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La Cámara de Senadores dio primera lectura a la minuta que reforma el Código Fiscal de la Federación, cuyo objetivo es establecer mecanismos accesibles de bajo costo, a fin de simplificar el pago de impuestos, captar a nuevos contribuyentes y asegurar la plena integración de éstos al ciclo tributario.




En el dictamen, se consideran procedentes las modificaciones que contemplan medidas contra contribuyentes defraudadores y la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario.
De igual manera, se respalda la contabilidad por Internet, a través de sistemas informáticos y la incorporación de las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones.
Con la reforma también se establece como supuesto el domicilio fiscal señalado por los particulares como usuarios de entidades financieras o de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, a efecto de que la autoridad fiscal facilite la ubicación de contribuyentes no localizados.
Por otro lado, se otorga seguridad jurídica a los contribuyentes cuando la autoridad ejerza medidas de apremio, el embargo precautorio y la inmovilización de cuentas bancarias.
Se implementa un esquema de fiscalización electrónica para que la autoridad realice la notificación, requiera y reciba la documentación e información del contribuyente y establece como un medio alternativo para el cumplimiento de obligaciones fiscales, la figura de acuerdos conclusivos.
Otra de las medidas contempladas en la minuta es la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyente, a fin de dar a conocer a aquellos que se consideren “riesgosos” para celebrar actos mercantiles o de comercio porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.
También sugiere un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el tráfico de comprobantes fiscales, a fin de atacar la problemática de fraudes tributarios mediante sanciones a quienes se benefician de este tipo de actividad ilegal.
En el dictamen se indica que los contribuyentes deberán ofrecer la garantía del interés fiscal.
Asimismo, considera los montos por los cuales podrá realizarse el embargo de bienes y el orden que deberá seguirse para el señalamiento de éstos, las reglas que aplicarán para su notificación, así como el procedimiento para dejar sin efecto dicho embargo.
En cuanto al sistema electrónico o buzón tributario se explica que con su implementación se aprovecharán las tecnologías de la información y comunicación para hacer más eficiente y expedita la interacción entre autoridad y contribuyente y éste entrará en vigor en junio de 2014 para las personas morales y en enero de 2015 para las personas físicas.
También se contemplan sanciones en caso de que se modifique, destruya o provoque la pérdida de información que contenga dicho buzón.

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