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El 59% de la población ocupada obtiene sus ingresos del sector informal.

En la exposición de motivos con la que el ejecutivo federal sustenta la iniciativa de modificación al Código Fiscal de la Federación menciona, entre otras cosas, que el 59% de la población ocupada obtiene sus ingresos del sector informal.

Imagen tomada de almomento.mx

El grado de cumplimiento de los ciudadanos con sus obligaciones tributarias está relacionado en gran medida con el conocimiento de sus responsabilidades fiscales y con la facilidad para cumplirlas. De acuerdo con datos del estudio Doing Business que publica el Banco Mundial, México se ubica en el lugar 107 en cuanto a la facilidad que tienen los contribuyentes para pagar sus contribuciones, y en el 155 en relación con el tiempo que invierten en el cumplimiento de sus obligaciones; lo anterior, de una lista de 183 países analizados, lo que incide negativamente en la decisión de contribuir para el gasto público.


El crecimiento de la economía informal, por otra parte, es un incentivo negativo para que el contribuyente cumpla de manera espontánea con su deber de tributar, previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución. De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, al primer trimestre de 2013, el 59% de la población ocupada obtiene sus ingresos del sector informal, lo que propicia en el contribuyente legal la decisión de evadir impuestos, al percibir que las actividades que compiten con la suya se desarrollan en un marco de incumplimiento.
La administración tributaria en nuestro país, en el contexto descrito, tiene el reto de crear mecanismos accesibles, de bajo costo, que simplifiquen el pago de impuestos al tiempo que permitan captar a nuevos contribuyentes y asegurar la plena integración de éstos al ciclo tributario.
Es así que en la presente Iniciativa se propone introducir nuevos procedimientos simplificados, que estimulen la incorporación a la formalidad y el cumplimiento de obligaciones tributarias.
Por otra parte, mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, se otorgan facilidades para que los contribuyentes se inscriban en el registro federal de contribuyentes a través de Internet, y se establece la figura del buzón tributario, a través del cual los contribuyentes podrán interactuar e intercambiar en tiempo real información, notificaciones, datos y toda clase de documentos con la autoridad fiscal, vía electrónica, con el consecuente incremento de la eficacia en sus gestiones, así como ahorro de tiempo y dinero.
Asimismo, la presente propuesta aclara la forma en que los contribuyentes integrarán la contabilidad a través de medios electrónicos, y establece la obligación de sustentar en comprobantes fiscales digitales por Internet las erogaciones que se pretendan deducir, precisando también la forma en que pondrán a disposición de sus clientes los comprobantes que emitan.
Por lo anterior, las reformas, adiciones y derogaciones al Código Fiscal de la Federación que se presentan consisten, esencialmente, en aclarar el sentido de las disposiciones fiscales con el fin de dotar a la autoridad de un marco legal que le permita disminuir la complejidad y los tecnicismos.

 

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SHCP : Resumen de lo aprobado por la cámara de diputados de la reforma hacendaria

El pasado 8 de septiembre, el Gobierno de la República presentó la Iniciativa de Reforma Hacendaria y de Seguridad Social, así como la Propuesta de Paquete Económico para el 2014. 
Durante este tiempo, ambas iniciativas han sido analizadas por la H. Cámara de Diputados, por lo que en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el pasado 18 de octubre, ese órgano legislativo aprobó la Ley de Ingresos de la Federación para 2014 (LIF). Cabe destacar, que ésta todavía debe ser analizada, discutida y aprobada por la Cámara de Senadores antes del próximo 31 de octubre.    
En este sentido, en la LIF (la cual contiene los conceptos bajo los cuales se captan recursos financieros para cubrir los gastos de la federación durante un ejercicio fiscal) aprobada por la Cámara de Baja para 2014 se:
       Estiman ingresos públicos por 4,470 mil millones de pesos (mmp), los cuales representan 9.7 mmp menos al estimado que presentó el Ejecutivo Federal en su paquete económico para el próximo año. De éstos 2,712 mmp corresponden a los Ingresos del Gobierno Federal, 1,106 mmp a Ingresos de Organismos y Empresas y 650 mmp a ingresos derivados de financiamientos.



Origen de los Ingresos de la Federación, 2014
       Proyecta que del total de ingresos del Gobierno Federal, alrededor del 65% (1,753 mmp) corresponde a ingresos por impuestos. Entre éstos, el 57.7% proviene del ISR, el 34.8% del IVA y el 7.5% del IEPS. 

Ingresos por impuestos del Gobierno Federal.
Concepto
LIF 2014
% del total
ISR
1,011.5
57.7
IVA
609.4
34.8
IEPS
132.3
7.5
Total
1,753.2
100.0

• Establece un precio de referencia de la mezcla mexicana de petróleo de 85 dólares por barril, desde 81 de la propuesta inicial, con lo que se estima captar 45 mmp más de la iniciativa original.

• Proyecta un tipo de cambio de 12.9 pesos por dólar desde 12.6, lo que generará otros 11 mmp sobre la propuesta inicial.

• Pronostica un crecimiento real del PIB de 3.9%.

• Plantea un déficit público de 1.5% del PIB.

• Prevé un endeudamiento neto del Gobierno Federal por 580.8 mmp.

• Considera aumentar los ingresos no recurrentes en 5 mmp.

De igual forma, las iniciativas que comprende la Propuesta de Reforma Hacendaria y de Seguridad Social fueron ampliamente analizadas y discutidas por los diputados y diputadas de la LXII Legislatura con lo cual se enriqueció la propuesta original del Ejecutivo. De esta forma, el pasado 18 de octubre, la iniciativa de Reforma Hacendaria fue aprobada y turnada para su posterior análisis por la Cámara de Senadores. Los cambios no desvirtuaron las propuestas del ejecutivo federal y si apoyarán a la economía de las familias mexicanas.
A continuación, se mencionan algunas de los componentes de la Reforma Hacendaria:
REFORMAS A LEYES FISCALES

Código Fiscal de la Federación
Con el objeto de introducir nuevos procedimientos simplificados que estimulen la incorporación a la formalidad y el cumplimiento de obligaciones tributarias en el Código se:
       Reconoce como delito, con sanción de tres meses a seis años de prisión, la expedición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o falsas. 
       Plantea que las entidades y sociedades financieras deberán proporcionar información al SAT, de forma directa o mediante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), sobre créditos o préstamos otorgados a personas físicas y morales. 
       Establece la posibilidad de que la autoridad fiscal pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y la clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de sujetos con quienes es riesgoso celebrar actos mercantiles o
de comercio, porque no cumplen con sus obligaciones fiscales. 
       Obliga que las personas físicas y morales que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, soliciten su inscripción al RFC. 
       Establece la obligación del uso del comprobante fiscal digital.
       Además, propone la creación de un sistema de comunicación electrónico denominado buzón tributario para conectar a los contribuyentes y a las autoridades fiscales. 
       Finalmente, incorpora las tarjetas de crédito y de débito como un medio adicional de pago de las contribuciones, con el objeto de disminuir el uso del efectivo y fomentar los pagos a través de medios electrónicos. 
Ley Federal de Derechos
       Ajusta la redacción del derecho por servicios migratorios a efecto de que las líneas aéreas recauden el derecho a cualquier pasajero cuando abandone el territorio nacional.
       Incorpora la facilidad de que la Conagua publique en septiembre las zonas de disponibilidad preliminares para efectos del derecho sobre agua.
       Ajusta los montos de los derechos por el uso del espectro radioeléctrico respecto a las bandas de frecuencia de 700Mhz y 2.5Ghz.
       Flexibiliza el régimen de gas grisú, con lo cual se simplifica el cálculo y se disminuye la carga fiscal.
       Permite la disminución de las inversiones en exploración y la acreditación del derecho predial minero contra el derecho especial sobre minería.
       Incluye a las entidades federativas mineras a efecto de verse beneficiadas con la aplicación de los recursos que integrarán el Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable, derivado de los nuevos derechos mineros.
       Ajusta la distribución de los nuevos derechos mineros para quedar: 40% gobierno federal, 30% entidades federativas mineras y 30% municipios mineros.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
       Exentan de la cuota del IEPS a los puros y otros tabacos labrados hechos a mano.
       Mantiene el gravamen de un peso por litro a las bebidas saborizadas.
       Establece un IEPS de 5% aplicable a un grupo de alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o más por cada 100 gramos (botanas, confitería, productos derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de fruta y hortalizas, cre-
mas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales y helados, nieves y paletas de hielo). El objetivo principal es un combate a la obesidad.
       Reduce las cuotas IEPS por tipo de combustible fósiles, se exentan el petróleo crudo y el gas natural, y se permite que el pago se pueda realizar con la entrega de bonos de carbono.
       Establece una aplicación gradual en el impuesto a los plaguicidas. Durante 2014 se aplicarán las cuotas propuestas por el ejecutivo en un 50%.
       Calendariza que la entrega del impuesto recaudado, por IEPS gasolina estatal, a las Entidades Federativas se haga durante los primeros diez días hábiles del mes inmediato posterior al mes en que los contribuyentes hayan realizado el pago.
IVA
       Contempla homologar el IVA del 11 al 16 por ciento en la región fronteriza, para que esa zona, ya que goza de niveles de bienestar mayores a las que en promedio imperan en el resto del país, contribuya de manera equitativa al pago de este impuesto indirecto, ya que se observa que el actual beneficio fiscal no es en favor de los consumidores de esa región. 
       No se paga  IVA en espectáculos públicos, incluyendo los deportivos y las corridas taurinas, para que puedan estar gravados con impuestos locales.
       Aprueba no gravar con IVA a las colegiaturas y la enajenación de bienes inmuebles, así como los intereses y comisiones derivados de créditos hipotecarios y arrendamiento. 
       Ratifica aplicar IVA en alimento para mascotas. 
       Establece tasa cero en las ventas intermedias de oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes antes de la venta al consumidor final.
       Plantea que en importaciones temporales, tratándose de pedimentos consolidados, el IVA se pagará en el momento en que se presenten dichos pedimentos y no operación por operación.
ü  Se establece un mecanismo de certificación para que quienes la obtengan apliquen un crédito fiscal equivalente al monto del IVA que deba pagarse en la importación temporal.
ü  Para las empresas que no puedan certificarse se les permite que garanticen mediante fianza el interés fiscal, a efecto de no tener que pagar el IVA en la importación temporal.
       En servicios de hotelería y conexos brinda la facilidad para que en las contraprestaciones que se paguen los primeros seis meses de 2014 se apliquen las disposiciones de 2013.
IETU e IDE
       Elimina el Impuesto Empresarial a Tasa Única y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, avanzando así en la simplificación del sistema impositivo y en la reducción del costo de cumplimento de las obligaciones fiscales sobre todo para las pequeñas y medianas empresas.
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
       Establece mayor progresividad al cobro del ISR para personas físicas: Se aplicará tasa de 31% a ingresos anuales superiores a 500 mil pesos, de 32% arriba de 750 mil, de 34% de un millón a tres millones de pesos y de 35% arriba de 3 millones.
       Crea el Régimen de Incorporación, el cual sustituye al Régimen Intermedio y al Régimen de Pequeños Contribuyentes.
       Da al sector primario un tratamiento diferenciado de acuerdo a su nivel de ganancias.  
       Mantiene gravar con 10% las ganancias en la Bolsa Mexicana de Valores.
       Conserva como deducible un porcentaje equivalente a 8.5% de los consumos realizados en restaurantes, siempre que el pago se realice mediante tarjeta de crédito, débito o servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT.
       Elimina la posibilidad de deducir en un sólo ejercicio el 100% de la inversión realizada en la adquisición de activos fijos.
       Limita el monto máximo de las deducciones personales realizadas por una persona física al año a la cantidad que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del contribuyente y un monto equivalente a cuatro salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal.
       Especifica que sólo se cobre ISR por venta o enajenación de casas habitación, cuando el valor del bien inmueble supere los 0.7 millones de UDIS (alrededor de 3.5 millones de pesos)
       Otorga un estímulo fiscal a aquellos contribuyentes que contraten a personas de 65 años o más, que consiste en el equivalente al 25% del salario efectivamente pagado.
       Mantiene el beneficio de la deducción al 100% para la maquinaria y equipo utilizado en la generación de energía de fuentes renovables.
Leyes de Coordinación Fiscal y General de Contabilidad Gubernamental
Con la finalidad de fortalecer la capacidad recaudatoria y financiera de los tres órdenes de gobierno:
       Modifica la fórmula del Fondo de Fomento Municipal, mediante el cual se garantiza que las entida-
des reciban cuando menos el monto que recibieron en el fondo 2013.
       Establece que las entidades que hayan optado por coordinarse respecto al Fondo de Fiscalización y Recaudación, pueden recibir anticipos mensuales de los recursos que recibirán durante el año 2014, utilizando como base también el 2013. 
       Respecto al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de Manutenciones Territoriales del Distrito Federal, incluye la modernización de sistemas de recaudación locales y se establece una etiqueta nueva que es el mantenimiento de infraestructura. 
       Fortalece la transparencia al obligar a los gobiernos estatales a publicar, en periódico oficial y sus páginas de Internet, a más tardar el 15 de febrero, y de forma trimestral, el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas. También debe informar sobre los montos estimados de las participaciones que las entidades van a recibir y las que tengan obligación de repartir a los municipios o a las demarcaciones territoriales. 
       Además, incluye un capítulo de sanciones en caso de incumplimiento para las entidades federativas. 
       Establece un Fondo Compensatorio para las 32 Entidades Federativas, que les permita subsanar el faltante que se ocasionará al crearse el Régimen de Incorporación que sustituirá el Régimen de Pequeños Contribuyentes. 
       Asimismo, se incluye a la Ciudad de México en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) del Ramo 33.
       En materia de transparencia, se incluyen en el fondo de aportaciones múltiples la obligación de las entidades federativas a publicar el destino de las erogaciones realizadas y se establece una fecha límite para hacerlo.
       Crea un nuevo Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo, el cual generará un adecuado control administrativo a la nómina de los maestros transferidos a los estados. Este fondo incluye los recursos para cubrir los gastos de servicios personales correspondientes al personal que ocupe las plazas transferidas a los estados, previa validación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 
       También establece que la Secretaría de Educación Pública (SEP) tenga este sistema de administración de nómina para hacer los pagos de servicios profesionales y que las autoridades educativas de las entidades registren la información correspondiente a la nómina. Lo que hará más transparente y eficiente el pago de ésta. 

Ley Aduanera
Para impulsar a México al nivel de las mejores prácticas aduaneras con el uso de medios tecnológicos que permitan fortalecer las importaciones y exportaciones:
       Incorpora la opción de que el despacho de comercio exterior se pueda realizar a través de un agente o representante (que cumpla ciertos requisitos) aduanal o por el importador o exportador mismo (a través de su firma electrónica o sello digital), con la finalidad de promover un despacho aduanero competitivo a nivel internacional
       La figura del “representante legal” de las empresas, tendrá la misma posibilidad de realizar trámites en las aduanas y deberá ajustarse a evaluaciones anuales, mediante criterios e instituciones acreditados por el SAT. 
       Plantea la facilidad para que los interesados que cumplan con los requisitos que establezca el SAT, puedan solicitar la autorización para prestar el servicio de prevalidación electrónica de datos con la finalidad de facilitar el comercio exterior.
       Establece que quien quiera desempeñar una agencia aduanal como actividad pueda hacerlo siempre y cuando cuente con la experiencia, los conocimientos y las evaluaciones que hagan la autoridad aduanera y la autoridad tributaria.
       Establece que el despacho aduanero se podrá realizar en otros lugares indicados por el SAT y no solamente en puntos aduanales autorizados, para facilitar y eficientar el despacho de las mercancías.
       Fomenta la apertura de recintos fiscalizados estratégicos en cualquier parte del territorio nacional, a fin de fomentar la inversión y la generación de empleos. 
       Incorpora el uso del sistema electrónico aduanero para llevar a cabo las operaciones de comercio exterior para simplificar y automatizar los trámites ante las autoridades involucradas en el comercio exterior y, con ello, eliminar el uso de papel; además se busca reducir el tiempo en la práctica del reconocimiento aduanero, así como los costos de las operaciones, y facilitar el manejo y almacenamiento de la información.
       También promueve la apertura comercial entre los usuarios del comercio exterior, y establece un ágil intercambio de información entre autoridades a través de sistemas electrónicos. 
De manera agregada, el impacto de la Reforma aprobada por los Diputados es de +184 mmp, equivalente a un punto porcentual del PIB en 2014, y se proyecta que con estas propuestas se alcanzará un impacto total de 2.8% del PIB para el año 2018, dado que algunas de las adecuaciones son diferimientos cuya entrada en vigor será hasta el siguiente año.
OTROS ORDENAMIENTOS
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Finalmente, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), para garantizar la responsabilidad fiscal de manera integral -al reglamentar aspectos tanto en materia de ingresos y gastos como de endeudamiento y transparencia-, elevando la disciplina fiscal como Política de Estado. En este sentido, la Reforma: 
       Refuerza la actual regla de balance presupuestario, añadiendo un techo de crecimiento del gasto corriente que asegurará el retorno al equilibrio presupuestario y mejorará la calidad del gasto. 
       Establece a los Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP) como un ancla fiscal que garantizará el buen manejo de las finanzas públicas en el mediano plazo. 
       Simplifica el cálculo para el ahorro y uso de ingresos excedentes. 
       Crea un Fondo de Ahorro Soberano de largo plazo para enfrentar contingencias de finanzas públicas de mediano plazo.
       Establece que el crecimiento del gasto corriente estructural sea de 2.5% anual en términos reales para 2015 y 2016.  De 2017 en adelante el aumento de dicho indicador no podrá ser mayor al del PIB potencial.
       Plantea que los ingresos excedentes del Gobierno Federal se destinarán a reducir el déficit proyectado para los ejercicios 2014-2016.
Como puede observarse, la aprobación de estas iniciativas se realizó sobre bases realistas y objetivas, y con una colaboración responsable para apoyar la conducción de la política económica nacional, dentro de un entorno internacional complicado.
Es importante enfatizar que, de acuerdo con el artículo 42 Fracción IV de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los anteriores ordenamientos federales aprobados por la Cámara de Diputados, deberán ser ratificados por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre de 2013.
De esta forma, se avanza en el establecimiento de una reforma tributaria justa, que simplifica los impuestos, y que promueve un ejercicio responsable y transparente del gasto público. También en la consolidación de un Paquete Económico que impulse el crecimiento económico del país.

 

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Cifras de la Ley de Ingresos de la Federación para 2014

Cifras relacionadas con la Ley de Ingresos de la Federación para 2014, que aprobó este viernes la Cámara de Diputados y turnó al Senado de la República para su eventual ratificación.




—Total ingresos: cuatro billones 470 mil 249.8 mdp

— Déficit público de 1.5 por ciento

—Endeudamiento neto del gobierno federal: 580 mil 757.3 mdp

—Otros financiamientos: 30 mil 62.8 mdp

—Precio del barril de petróleo 85 dólares

—Crecimiento económico de 3.9 por ciento

—Tipo de cambio: 12.9 pesos por dólar

Recaudación:

—Por ingresos del gobierno: dos billones 712 mil mdp

—Por ingresos de organismos y gobierno federal: un billón 106 mil mdp

—Ingresos derivados de financiamiento 650 mil mdp

— Ingresos por IVA: 609 mil 392.5 mdp

—Ingresos por ISR: un billón 11 mil 500.9 mdp

—Ingresos por IEPS: 132 mil 341.6 mdp

—Por impuesto a bebidas saborizadas: 12 mil 455 mdp

—Por comida chatarra: tres mil 500 millones de pesos

—Por pago de Derechos Federales: 822 mil 23.4 mdp

 

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Aprueban en Comisión Pensión Universal para Adultos Mayores y el Seguro de Desempleo

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó por unanimidad reformas para establecer en la Carta Magna la Pensión Universal para Adultos Mayores y el Seguro de Desempleo para trabajadores formales; “es una deuda que se tenía con la sociedad”.

Al respecto, el presidente de la comisión, diputado Julio César Moreno Rivera (PRD), explicó que las reformas que modifican los artículos 4, 73 y 123 de la Constitución Política permiten que los estados y el Distrito Federal continúen sus programas sociales y de apoyo a adultos mayores, sin perjuicio de que se otorgue la Pensión Universal.


“Los adultos mayores constituyen una parte de la población generadora de desarrollo social, económico y político del país, por lo que es imperativo que desde el Legislativo se lleven a cabo las reformas que permitan garantizar que envejezcan con seguridad y dignidad”, declaró.
Respecto del Seguro de Desempleo, dijo que no sólo es un programa destinado a reducir los efectos de la falta de empleo, sino un derecho elevado a rango constitucional; por ello, se adicionó la fracción XXIX, del apartado A del artículo 123, para efectos de que su regulación esté incluida en la Ley del Seguro Social.

En este sentido, la comisión consideró que no debe expedirse una ley que establezca un seguro de desempleo para los trabajadores, tal y como lo propone el Ejecutivo en su iniciativa, sino que éste sea administrado y ejecutado por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Acordó suprimir el concepto “cesación involuntaria del trabajo” de la porción normativa contenida en la fracción XXIX, apartado A, del artículo 123 de la Ley Fundamental, en los términos propuestos por el Ejecutivo federal. La comisión estimó sustituirlo por el término “cesantía de edad avanzada”. Ello, en razón de que existe mayor seguridad jurídica en dicha locución.

El documento señala que se garantizará a los trabajadores del sector formal que se encuentren en situación de desempleo, un mecanismo que evite el detrimento en el nivel de vida de sus familias y les permita reinsertarse al mercado laboral de la manera más pronta posible.

Respecto de la Pensión Universal, se reconoce la obligación del Estado mexicano de proteger los derechos de las personas adultas mayores, velar porque vivan con dignidad y seguridad, y que reciban servicios de salud; de esta manera, promoverá su integración social y participación en actividades económicas, políticas, educativas y culturales.

 

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Aprueba Cámara de Diputados Ley de Ingresos de la Federación 2014

Endeudamiento neto interno por 570 mil millones de pesos; externo, de 10 mil millones de dólares
• Se autoriza un monto de 62 mil 510 millones de pesos de déficit

La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, que contempla captar un monto de 4 billones 470 mil 249.8 millones de pesos. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.


De la cifra total, 2 billones 712 mil 985.1 millones corresponden a los ingresos del Gobierno Federal; un billón 106 mil 786.7 millones, a los de organismos y empresas, y 650 mil 478 millones de pesos, a los derivados de financiamientos.

Conforme al dictamen aprobado en lo general con 387 votos a favor, 30 abstenciones y 52 en contra, se ajusta el monto de endeudamiento neto interno del gobierno federal hasta por 570 mil millones de pesos, así como un monto de endeudamiento neto externo de 10 mil millones de dólares.

Esta cantidad incluye el total de endeudamiento que se ejercerá para la contratación de préstamos con organismos financieros internacionales, manteniendo la flexibilidad con que cuenta el Ejecutivo federal en el manejo de la deuda pública, al permitirle contratar obligaciones externas con esos organismos, con otras instituciones bancarias y con los mercados de valores.

Autoriza un monto conjunto de 62 mil 510 millones de pesos de déficit por intermediación financiera de la Banca de Desarrollo, la Financiera Rural, los Fondos de Fomento y el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.


Conforme al dictamen, se establece que la recaudación federal participable cambia a 2 billones 292 mil 615 millones de pesos. También estima pertinente conservar la facultad del Ejecutivo para fijar los precios del gas licuado por razones de interés público, y sugiere asignar 3 mil millones de pesos del derecho para la investigación científica y tecnológica en materia de energía.

Destina 10 mil millones de pesos de la recaudación obtenida por el derecho sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización, previsto en el artículo 256 de la Ley Federal de Derechos, y posteriormente 90 mil 825.2 millones que se destinarán para financiar programas y proyectos de inversión aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.

Considera acertado que hasta un 25 por ciento de las aportaciones que se reciban con cargo a los fondos de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, a las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, sirvan como fuente de pago o compensación de las obligaciones que dichas entidades contraigan con el gobierno federal.

Se mantienen sin cambios los términos y condiciones en la contratación de deuda pública para el Distrito Federal, así como el ajuste al monto de endeudamiento neto de dicha entidad por 4 mil 500 millones de pesos para el financiamiento de obras contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014. 

Establece el monto de los ingresos por proyectos de infraestructura productiva de largo plazo, de inversión financiada directa y condicionada de la CFE por un total de 274 mil 8 millones de pesos, así como el monto que se autoriza a contratar por proyectos de inversión financiada de la CFE por 23 mil 160 mil millones.



De igual forma estima pertinente conservar en lo esencial el esquema aplicable a PEMEX y sus organismos subsidiaros. 

El dictamen considera conveniente la ratificación de los convenios entre la Federación y las entidades federativas, en los que se señalen los incentivos que perciben los estados y, en su caso, los municipios, por las mercancías o vehículos de procedencia extranjera, embargados precautoriamente por el Fisco Federal, y no se transfieran al SAE en términos de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.



Menciona que es procedente que los ingresos provenientes de la enajenación de bienes decomisados se destinen a la compensación a que se refieren los artículos 66, 67 y 69 de la Ley General de Víctimas y los recursos restantes o su totalidad se entreguen en partes iguales al Poder Judicial de la Federación, a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de Salud.

Asimismo, otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos brutos totales anuales por venta o enajenación de minerales y sustancias a que se refiere la Ley Minera, sean menores a 50 millones de pesos.

Propone transparentar la política de ajustes mensuales a los combustibles y plantea la meta de eliminar gradualmente los apoyos a los consumidores de gasolinas y de diesel, el cual, señala, es regresivo al absorberse en mayor medida por los hogares de altos ingresos.

Por otra parte, se modifica el límite de endeudamiento neto interno autorizado al Ejecutivo federal por 415 mil millones en 2013 a 485 mil millones de pesos, de conformidad con el artículo Segundo del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014.
Particular

 

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