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¿Puede hacerse el aviso de cambio de domicilio después de iniciada una visita domiciliaria?


¿Puede hacerse el aviso de cambio de domicilio después de iniciada una visita domiciliaria?


Sí, el aviso debe presentarse con cinco días de anticipación a que ocurra el cambio de domicilio, siempre que no se haya notificado una resolución que determine contribuciones omitidas.

Fundamento legal:  Artículo 18 de la (Descarga de archivo word  1.9 mB) Artículo 27, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación.Ilícita.
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