por lo que se deben utilizar conforme a lo establecido en las presentes Reglas y demás disposiciones aplicables que emita la CGSNE.
Cabe mencionar que la STPS podrá establecer acciones de cooperación y coordinación con los sectores privado y social, o con otros órdenes de gobierno, para el desarrollo y operación del PAE.
3.13. Radicación y Comprobación de Subsidios
La STPS por conducto de la CGSNE coordina la operación de las OSNE en las entidades federativas, a través de las cuales se entregan los apoyos del PAE.
Con el propósito de agilizar el traslado de recursos y propiciar la entrega oportuna de apoyos a los Beneficiarios, la CGSNE atenderá las Solicitudes de Recursos que presenten las OSNE de conformidad con las previsiones definidas para un periodo determinado.
La documentación soporte del ejercicio de recursos queda bajo el resguardo de las OSNE durante el plazo que establece la normatividad aplicable. Esta documentación constituye la base para que las OSNE elaboren los formatos de comprobación.
Los procesos y formatos para la radicación y comprobación de subsidios del PAE se detallan en los “Lineamientos para Administrar el Presupuesto de los Programas del Servicio Nacional de Empleo”.
4. Operación
4.1. Proceso
Para realizar el registro no existe fecha límite para ello, por lo que se puede llevar a cabo en cualquier momento durante el año. Los plazos de prevención se mencionan en la regla de Registro;
Los plazos de resolución, una vez que el Solicitante de empleo es canalizado, cumpliendo con los requisitos establecidos y con base en la disposición presupuestal, son los siguientes:
Bécate, de manera inmediata.
Fomento al Autoempleo, en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de la fecha de la emisión del dictamen del Comité Interno de Evaluación.
Movilidad Laboral
Sector Agrícola, de manera inmediata.
Sector Industrial y de Servicios, de manera inmediata.
Para la colocación externa, de manera inmediata.
Repatriados Trabajando, de manera inmediata.
Para mejor comprensión del proceso se anexan a las presentes Reglas, diagramas de flujo (Anexo No. 9) de cada uno de los subprogramas.
4.2. Gastos de Operación
Para el desarrollo de las diversas actividades del PAE, asociadas con la coordinación, planeación, operación, seguimiento y evaluación interna y externa, la STPS podrá destinar recursos de hasta el 10.64% del presupuesto total asignado al PAE.
4.3. Ajustes durante el ejercicio presupuestario
Para lograr el mayor nivel de ejercicio y aprovechamiento de los recursos, a partir del segundo trimestre del año, la STPS podrá iniciar el monitoreo del ejercicio de cada OSNE a fin de determinar los ajustes presupuestarios necesarios, con el objeto de canalizar los recursos disponibles en el calendario, de aquellas OSNE que no los hubieran ejercido a la fecha de corte, hacia aquellas con mayor ritmo de ejercicio presupuestal en la ejecución del PAE, para evitar recortes presupuestarios a la STPS.
4.4. Ejecución
4.4.1. Avances físicos financieros
La CGSNE obtiene del Sistema los datos sobre el avance físico-financiero del PAE y envía a la DGPP, la información que sirve para integrar los informes trimestrales establecidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 y en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
4.5. Acta de entrega recepción
(No aplica)
4.6. Cierre de ejercicio
La OSNE, con base en la documentación soporte del ejercicio presupuestario bajo su resguardo, elabora el cierre de ejercicio del PAE de su entidad federativa, por subprograma y subsidios de apoyo, el cual debe remitirse a la CGSNE de acuerdo a lo establecido en los “Lineamientos para Administrar el Presupuesto de los Programas del Servicio Nacional de Empleo”.
4.6.1. Recursos no devengados
Los recursos radicados y no ejercidos al final del ejercicio presupuestario, se reintegran a la TESOFE por parte de las OSNE de acuerdo con lo que señalan los “Lineamientos para Administrar el Presupuesto de los Programas del Servicio Nacional de Empleo”.
4.7. Casos no previstos, de excepción y modificaciones a las presentes Reglas
Los casos que no se encuentren previstos en las presentes Reglas y que sean objeto del PAE, deberán ser turnados al Comité de Validación Central de la STPS, el cual estará conformado por el titular de la STPS, quien lo preside, así como por los titulares de la Subsecretaría de Empleo y Productividad Laboral, Oficialía Mayor, Dirección General de Programación y Presupuesto, Dirección General de Asuntos Jurídicos y Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo.
Dicho Comité analizará:
a)    El grado de urgencia de las acciones a implementar;
b)    Su impacto social y económico en la entidad federativa o región que corresponda;
c)     La disponibilidad de recursos para su atención; y
d)    Que se evite la duplicidad de acciones para su atención, derivada de la aplicación de programas operados por otras dependencias.
Con base en lo anterior, el Comité emite su resolución estableciendo los términos en los que deberá atenderse el requerimiento así como los alcances y modalidades de la misma.
Las resoluciones del Comité de Validación Central de la STPS tienen aplicación específica para cada caso en concreto que se presente y, en su caso, la resolución es notificada al o a los gobiernos de las entidades federativas correspondientes.
En caso de que por cualquier circunstancia se requieran modificaciones a las presentes Reglas, deberán apegarse estrictamente a lo establecido en las disposiciones y normatividad aplicables.
5. Auditoría, control y seguimiento
Considerando que los recursos que la STPS otorga a las OSNE para operar el PAE no pierden su carácter federal al ser entregados a éstas, su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables, por lo que serán auditados por el Órgano Interno de Control en la STPS y, en su caso, por Auditores Independientes contratados por la STPS en coordinación con los Órganos Estatales de Control, la Auditoría Superior de la Federación, y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes para ello.
Asimismo, el Banco Interamericano de Desarrollo podrá llevar a cabo visitas de revisión a los subprogramas Bécate y Fomento al Autoempleo, de acuerdo con lo dispuesto en el contrato de préstamo vigente, suscrito entre el Gobierno Mexicano y el Banco Interamericano de Desarrollo.
La CGSNE y las OSNE llevarán a cabo el seguimiento, control y supervisión del PAE, conforme a los criterios que establezca la CGSNE.
6. Evaluación
6.1. Interna
La STPS, conforme a lo dispuesto en el artículo 75, fracción X, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y en el artículo 181 de su Reglamento, enviará a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, turnando copia a la SHCP, informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido y el cumplimiento de metas y objetivos.
Dichos informes se presentarán en los plazos establecidos en el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria o en el que para tal efecto señale la SHCP.
6.2. Externa
De acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley General de Desarrollo Social, los Lineamientos Generales para la Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación; la evaluación externa del PAE se realizará con base a las disposiciones del Programa Anual de Evaluación, que determinen la SHCP, la SFP y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) para el ejercicio fiscal aplicable. La coordinación del proceso estará a cargo de la DGPP, como unidad administrativa externa a la operación del PAE.
La STPS remitirá los resultados de la evaluación externa a las instancias correspondientes, de acuerdo con la normatividad aplicable y los difundirá a través de la página de Internet de la STPS.
7. Transparencia
7.1. Difusión
La STPS, por conducto de la CGSNE y en coordinación con las OSNE dará amplia difusión al PAE a nivel nacional. Para tal fin, dicha información estará disponible en la página de Internet de la STPS, dirección:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/transparencia/programas_sociales/reglasopera.htm
Asimismo, la CGSNE diseñará los materiales de difusión que contengan las características de los apoyos otorgados para brindar información de manera práctica a la población beneficiaria, así como las instancias y mecanismos para la presentación de sugerencias, quejas o denuncias. Dichos materiales deberán de incluir la siguiente leyenda:
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
Los materiales de difusión deberán de contener las características del subprograma, los requisitos de participación, el importe y características del apoyo, los derechos y obligaciones de los beneficiarios, así como los números telefónicos y direcciones de las instancias y mecanismos para la presentación de sugerencias, quejas o denuncias.
Los materiales (Cuadrípticos y Carteles) a elaborar son:
a)    Cuadríptico: “Contraloría Social. Una Acción que da confianza…” Explica en qué consiste la Contraloría Social en el PAE y las formas en que los beneficiarios pueden colaborar en estas acciones.
b)    Cuadrípticos y carteles que contienen las características de los subprogramas del PAE, así como los derechos y obligaciones de los beneficiarios.
7.2. Contraloría Social
En cumplimiento al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social emitido por la SFP, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 2008, se promoverá la participación de los beneficiarios del PAE para vigilar la correcta aplicación, ejecución y uso de los recursos destinados al mismo, por medio de la integración de Comités de Contraloría Social que coadyuven a transparentar el ejercicio del PAE.
La integración de Comités y demás acciones que se propicien entre los beneficiarios se ajustará tanto a los citados Lineamientos, como al Esquema de Contraloría Social y la Guía Operativa de Contraloría Social del SNE, la cual está disponible para su consulta en la Dirección:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/conoce/quienes_somos/quienes_somos/enlaces_relacionados/evaluaciones_externas_ramo14_stps.htm
Entre las principales actividades a realizar por los Comités de Contraloría Social están el verificar que se difunda información suficiente, veraz y oportuna sobre la operación del PAE, supervisar que las acciones de Contraloría Social se realicen conforme a lo programado y proporcionar la información a los beneficiarios de las instancias y medios para presentar sugerencias, quejas y denuncias o reconocimientos.
Se difundirá la información de la Contraloría Social en los subprogramas del PAE a través de los siguientes documentos: Esquema de Contraloría Social; Guía Operativa de Contraloría Social del SNE y el Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social, documentos que explican los mecanismos mediante los cuales pueden participar los beneficiarios en el control y vigilancia de los recursos que reciben, así como el respeto a sus derechos y conocimiento de sus obligaciones que contribuyan a fomentar una cultura de transparencia compartida entre los ciudadanos y las instancias responsables de operar el PAE.
7.3. Medidas complementarias
7.3.1. En periodos electorales
Con motivo de las elecciones para la renovación de los distintos poderes federales, estatales y municipales, la OSNE deberá cuidar que los recursos destinados a la realización del PAE se ejerzan con base en las presentes Reglas, además de observar lo siguiente:
a)    No realizar actos masivos de promoción, concertación, vinculación, reclutamiento, selección o entrega de apoyos a beneficiarios de cualquier subprograma del PAE durante los diez días naturales previos a la fecha de la elección, municipal, estatal y/o federal y seis días posteriores a dicho evento;
b)    Elaborar los reportes solicitados por la CGSNE, correspondientes a las acciones que en materia de blindaje electoral lleve a cabo la OSNE, y
c)     Cualquier otra indicación que se derive de acuerdos suscritos por las autoridades en materia de blindaje electoral.
En el caso de presenciar algún delito electoral, favor de denunciarlo al teléfono 01 800 8 FEPADE (01 800 8 33 72 33) totalmente gratuito, desde cualquier punto en la República Mexicana. “Denuncia los delitos electorales afepadenet@pgr.gob.mx o denunciaspgr@pgr.gob.mx .
7.3.2. De manera permanente
a)    Evitar que participen partidos políticos, se realicen actos de proselitismo político o se entregue propaganda política dentro de las instalaciones donde se lleven a cabo ferias de empleo, entrega de apoyos a beneficiarios o cualquier actividad del PAE;
b)    No realizar actos de reclutamiento de Buscadores de empleo ni algún otro acto dentro de su competencia, en oficinas de los partidos políticos o de asociaciones con fines similares;
c)     No difundir información sobre acciones o beneficios del PAE que puedan interpretarse como apoyo para algún partido político o pertenencia al mismo;
d)    No solicitar ni aceptar como identificación para la entrega de apoyo a beneficiarios o el otorgamiento de cualquier otro beneficio del PAE, credenciales de cualquier partido político, y
e)    Verificar que todas las acciones de promoción y difusión del PAE que se realicen en la OSNE, cumplan con las disposiciones normativas aplicables.
El Órgano Estatal de Control, en coordinación con la CGSNE, verificará lo correspondiente a la realización de dichas acciones para informar periódicamente a la SFP el cumplimiento de las mismas.
8. Sugerencias, quejas y denuncias
Las sugerencias, quejas y denuncias de la ciudadanía pueden presentarse en: la Coordinación de Supervisión, Contraloría Social y Asesoría Jurídica de la OSNE; en la CGSNE, al correo electrónico quejas.pae@stps.gob.mx o a los números telefónicos 01 800 841 2020 y (01 55) 3000 4142; en el Órgano Interno de Control en la STPS al correo electrónico quejas_oic@stps.gob.mx o al número telefónico (01 55) 5002 3368; en la SFP vía personal, escrita, Internet (www.funcionpublica.gob.mx) o telefónica (Contacto Ciudadano 01-800-386-24-66 en el interior de la República Mexicana o al (01 55) 2000-2000 en la Ciudad de México) y en el Órgano Estatal de Control de cada entidad federativa.
9. Formatos
Los formatos serán proporcionados gratuitamente por la OSNE.
Asimismo, podrán reproducirse libremente, siempre y cuando no se altere su contenido y la impresión de los mismos se haga en hojas blancas tamaño carta u oficio según el caso.
Los formatos “Registro del Solicitante” (Anexo No. 2) y “Registro de Empleadores” SNE-02 (Anexo No. 10), recabarán entre otra información el domicilio geográfico, con base en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
En este sentido, el Solicitante de empleo y Empleador deberán proporcionar la información en apego a dicha Norma.
Los interesados podrán obtener y utilizar los formatos que se encuentran disponibles en la dirección de Internet:
http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/transparencia/programas_sociales/reglasopera.htm
La CGSNE deberá tener públicamente a disposición de quienes lo soliciten los formatos a que se refiere el presente Acuerdo.
El personal de atención al público de la CGSNE y de las OSNE deberán proporcionar la orientación e información necesaria para el llenado de los formatos respectivos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las presentes Reglas serán aplicables en ejercicios fiscales subsecuentes, siempre que no se opongan a lo previsto en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente y hasta en tanto se emitan nuevas Reglas.
TERCERO.- Los Convenio de Coordinación para la Operación de los Servicios, Programas, Estrategias y Actividades en el Marco del Servicio Nacional de Empleo, suscritos durante el ejercicio fiscal 2013 por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y los Gobiernos de las entidades federativas, continuarán vigentes, siempre que no se opongan a lo previsto en las disposiciones legales aplicables del ejercicio fiscal correspondiente y hasta en tanto se suscriban nuevos Convenios de Coordinación.
CUARTO.- A partir de la entrada en vigor de las presentes Reglas, la CGSNE continuará adoptando en el Sistema, la estructura de datos del domicilio geográfico conforme a lo establecido en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a once de diciembre de dos mil trece.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Jesús Alfonso Navarrete Prida.- Rúbrica.

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